Msc. Carlos Alza Barco Consultor. TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL 2010- 2021.

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Transcripción de la presentación:

Msc. Carlos Alza Barco Consultor

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco En el Perú, 3 de cada 10 niños, niñas o adolescentes entre 6 y 17 años están trabajando. En muchos casos, realizan actividades en desmedro de su salud, educación, recreación y desarrollo. El Estado, entre otras acciones: Crea el CPETI Aprueba el Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del TI Ahora se plantea contar con una Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar el Trabajo Infantil En el Perú, 3 de cada 10 niños, niñas o adolescentes entre 6 y 17 años están trabajando. En muchos casos, realizan actividades en desmedro de su salud, educación, recreación y desarrollo. El Estado, entre otras acciones: Crea el CPETI Aprueba el Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del TI Ahora se plantea contar con una Estrategia Nacional para Prevenir y Erradicar el Trabajo Infantil

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco La Estrategia Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil 2010 – 2021 es el instrumento de políticas que contiene la manera como el Estado busca cumplir sus fines de protección de la niñez frente al trabajo infantil en un plazo determinado. Para ello se plantea metas, objetivos y líneas estratégicas de acción; así como responsabilidades y plazos para lograr dichas metas y objetivos.

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Plan Nacional de Acción por la Infancia CONSTITUCIÓN TRATADOS INTERNACIONALES DERECHOS HUMANOS Especialmente los Convenios 138, 182 y 169 de la OIT Plan Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil Código de los Niños y Adolescentes Estrategia Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil Planes Sectoriales Planes Regionales Planes Sectoriales ARTICULACIÓN ESTRATÉGICA

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Objetivos Estratégicos Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil Líneas Estratégicas de Acción (Programas / Proyectos / Actividades) Líneas Estratégicas de Acción (Programas / Proyectos / Actividades) Consultoría Estrategia Nacional Misión y Visión (meta) Misión y Visión (meta)

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Visión Misión Mapeo de problemas Adecuación del Hoshin Kanri Temas prioritarios Temas prioritarios Enfoque metodológico basado en las políticas, en el que el proceso de planificación, ejecución y revisión para dirigir los cambios en los procesos críticos institucionales se centra en la visión, misión y los temas- problemas. Objetivos Estratégicos Objetivos Estratégicos Metodología Líneas Estratégicas de Acción Líneas Estratégicas de Acción Mapeo de oferta de servicios

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Secuencia metodológica Primera Fase: Mapeo de problemas y de la oferta de servicios - Encuesta autoaplicada -Entrevistas - Recojo de info Quinta Fase: Evaluación de la estrategia Segunda Fase: Definiciones estratégicas con el CPETI - Taller Tercera Fase: Elaboración de la propuesta y validación - Taller Cuarta Fase: Despliegue de la estrategia -Elaboración de planes - Aprobación de normas -- creación de unidades orgánicas -- entre otras

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Exigencias del proceso… Establecer la definición de trabajo infantil Determinar la línea de base a utilizar (estadísticas) Determinar las metas a alcanzar Definir acciones y responsabilidades MINDES MINTRA ONGS EMPRESA PRIVADA

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco DEFINIENDO EL TRABAJO INFANTIL

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Trabajo adolescente Niños artistas Modalidades formativas (prácticas profesionales) Trabajo Infantil

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Empleo por debajo de la edad mínima: desarrollado por niños menores de 12 años (no permitido por Convenios Internacionales ni por CNA) Peores formas de Trabajo Infantil: para actividades desarrolladas por niños y adolescentes. Convenio OIT N° 182 Art. 3 Trabajos Peligrosos: desarrollados por adolescentes y niños. Convenio OIT N° 138 Art. 3.1: edad mínima para trabajos peligrosos: 18 años. “Trabajo Infantil” (Connotación peyorativa / ¿qué se debe prevenir o erradicar?) Trabajo (AYUDA/ TAREAS) por debajo de la edad mínima: desarrollado por niños menores de 12 años (Riesgo o daño a su salud, educación o moralidad // más de 15 horas a la semana (ENAHO) / más de 1 hora a la semana (ETI))

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Los Convenios Internacionales no regulan el trabajo (empleo) de los menores de 12 años. Por lo tanto, el CNA tampoco lo hace. En consecuencia, el trabajo desarrollado por este universo de personas no está permitido, por el contrario, se busca erradicar en cuanto forma parte de lo que debemos entender como “Trabajo Infantil”. La edad mínima de admisión a todo tipo de empleo o trabajo que por su naturaleza o las condiciones en que se realice pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores de edad no deberá ser inferior a 18 años. A la luz del artículo 3.1 del Convenio OIT N° 138 La edad mínima de admisión a todo tipo de empleo o trabajo que por su naturaleza o las condiciones en que se realice pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores de edad no deberá ser inferior a 18 años. A la luz del artículo 3.1 del Convenio OIT N° 138

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Relación Laboral: Trabajo adolescente entre 15 y 18 años. CNA: Art. 51: para trabajo por cuenta ajena, desde 15 hasta 17 años. Para las demás modalidades: desde los 14 años. Convenio N° 138, Art. 2.3 Trabajo Ligero: Regulado para adolescentes entre 13 y 15 años. Convenio N° 138, Art. 7.4 El CNA en Art. 51 recoge la excepción del C-138: desde los 12 años. Relación Laboral regulada por el Código de Niños y Adolescentes (CNA) Art. I del Título preliminar: Niño: es el ser humano desde su concepción hasta cumplir 12 años. Adolescente: desde los 12 hasta cumplir los 18 años. Art. 22: El Estado reconoce el derecho de los adolescentes a trabajar.

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Para el caso del trabajo por cuenta ajena o que se preste en relación de dependencia: a)15 años para labores agrícolas no industriales; b)16 años para labores industriales, comerciales o mineras; c)17 años para labores de pesca industrial. A la luz del Art. 2.3 del Convenio OIT N° 138 y el Art del CNA Para el caso del trabajo por cuenta ajena o que se preste en relación de dependencia: a)15 años para labores agrícolas no industriales; b)16 años para labores industriales, comerciales o mineras; c)17 años para labores de pesca industrial. A la luz del Art. 2.3 del Convenio OIT N° 138 y el Art del CNA Para el caso de las modalidades de “trabajo” no contempladas en el supuesto anterior, la edad mínima es de 14 años. Por excepción se concederá autorización a partir de los 12 años, siempre que las labores a realizar no perjudiquen su salud o desarrollo, ni interfieran o limiten su asistencia a los centros educativos. A la luz del Art. 7.4 del Convenio OIT N° 138 y el Art del CNA Para el caso de las modalidades de “trabajo” no contempladas en el supuesto anterior, la edad mínima es de 14 años. Por excepción se concederá autorización a partir de los 12 años, siempre que las labores a realizar no perjudiquen su salud o desarrollo, ni interfieran o limiten su asistencia a los centros educativos. A la luz del Art. 7.4 del Convenio OIT N° 138 y el Art del CNA

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Ayuda / Tareas: Los niños (menores de 12 años) pueden desarrollar tareas relacionadas con el apoyo de sus padres, siempre que no afecte su bienestar educativo, formativo, desarrollo, salud, recreacional, etc. (INEI ENAHO menos de 15 horas semanales ETI menos de 1 hora semanal) Los niños artistas (Art. 21 del Decreto Supremo N° PCM) Actividades permitidas para menores de 12 años (niños) (NO ES “TRABAJO INFANTIL”)

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco La expresión “ las peores formas de trabajo infantil ” abarca: Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados; La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas; La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes, y El trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco OBLIGACIONES DEL ESTADO PERUANO EN MATERIA DE ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL MINDES MINTRA ONGS EMPRESA PRIVADA

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Las obligaciones estatales tienen como objetivo garantizar y hacer efectivo los derechos subjetivos de las personas. Dichas obligaciones nacen como respuesta frente a la existencia de dichos derechos. Si bien no todas tienen las mismas características, debido a las diferentes estructuras de los derechos subjetivos, sí comparten el rasgo fundamental de ser exigibles. Los derechos subjetivos pueden nacer tanto de la Constitución, de Convenios Internacionales, como de diferentes disposiciones jurídicas o Resoluciones Judiciales. Las obligaciones estatales

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Clase de ObligaciónConceptoEjemplo Obligación de respeto de los derechos. El Estado tiene el deber de no interferir, obstaculizar o impedir el acceso a los bienes y servicios, de brindarlos con buena calidad y de adaptarlos para que su prestación no constituya una afectación al derecho de grupos diferentes. Adecuado funcionamiento de los CARs Obligación de protección de los derechos El Estado está obligado a impedir que terceros menoscaben de algún modo el disfrute del derecho de las personas. Se puede llevar a cabo este deber mediante lo siguiente: (i) marcos regulatorios adecuados, (ii) reglas de exigibilidad de cumplimiento; y, (iii) medidas legislativas de prohibición. Listado de actividades peligrosas Obligación de garantía de los derechos El Estado debe asegurar que el titular del derecho acceda al bien aún cuando no pueda hacerlo por sí mismo, así como asegurar que haya mecanismos para reclamar, exigir o perseguir la vigencia y el respeto de sus derechos. Creación de Defensorías del Niño y Adolescente Obligación de promoción de derechos El Estado debe desarrollar medidas de largo alcance, políticas públicas sectoriales y multisectoriales que hagan posible el goce del derecho. Son obligaciones positivas del Estado algunas de las siguientes: (i) difundir información adecuada, (ii) reconocer el derecho en el ordenamiento jurídico mediante leyes; y, (iii) adoptar estrategias o planes nacionales. Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco ObligaciónResponsable Dirigir una política nacional cuyo fin sea abolir efectivamente el trabajo de niños. Estado Comunicar a la OIT la edad mínima de admisión al empleo. Ministerio de Relaciones Exteriores Determinar mediante legislación lo que es empleo riesgoso para salud, seguridad y moralidad. Estado / MIMDES En caso se permitan actividades laborales para menores de 13 a 15, se deben determinar claramente dichas actividades. Estado Prever sanciones, si es necesario, para hacer cumplir la Convención y establecer responsables del cumplimiento de disposiciones que den efecto al Convenio. Estado / MIMDES Prescribir registros de empleados menores de edad para el empleador. Autoridad competente / MIMDES

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Convenio 182 de la OIT ObligaciónResponsable Determinar trabajos riesgosos para salud, seguridad y moralidad, mediante legislación o autoridad competente. Estado / MIMDES Localizar zonas donde se efectúan las peores formas de trabajo infantil de acuerdo al artículo 3 del Convenio. Estado / ¿MIMDES? Examinar periódicamente la lista de las peores formas de trabajo infantil. Estado /MIMDES Elaborar y ejecutar programas de erradicación de las peores formas de trabajo infantil. Estado Implementar medidas vinculadas al tema de educación para: (i) impedir peores formas de trabajo infantil, (ii) brindar asistencias para librar a niños que ya estén trabajando en esas condiciones, (iii) garantizar acceso a enseñanza básica gratuita y cuando sea posible a la profesional a los niños librados de las peores formas, (iv) identificar niños expuestos a mayor riesgo y (v) tener en cuenta situación particular de las niñas Estado Designar autoridad competente para velar por aplicación del Convenio. Estado

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Convenio 169 OIT ObligaciónResponsable Consultar a los pueblos, mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. Estado Deberán crearse servicios adecuados de inspección de trabajo en regiones donde existan actividades asalariadas con trabajadores de pueblos interesados. Estado Promover participación voluntaria de miembros de pueblos interesados en programas de formación profesional. Estado La educación ofrecida a estos niños deberá ser capaz de desarrollar aptitudes que les ayuden a participar en pie de igualdad en su comunidad o como en la comunidad nacional. Ministerio de Educación

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Código de los Niños y Adolescentes ObligaciónResponsable Garantizar modalidades y horarios escolares especiales que permitan a los niños y adolescentes que trabajan asistir regularmente a la escuela. Estado Formular, aprobar y coordinar ejecución de políticas orientadas a la atención integral de niños y adolescentes. MIMDES Abrir investigaciones tutelares a niños en situación de riesgo. MIMDES Regular el funcionamiento de organismos públicos, privados y comunales que ejecutan programas dirigidos al niño y al adolescente. MIMDES Establecer entidades técnicas similares al Ente Rector del Sistema Gobiernos Regionales y Locales Ejecutar programas que aseguren el proceso educativo, desarrollo físico y psicológico de niños y adolescentes que trabajan. MIMDES / Gobiernos Regionales y Locales Integrar a niños huérfanos o en extrema pobreza a programas asistenciales de organismos públicos o privados. MIMDES Coordinar programas de atención en beneficio de niños y adolescentes que trabajan. Defensoría del Niño y Adolescente Protección general al adolescente trabajador. MIMDES / MINTRA / MINSA / MINEDU / Gobiernos Regionales y Locales

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco ObligaciónResponsable Autorizar trabajos por cuenta ajena.MINTRA Autorizar trabajo doméstico de adolescentes.Municipios distritales y provinciales Otorgar libreta del adolescente trabajador.Autoridad que autorizó al adolescente a trabajar Programas de capacitación de trabajo y vocacionales para adolescentes trabajadores. MINTRA y Municipios

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco ¿QUÉ CIFRAS USAMOS?

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco PEA años2´115,000Tasa de activ. 28% (15 horas a la semana mín.) INEI - OIT (ETI ) Población ocupada – 5 a 17 años4´412,000Tasa de activ. 57% (a Niños, niñas y adolescentes) (1 hora a la semana mín.) Población ocupada – 5 a 17 años3´335,542Tasa de activ. 41.6% (a padres de familia) (1 hora a la semana mín.) INEI (XI CNP y VI de V 2007; ETI 2007; ENAHO )

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco ¿QUÉ PRIORIZAMOS?

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Ámbitos prioritarios de acción BasuralesMinería artesanal LadrillerasCargadores de mercado Pesca artesanal Trabajo doméstico Trabajo callejero

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco DEFINIENDO LOS OBJETIVOS Y METAS

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Objetivos estratégicos Objetivo 1: … por definir …Objetivo 2: … por definir …Objetivo 3: … por definir …Objetivo 4: … por definir …Objetivo 5: … por definir …

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco ESTABLECIENDO LAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACCIÓN

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Líneas estratégicas de acción Fortalecimiento del marco normativo y de los instrumentos de política. Fortalecimiento de la colaboración y coordinación intergubernamental Fortalecimiento de la supervisión, monitoreo y evaluación de políticas Articulación con el sector privado (empresas y organizaciones de sociedad civil) Diseño e implementación de programas y proyectos sobre ámbitos priorizados LE1 LE2 LE3 LE4 LE5

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco Muchas gracias Contacto con el consultor:

TALLER PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Lima, 15 de abril del 2010 Msc. Carlos Alza Barco