DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR

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Transcripción de la presentación:

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial Documento Aprobado Resolución N° 24/07 CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

La regulación Nacional La definición Jurisdiccional La definición Institucional ISFD

Mínimo 2600 hs. reloj en 4 años de estudios

4 AÑOS

Campo común a todas las carreras de formación docente, lo que posibilitará: La construcción de una matriz básica de formación y marcos de conocimiento y valoración compartidos. La acreditación de estudios para quienes se forman, ante los posibles cambios de especialidad docente o de lugar de residencia

Rol del docente orientador nexo entre escuela asociada y ISFD

*Profesor/a de Música Nominación del título Nivel o modalidad para el cual habilita Orientaciones *Profesor/a de Educación Especial *Educación Especial *Orientación en Discapacidad Visual *Orientación en Discapacidad Auditiva *Orientación en Discapacidad Cognitiva *Orientación en Discapacidad Neurolocomotora *Orientación en Educación Hospitalaria y Domiciliaria Física *Educación Inicial, *Educación Primaria, *Educación Secundaria; *Orientación en Tiempo Libre y Recreación *Profesor/a de Música *Profesor/a de Danza *Profesor/a de Artes Visuales *Profesor/a de Plástica *Profesor/a de Teatro *Profesor/a de Expresión Corporal Educación Artística: *Orientación en …(un solo instrumento) *Orientación en …(un solo tipo de danza) *Orientación en …(un solo tipo de arte visual) .

DECISIONES CURRICULARES JURISDICCIONALES 1- Definición del perfil de graduado y propósitos de la carrera. 2- Distribución de los campos de formación general, específico y de la práctica (en términos de porcentajes dedicados a cada uno de ellos dentro de los márgenes que establecen los Lineamientos) 3- Definición de la cantidad total de unidades curriculares, su carácter obligatorio u optativo y el tipo de UC más adecuadas para los diferentes campos y los distintos tipos de saber: asignaturas, seminarios, talleres, trabajos de campo, prácticas. 4- Selección de contenidos: Se ajustarán a las Recomendaciones producidas por el Equipo Nacional. 5- Organización del contenido: Implica considerar la relación entre las unidades curriculares y el grado de integración entre ellas. En este punto, se tendrá en cuenta lo planteado en los Lineamientos Curriculares Nacionales con respecto a la organización disciplinar de los contenidos curriculares del Campo de la Formación General. Definir alcance y su relación con la extensión y profundidad. 5- Secuencia de contenidos: Supone definir si se va a optar por una secuencia de tipo lineal o bien por otras formas que promuevan algún grado de recursividad o tratamiento. 6- Definición de la carga horaria de cada una de las unidades curriculares

DECISIONES CURRICULARES JURISDICCIONALES 7- Articulación entre los distintos campos de formación y entre las unidades curriculares. 8-Temas emergentes y problemáticas contemporáneas. Se recomienda considerar la inclusión de una serie de cuestiones que desbordan los límites de las disciplinas y recogen problemas de las sociedades contemporáneas que atraviesan a los propias prácticas educativas en el contexto actual. 9- Grado de flexibilidad del currículum y de las alternativas de cursado: Definir entre currículum cerrado, el currículum por créditos, el currículum más abierto, el currículum individualizado por tiempos diferentes, etc. 10- Cantidad y tipo de decisiones que quedarán sujetas a definición institucional. 11- Orientaciones acerca de la enseñanza y modalidad de evaluación. 12- Régimen académico: Considerar condiciones de ingreso; categoría de alumno libre y regular; correlatividades; equivalencias; régimen de evaluación, calificación y promoción.