SERVICIO DE ESTIMULACIÓN Y APRENDIZAJES TEMPRANOS EDUCACIÓN PRIMARIA. MODALIDAD EDUCACIÓN ESPECIAL : alumnos/as con discapacidad Intelectual
En el marco de la Ley Nacional de Educación N° , conforme a su art. 42 establece que la educación especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades temporales y permanentes en todos los niveles y modalidades, se rige por el principio de inclusión. La Escuela de Educación Especial N° 520 brinda atención educativa a todos aquellos sujetos con problemáticas específicas que no pueden ser abordados por la educación común, perteneciendo al nivel primario.
La atención en escuelas especiales en los casos en que otras estrategias o apoyos no se consideren suficientes, o cuando los alumnos presenten discapacidad tan complejas que no puedan ser atendidas en ámbitos comunes, aún con los apoyos correspondientes,por ejemplo, algunos alumnos multi discapacidad o algunos con severos trastornos de la personalidad, TEA. En todos los casos se proveerán las medidas necesarias para garantizar la inclusión en otros espacios que sea posible.
Una discapacidad caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa que se manifiesta en habilidades adaptativas conceptuales, sociales y prácticas. La discapacidad no debe entenderse como un elemento propio únicamente de la persona, debemos considerar la discapacidad como una expresión de la interacción entre la persona y el entorno. Se comienza a entender la discapacidad como un estado de funcionamiento de la persona, dejando por tanto de identificarla como una característica de la misma ya que esta característica no es permanente o inamovible y puede variar significativamente en función de los apoyos que reciba la persona.
Basada en el respeto personal y en la consideración de las diferencias individuales como motor de la atención a la diversidad, la respuesta educativa debe partir siempre de la evaluación de las capacidades y competencias del alumnado. Las capacidades que han de evaluarse siempre son: el nivel de inteligencia, funciones neuropsicológicas, especialmente lenguaje y comunicación, capacidad adaptativa y evaluación contextualizada