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Normas Generales de Control Interno para el Sector Público Nacional Resolución N° 172/2014 SGN República Oriental del Uruguay Montevideo - Marzo de 2016.

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Presentación del tema: "Normas Generales de Control Interno para el Sector Público Nacional Resolución N° 172/2014 SGN República Oriental del Uruguay Montevideo - Marzo de 2016."— Transcripción de la presentación:

1 Normas Generales de Control Interno para el Sector Público Nacional Resolución N° 172/2014 SGN República Oriental del Uruguay Montevideo - Marzo de 2016 Marcos de Control Adoptados

2 Normas Generales de Control Interno Introducción y antecedentes Cursos de capacitación

3 Emitidas a partir del rol de Órgano Rector del Sistema de Control Interno de la Sindicatura General de la Nación.

4 Gestión operativa Generación de información Cumplimiento de la normativa Objetivos ¿Qué es el control interno? Es un proceso llevado a cabo por las autoridades superiores y el resto del personal de la entidad, diseñado con el objetivo de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de los objetivos organizacionales -tanto en relación con la gestión operativa, con la generación de información y con el cumplimiento de la normativa-.

5 Objetivos Riesgos que pueden afectar el logro de los Objetivos El sistema de control interno busca reducir los riesgos que pueden afectar el cumplimiento de los objetivos Gestión operativa Generación de información Cumplimiento de la normativa

6 Antecedentes En 1998 se aprobaron las Normas Generales de Control Interno en base a la primera versión del Marco COSO -reconocido internacionalmente como modelo en materia de Control Interno. *Comittee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission 2014 Normas Generales de Control Interno actualizadas en base a la nueva versión del Marco COSO, considerando la realidad del Sector Público Argentino.

7 Antecedentes Durante 2014 -en base a lo dispuesto en la Res. N° 98/2014 SIGEN- se realizó un Proceso de Consulta respecto del Proyecto de Actualización de las normas Se recibieron comentarios positivos y sugerencias que fueron consideradas en la versión definitiva. De este modo, mediante la Res. N° 172/2014 SIGEN se aprobó la versión consensuada Borrador para opinión

8 Se busca la aplicación de las mejores prácticas internacionales en el Sistema de Control Interno del Sector Público Nacional Las Normas constituirán una guía para la implementación del control interno por parte de los responsables de la gestión, considerando lo expuesto en la Ley N° 24.156, art. 101: “La autoridad superior de cada jurisdicción o entidad dependiente del Poder Ejecutivo Nacional será responsable del mantenimiento de un adecuado sistema de control interno…”.

9 Las Normas, al igual que el Modelo internacional utilizado de referencia, se estructura en 17 Principios que se organizan en los cinco componentes del Control Interno. Estos Principios representan los conceptos fundamentales que deben aplicarse para alcanzar un control interno efectivo. Deben funcionar “de forma integrada”.

10 Por su parte, a fin de facilitar el ordenamiento y su referenciación, se han numerado los objetivos de control o normas específicas que se desprenden de cada Principio de control interno.

11 Se agregaron referencias al nivel de prioridad o madurez asociado al cumplimiento de cada norma u objetivo de control, de modo de permitir la aplicación de las normas, siguiendo un esquema madurativo ordenado. En este sentido, cada organización podrá planificar la implementación de controles mediante un esquema escalonado. Además, se han incorporado en cada caso, las referencias a los antecedentes u otras normas que resultaran aplicables en el Sector Público Argentino.

12 Principio Objetivos de Control o Normas Específicas Nivel de madurez -indica Prioridad- Referencia a Normas del Sector Público Referencia a Normas SIGEN Cómo se presentan las Normas

13 Roles y Responsabilidades

14 Todos los miembros de una organización tienen incumbencia en el control interno. Autoridades Superiores: responsables de la implantación y mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno (Ley 24.156, artículos 4° y 101°). Comité de Control / Comité de Auditoría Auditor Interno Demás funcionarios y empleados integrantes de la organización: responsables de aplicar las medidas de control interno en su ámbito de incumbencia y de comunicar en forma ascendente, problemas en las operaciones, el incumplimiento del código de conducta, la realización de acciones ilícitas u otras violaciones de políticas fijadas por la organización.

15 Ámbito de aplicación De acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 172/2014 SIGEN en el Artículo 3°, las Normas Generales de Control Interno serán de aplicación por todo el Sector Público Nacional, definido en el Artículo 8° de la Ley N° 24.156, como asimismo, por parte de las Universidades Nacionales en función de lo dispuesto por el Artículo 59 de la Ley N° 24.521.

16 Comunicación a todo el personal El Artículo 4° de la Resolución N° 172/2014 SIGEN en el establece que las Normas deberán ser comunicadas por parte de las autoridades superiores de las jurisdicciones y entidades a los agentes que se desempeñen en las mismas, debiendo disponer mecanismos para asegurar su comunicación al personal ingresante.

17 Cursos de capacitación Los cursos estarán orientados tanto a auditores como a funcionarios en general. Módulo I: Aspectos Generales de las Normas Generales de Control Interno – 20 hs Módulo II: Taller de aplicación – 10 hs Módulo I: Aspectos Generales de las Normas Generales de Control Interno – 20 hs Módulo II: Taller de aplicación – 10 hs Modalidad: virtual

18 Instructivo de Trabajo Disponible en la Intranet SIGEN, Banco de Metodologías de Trabajo

19 Se transcriben los Principios, y por cada objetivo de control o norma específica (ejemplo 1.1), se detalla un conjunto de preguntas orientadas a verificar si el control existe y funciona. Instructivo de Trabajo

20 Relación Normas - Instructivo de Trabajo

21 En atención a la magnitud del conjunto de Normas, la labor de control, auditoría, evaluación o autoevaluación puede encararse en forma acotada por Componente, Principio o Nivel de Madurez/Prioridad según lo determine necesario el responsable.

22 Muchas gracias República Oriental del Uruguay Montevideo - Marzo de 2016


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