12: :00 h ASPECTOS RELEVANTES DE LA AUDITORÍA

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Transcripción de la presentación:

12:00 - 13:00 h ASPECTOS RELEVANTES DE LA AUDITORÍA   • Enrique Asla. Socio de KPMG y Presidente de la Comisión Técnica y de Calidad del ICJCE. • Txema Valdecantos. Socio de Abante Auditores y Coordinador del Comité de Normas y Procedimientos REA+REGA. Modera: Mikel Elosegui. Miembro del Comité de Coordinación REA+REGA.

ASPECTOS RELEVANTES DE LA AUDITORIA INTRODUCCION RD 877/2015 Nueva definición de EIP (2.000 M CN y 4.000 Trabajadores + MAB + No SGR+ se elevan los participes) LAC 22/2015IP (Insistencia del regulador en la relevancia publica de la auditoría, al prestar un servicio que interesa y afecta a terceros que mantengan o puedan mantener relaciones con la empresa auditada) Art. 3 definiciones RED versus Res. ICAC de 31/10/2016 por la que se modifican los modelos 02 y 03-Plazo 30.11.2016. Art. 5 Informe de auditoría de cuentas anuales NIA-ES 701 “Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría” (NUEVA) NO EIP Req. 9. a) y EIP Req. 9. a), b) y c) Una opinión sobre la concordancia o no del informe de gestión (NIA-ES 720 R) nueva estructura y secciones (NIA-ES 700 R). Modelos de informes de auditoría con opinión no modificada de EIP y no EIP

Art. 14 y ss. Independencia, incompatibilidades y sus extensiones Según el Consejo de Estado en su informe sobre la LAC: farragoso de comprensión y aplicación. Referencias cruzadas en los artículos. Circunstancias personales del auditor de cuentas con respecto a sus familiares y personas relacionadas. Causa de abstención por honorarios devengados (Art. 25: 30% no EIP/Art. 41: 15% EIP + sujeta a las limitaciones de honorarios por servicios distintos de auditoría : no exceder del 70% media honorarios auditoría 3 ejercicios). Art. 40 Rotación auditores de cuentas No EIP Desaparece la de socio firmante CN>50MM (Ojo familiaridad NCCI versus MCCI). EIP se mantiene y se añade la de rotación de la firma de auditoría (en España 10+4/D y R UE 10+10+4). Transcurrido 5 años desde el contrato inicial, será obligatoria la rotación de los auditores principales.

Art. 28 y 29 no EIP/Art. 42 y 43 EIP Organización de auditor de cuentas. Organización interna no EIP (Art. 28 de la LAC) Disponer de procedimientos administrativos y contables fiables. Necesidad de recursos informáticos y humanos. Implantar un SCC que cumpla con la NCCI, siendo el responsable ultimo: un auditor de cuentas en situación de ejerciente. Medidas organizativas y administrativas para eliminar cualquier amenaza de independencia de todo el personal y de la red. Políticas retributivas, incluyendo la participación en beneficios, que ofrezcan suficientes incentivos al rendimiento para asegurar la calidad de la auditoría de cuentas. Reglamentariamente se determinaran requisitos simplificados para auditorías de entidades pequeñas.

Organización del trabajo no EIP (Art. 29 de la LAC) Cierre del archivo de auditoría en el plazo máximo de 60 días a partir de la fecha del informe. Creación y documentación de registros relativos a : Infracciones graves y muy graves, eventuales consecuencias y medidas de subsanación y modificación del SCC. Registro de consultas Registro de las entidades auditadas Registro de reclamaciones

Organización interna EIP (Art. 42 de la LAC) Además de lo mencionado en el Art. 28.2.b) sobre el sistema de control de calidad, deberán establecer políticas y procedimientos para la realización de la revisión de control de calidad del trabajo de auditoría, de conformidad con el Art. 8 del RUE, antes de emitirse el informe. Organización del trabajo EIP (Art. 43 de la LAC) Además de lo establecido en al Art. 28.2 relacionado con el archivo de auditoría, documentarán los aspectos recogidos en los Art. 6 a 8 del RUE: Preparación de la auditoría legal y evaluación de las amenazas a la independencia Irregularidades, y Revisión de control de calidad del encargo. Registro de las entidades auditadas, debe incluir los ingresos a que hace referencia el Art. 14 del RUE y el detalle a que se refiere el Informe anual de transparencia (Art. 37.1. LAC)

Título II. Supervisión Pública. Capítulo I Función supervisora Articulo 73. Infracciones graves. Incumplimiento en la identificación de amenazas y las medidas de salvaguarda Falta de cumplimiento en plazo de los requerimientos formulados en el control de calidad o falta sustancial del cumplimiento en plazo de los requerimientos. Se tienen en cuanta específicamente como infracción grave incumplimientos de la NCCI: sistema de control de calidad interno incompleto y la revisión de control de calidad interno entre otros.

Art. 58 Comisión de Auditoría de cuentas No pueden ser miembros los auditores ejercientes Art. 68 y ss. Régimen de infracciones y sanciones Se aumentan de 7 a 13 infracciones muy graves, se disminuyen de 17 a 16 las infracciones graves, y se mantienen las 2 infracciones leves. Además, las sanciones concretadas en multa son más gravosas que qué con el TRLAC, sobre todo para EIP. ¿Preventivas o recaudatorias? RD 1517/2011 por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el TRLAC En vigor o derogado? El Reglamento está derogado al hacerlo la Ley a la que desarrolla y, no es que diga la Disposición derogatoria única: “Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual rango o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley, y en particular en el TRLAC RDL 1/2011”, sino que dice “…y en particular el TRLAC…”, lo cual significa que se deroga la ley de auditoría en su totalidad, no sólo preceptos concretos de la misma que se opusieran a la nueva, sino todos. Tened en cuenta que un reglamento como el del TRLAC tiene sumisión absoluta a la ley que desarrolla. El ICAC no manifiesta que se aplique en lo que no contradiga a la LAC. Consulta 1 BOICAC 105/abril 2016 Entrada en vigor de la NIA 700 el 15.12.2016, para los ejercicios terminados a partir de esa fecha.

¿Estamos haciendo la actividad de la auditoría interesante para los nuevos graduados?

Los ejercientes a título individual decrecen ¿sobrevivirán? Descenso 21,1% Incremento 3,4% Incremento 118,1%

La facturación por hora en descenso Incremento: 4% en Sociedades y 8,8% en Individuales

El mercado en España está excesivamente concentrado

Las auditorías voluntarias se incrementan y en 2015 son un 33,70%

La contabilidad y la auditoría se catalogan como cargas administrativas Incertidumbre sobre la reducción de límites Limites Auditoría 2.850.000€ Activo Cifra Negocio 5.700.000€ Trabajadores 50 Balance Abreviado 4.000.000€ 8.000.000€

PROPUESTAS de FUTURO Incluir la asignatura de auditoría de cuentas en los grados universitarios. Revisar los programas de enseñanza teórica a través de títulos propios y su coste económico de acceso al ROAC. Los honorarios tienen que estar acordes con la relevancia pública del trabajo Debe haber mayor presencia de las pymes de auditoría, potenciando la co-auditoría. Exigencia de una auditoría externa de determinados entes y organismos del sector público, y Empeño en realzar la auditoría y su utilidad para las entidades.

MILA ESKER