MÓDULO 4 RELACIONES LABORALES.

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Transcripción de la presentación:

MÓDULO 4 RELACIONES LABORALES

PARTE 03 CONTRATO DE TRABAJO

CONTRATO DE TRABAJO ¿DE QUÉ TRATA? Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución

¿QUIÉNES PUEDEN FIRMAR UN CONTRATO DE TRABAJO? Los mayores de edad (18 años) Los menores de 18 años legalmente emancipados Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo. Si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores Los extranjeros de acuerdo con la legislación que les sea aplicable (permiso de trabajo y residencia para los trabajadores no comunitarios)

COLOQUEMOS A PRUEBA LO APRENDIDO La edad mínima legal para trabajar es: INSERTE SU RESPUESTA AQUÍ La idea es que se la persona arrastre la alternativa correcta al espacio designado para ello (la que está en verde es la correcta). 18 14 17 15

SUJETOS DE LA RELACIÓN LABORAL Hay dos sujetos involucrados en una relación laboral TRABAJADORES EMPRESARIOS Son personas físicas que desempeñan su labor voluntariamente bajo la organización y dirección del empresario, cediendo los frutos de su actividad laboral a cambio de un salario determinado Pueden ser personas físicas y personas jurídicas o comunidades de bienes

ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO Según señala el Código Civil, para que exista contrato es necesario que concurran tres elementos CONSENTIMIENTO OBJETO CAUSA El contrato se realiza de mutuo acuerdo, prestado Libremente entre las partes que intervienen en el contrato (empresario/a y trabajador/a) Es la actividad del trabajador o trabajadora Es la cesión remunerada de los frutos que resultan del trabajo

CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO DE TRABAJO Aunque la ley no establece de forma rigurosa cuál debe ser el contenido del contrato de trabajo, en aquellos escritos deberá figurar, como mínimo, la siguiente información Lugar y fecha Identificación de las partes Denominación y categoría del puesto de trabajo Lugar de trabajo

CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO DE TRABAJO Tiempo de trabajo (jornada y descanso) Duración (fecha de inicio y prueba si se requiere) Retribución salarial Vacaciones Plazo de preaviso en caso de rescisión del contrato Convenio colectivo que regula la relación laboral Otras causas que no vayan en contra de la Ley Firma de las partes

DERECHOS Y DEBERES LABORALES

DERECHOS Y DEBERES LABORALES

TIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJO

COLOQUEMOS A PRUEBA LO APRENDIDO El contrato formativo pertenece a la clasificación de: INSERTE SU RESPUESTA AQUÍ La idea es que se la persona arrastre la alternativa correcta al espacio designado para ello (la que está en verde es la correcta). Contratos indefinidos Contratos temporales Contrato de trabajo a tiempo parcial Contrato ordinario

CONTRATOS INDEFINIDOS Los contratos indefinidos son aquellos que no fijan una fecha determinada para su finalización, salvo en las siguientes situaciones que acrediten la naturaleza temporal del acuerdo Contratos que debiendo ser permanentes son pactados a tiempo determinado (recontratación constante) Que no hubiese denuncia del contrato por parte de la empresa en su finalización y el trabajador continuase trabajando de forma normal Que no se hubiese realizado el contrato de forma escrita en aquellos contratos que lo requieran para su validez

DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES CONTRATO DE TRABAJO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Este tipo de contrato para el fomento de la contratación indefinida y potenciar la iniciativa empresarial, tiene las siguientes características El contrato se concertará por tiempo indefinido y a jornada completa, y se formalizará por escrito Está dirigido únicamente a las empresas que tengan menos de 50 trabajadores Este contrato tiene un periodo de prueba de 1 año, no negociable por periodo colectivo, sin indemnización por despido durante ese tiempo En cuanto a los destinatarios no se excluye a ningún colectivo de trabajadores

DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES CONTRATO DE TRABAJO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES

CONTRATOS DE TRABAJO DE DURACIÓN DETERMINADA Los contratos de duración determinada son aquellos que tienen fijada la fecha de finalización, existiendo tres supuestos de contratos legalmente permitidos, que son

CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO Tiene por objeto la realización de obras o servicios, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa, y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta DURACIÓN Depende del tiempo exigido para la realización del trabajo o servicio. La duración máxima es de 3 años ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo. Transcurrido este plazo, el trabajador adquirirá la condición de fijo DENUNCIA Si el contrato tiene una duración superior al año, la denuncia del contrato deberá realizarse con quince días de antelación a la fecha de finalización del mismo. El empresario puede sustituir el preaviso por una indemnización equivalente al salario de dicho periodo INDEMNIZACIÓN Al finalizar el contrato el trabajador tiene derecho a percibir 9 días de salario por año trabajado o la parte proporcional que le corresponda FORMA Deberá realizarse por escrito

CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN Esta modalidad de contrato tiene por objeto atender las necesidades derivadas de los incrementos que eventualmente se produzcan en el volumen de la actividad de la empresa, incluso de la actividad normal por circunstancias de mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos La duración máxima es de seis meses, dentro de un periodo de doce meses

CONTRATO DE INTERINIDAD Su objeto es sustituir a trabajadores de la empresa cuyo contrato está suspendido con reserva del puesto de trabajo (enfermedad, excedencias por cuidado de hijo, de familia, derecho a maternidad, etc.) o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva

Contrato para la formación y el aprendizaje CONTRATOS FORMATIVOS Los contratos formativos están encuadrados en el ámbito de la contratación temporal basada en la formación, establecidos por el Gobierno como medidas para fomentar el empleo Contrato en prácticas Contrato para la formación y el aprendizaje Tiene por objeto la inserción de jóvenes sin experiencia laboral que estén en posesión del título de diplomado universitario, licenciado universitario, técnico o técnico superior de la correspondiente profesión, o de los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional Tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo

CONTRATOS FORMATIVOS

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

OTRAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN CONTRATO DE RELEVO Tiene por objeto emplear a un trabajador en paro para sustituir la jornada que deja vacante otro asalariado que reduce su jornada y su salario al reunir las condiciones de acceso a la pensión de jubilación parcial. Puede ser a tiempo completo o parcial CONTRATO DE SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN Se trata de la contratación de trabajadores desempleados en sustitución de otros que anticipen en un año su edad de jubilación ordinaria (65 años), a 64 años. La duración será como mínimo de un año CONTRATO DE TRABAJO A DISTANCIA Se caracteriza porque la prestación de la actividad laboral se realiza de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por éste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa. CONTRATO DE TRABAJO DE GRUPO El empresario celebra un contrato con un grupo de trabajadores considerados en su totalidad. En este tipo de contrato existe la figura del jefe de grupo, que responderá del colectivo que represente, y el empresario tendrá derechos y obligaciones frente al grupo, no frente a cada componente del mismo

COLOQUEMOS A PRUEBA LO APRENDIDO Para firmar un contrato de trabajo, se necesita de: INSERTE SU RESPUESTA AQUÍ La idea es que se la persona arrastre la alternativa correcta al espacio designado para ello (la que está en verde es la correcta). Sólo empresario Empresario, trabajador y testigos Empresario y trabajador Sólo trabajador