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Contrato temporal de obra o servicio determinado Objeto: La realización de obras o servicios con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad.

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Presentación del tema: "Contrato temporal de obra o servicio determinado Objeto: La realización de obras o servicios con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad."— Transcripción de la presentación:

1 Contrato temporal de obra o servicio determinado Objeto: La realización de obras o servicios con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta, no pudiendo tener una duración superior a tres años. Los Convenios Colectivos podrán identificar aquellos trabajos dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza.

2 Características: o La jornada será a tiempo parcial o a tiempo completo. o Durará el tiempo que dure la obra o servicio, en caso de fijar una duración será orientativa y al superar los 3 años, ampliables 12 meses según Convenio Colectivo, el trabajador se convertirá en fijo. o El contrato se formaliza por escrito y debe identificar claramente la obra o servicio, la duración y el trabajo a desarrollar.

3 Características: o El contrato se extinguirá cuando finalice la obra o servicio. o Cuando se supere el año hay un preaviso de quince días. Si el empresario no lo cumple deberá abonar una indemnización correspondiente al salario del plazo que haya incumplido.

4 Características: o Al finalizar el contrato el trabajador debe recibir una indemnización:

5 Características: o Se transforma en INDEFINIDO o Por no formalizarlo por escrito y en caso de contrato a tiempo parcial se considerará a jornada completa. o Por falta de alta en la Seguridad Social habiendo transcurrido el periodo de prueba. o Si al finalizar el contrato se continua realizando la prestación laboral. o Los celebrados en fraude de ley.

6 Ejemplo contrato:

7 Contrato temporal eventual por circunstancias de la producción Objeto: Se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. También podrá concertarse para una primera experiencia profesional, primer empleo joven, con un desempleado menor de 30 años, que no tenga experiencia profesional o que esta es inferior a tres meses (ver cláusulas especificas primer empleo joven)

8 Características : o Se puede dar a tiempo completo o parcial, o En caso de empleo joven la jornada parcial corresponde al menos al 75% de la correspondiente al trabajador a tiempo completo. o Tendrá una duración máxima de meses dentro de un periodo de 12 meses o En caso de empleo joven la duración mínima serán 3 meses. o Los convenios colectivos pueden modificar: o La duración máxima. o El periodo. o Con una limitación de 18 meses como máximo de periodo y la duración máxima del contrato serán las ¾ partes del periodo no pudiendo superar los 12 meses. o Se puede prorrogar el contrato una única vez siempre que no exceda la duración máxima.

9 Características: o Debe formalizarse por escrito cuando la duración sea mayor a 4 semanas y cuando se realice a tiempo parcial. o Debe constar la causa que lo justifique, la duración y el trabajo a desarrollar. o Se extinguirá por fin de contrato. o Los contratos que se hayan realizado por una duración inferior a la legal o a la máxima se entienden como prorrogados hasta la duración máxima si el trabajador continua prestando sus servicios.

10 Características: o Al finalizar el contrato el trabajador debe recibir una indemnización:

11 Características: o Se transforma en INDEFINIDO o Por no formalizarlo por escrito y en caso de contrato a tiempo parcial se considerará a jornada completa. o Por falta de alta en la Seguridad Social habiendo transcurrido el periodo de prueba. o Si al finalizar el contrato se continua realizando la prestación laboral. o Los celebrados en fraude de ley.

12 Ejemplo de contrato:

13 Contrato temporal de interinidad. Objeto: Sustituye a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, o para cubrir un puesto temporalmente durante un proceso de selección o promoción hasta que sea cubierto definitivamente.

14 Características: o Será a jornada completa salvo: 1.El trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o el puesto a cubrir sea también a tiempo parcial. 2.Cuando el contrato se realice para complementar la jornada reducida de otro trabajador. o La duración del contrato será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido, y en caso de que sea por el proceso de selección o promoción lo que duren éstos con un máximo de tres meses.

15 Características: o Debe formalizarse por escrito y especificar el carácter de la contratación identificar el trabajador sustituido y su causa, el puesto de trabajo que cubrirá el proceso de selección o promoción, la duración y el trabajo a desarrollar. o Se extinguirá :  Por la reincorporación del trabajador sustituido.  El vencimiento del plazo legal establecido para la reincorporación.  La extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto.  El transcurso de 3 meses en procesos de selección o promoción o del plazo en procesos de selección en administraciones publicas.

16 Características: o Se pueden prorrogar hasta la duración máxima si el trabajador sigue prestando el servicio. o Se transforma en INDEFINIDO o Por no formalizarlo por escrito y en caso de contrato a tiempo parcial se considerará a jornada completa. o Por falta de alta en la Seguridad Social habiendo transcurrido el periodo de prueba. o Si al finalizar el contrato se continua realizando la prestación laboral. o Los celebrados en fraude de ley.

17 Ejemplo de contrato:

18 Contrato temporal de interinidad para sustituir al trabajador que esté en situación de excedencia por cuidado de familiares, con reducción de cuotas a la seguridad social Se rigen por las mismas clausulas que los contratos de interinidad. Incentivos: si se celebran con beneficiarios de prestaciones de desempleo con una antigüedad mayor de 1 año las empresas se benefician de una reducción en las cotizaciones a la seguridad social según la tabla:

19 Características: Excepciones: En caso de contrataciones a parientes hasta el segundo grado de consanguineidad del empresario, cargos o administradores de sociedades.

20 Contrato temporal de interinidad para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios De prestaciones por Desempleo Características : o Se rigen por las clausulas del contrato de interinidad con particularidades: o Podrán acogerse las empresas que sustituyan a sus trabajadores con desempleados beneficiarios de prestaciones por desempleo siempre que la formación esté financiada por la administración publica. o Es obligatoria para desempleados beneficiarios de prestaciones por desempleo.

21 Incentivos: o El trabajador desempleado contratado recibe el 50% de la prestación o subsidio al que tiene derecho durante la vigencia del contrato con el limite máximo del doble del periodo a percibir. o El empresario abona la diferencia entre la prestación o subsidio y el salario, y es responsable de las cotizaciones a la Seguridad Social por el total de las salario. o Las empresas deben presentar en la oficina de empleo un certificado que acredita la participación de sus trabajadores en acciones formativas expedido por la Administración publica donde conste la duración.

22 Contrato temporal de interinidad para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad. Se rigen por el contrato de interinidad con particularidades:

23 Particularidades: o Tendrán una bonificación del 100% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social y en las aportaciones de recaudación conjunta, extendiéndose estos beneficios a socios trabajadores, socios de trabajo en sociedades cooperativas y trabajadores autónomos. o Los beneficios se extinguen en el momento de la reincorporación del trabajador. o Se aplica mientras coincidan la suspensión de la actividad por estas causas y el contrato de interinidad del sustituto.

24 Exclusiones: o En caso de contrataciones en hasta segundo grado de consanguineidad con el empresario o miembros de administración de sociedades. o Contratos celebrados por las administraciones publicas y sus organismos autónomos.

25 Contrato temporal de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de personas con discapacidad Se rigen por las normas del Contrato temporal: Cláusulas especificas interinidad con peculiaridades: Los trabajadores contratados deben ser personas con discapacidad desempleadas que sustituyan a trabajadores con discapacidad que tengan suspendido su contrato por incapacidad temporal. Incentivos: Se bonifica al 100% la cuota de la empresa a la seguridad social y las cuotas de recaudación conjunta.


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