Auditoría núm. 428 “Impartición de Justicia Laboral”

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Transcripción de la presentación:

Auditoría núm. 428 “Impartición de Justicia Laboral” http://informe.asf.gob.mx/Documentos/Auditorias/2015_0428_a.pdf Cuenta Pública 2015

Contenido Problema público Política pública Resultados Opinión de la ASF ASF | 2

I. Problema público

I. Problema público Insuficiente capacidad instala-da para atender la carga de trabajo y abatir el rezago de conflictos individuales y colec-tivos entre trabajadores y em-pleadores como resultado de las relaciones laborales. FUENTE: Árbol del Problema de la JFCA, 2015.

II. Política pública

CPEUM, art. 123, apartado A, fracción XX II. Política pública CPEUM, art. 123, apartado A, fracción XX Las diferencias o los conflic-tos entre trabajadores y pa-trones se sujetarán a la deci-sión de la JFCA. CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

II. Política pública LFT, art. 604 y 621 La JFCA deberá conocer y re-solver los conflictos laborales entre trabajadores y patrones, como resultado de las relacio-nes de trabajo. LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

II. Política pública PSTPS 2013-2018 Objetivo: conservar la paz laboral, así como fortalecer la concilia-ción e impartición de justicia laboral. PSTPS: Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social.

III. Resultados

III. Resultados Asuntos individuales Asuntos colectivos Conciliación de conflictos laborales Atención del rezago

1. Asuntos individuales

III. Resultados Asuntos individuales LFT, art. 604: la JFCA conocerá y resolverá los conflictos labora-les que se susciten entre los trabajadores y los patrones. En 2015, la JFCA tuvo un índi-ce de resolución de 113.5%; en ese año resolvió 88,560 asuntos de carácter individual de años anteriores y recibió 77,996 demandas. 428 R-1 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

III. Resultados Asuntos individuales LFT, art. 604: la JFCA conocerá y resolverá los conflictos labora-les que se susciten entre los trabajadores y los patrones. De los 88,560 asuntos que resolvió la JFCA, el 72.3% fue por arbitraje, el 23.6% por conciliación y el 4.1% por ca-ducidad e incompetencia. 428 R-1 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

2. Asuntos colectivos

III. Resultados Asuntos colectivos LFT, art. 604: la JFCA conocerá y resolverá los conflictos labora-les que se susciten entre los trabajadores y los patrones. En 2015, la JFCA logró un ín-dice de resolución de 101.7%; en ese año resolvió 7,698 conflictos de carácter colectivo y recibió 7,566 demandas. 428 R-2 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

III. Resultados Asuntos colectivos LFT, art. 604: la JFCA conocerá y resolverá los conflictos labora-les que se susciten entre los trabajadores y los patrones. A 2015 había 18 huelgas vi-gentes de años anteriores; no obstante, a diciembre de ese año se cumplieron 26 meses consecutivos sin estallamien-tos de huelga, por lo que la JFCA contribuyó a conservar la paz laboral. 428 R-2 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

3. Conciliación de conflictos laborales

III. Resultados 3. Conciliación de conflictos laborales LFT, art. 627-C: durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, la junta tendrá la obligación de promover que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. La JFCA concilió el 61.3% de los asuntos colectivos, respec-to de los 7,698 resueltos en 2015, privilegiando la concilia-ción y el 39.7% se resolvió por medio del arbitraje. 428 R-3 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

III. Resultados 3. Conciliación de conflictos laborales LFT, art. 627-C: durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, la junta tendrá la obligación de promover que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. La JFCA concilió el 98.1% de los conflictos individuales que programó concluir por esta vía. 428 R-3 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

4. Atención del rezago

III. Resultados 4. Atención al rezago LFT, art. 685: la junta tendrá la obligación de tomar las medidas necesarias para evitar la concentración de expedientes. En 2015, la JFCA presentó un rezago de 427,604 expedientes individuales en trámite, pero su capacidad operativa fue insu-ficiente para abatirlo. 428 R-3 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

III. Resultados 4. Atención al rezago LFT, art. 685: la junta tendrá la obligación de tomar las medidas necesarias para evitar la concentración de expedientes. El 82.2% del rezago en expe-dientes individuales correspon-de al sector público por juicios de seguridad social, y el 17.8% al sector privado. 428 R-3 LFT: Ley Federal del Trabajo. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

IV. Opinión de la ASF

IV. Opinión de la ASF En 2015, la JFCA contribuyó a conservar la paz laboral median-te el fortalecimiento de la conciliación e impartición de justicia laboral, ya que resolvió 96,258 conflictos colectivos e indivi-duales entre trabajadores y patrones; privilegió la conciliación, y logró 26 meses consecutivos sin estallamientos de huelga; sin embargo, persiste el problema del rezago en la atención de los conflictos individuales y colectivos, ya que su capacidad ins-talada fue insuficiente para resolver 427,604 juicios en trámite. JFCA: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.