Desayuno Ejecutivo Abril 2007.

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Transcripción de la presentación:

Desayuno Ejecutivo Abril 2007

COYUNTURA LABORAL Abril 2007 Carlos Cornejo Vargas

GENERALIDADES (i)Difieren entrada en vigencia de Planilla Electrónica. Decreto Supremo N° TR. (ii)Modifican Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. Decreto Supremo N° TR.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (i)Los registros del SGSST deben ser implementados de acuerdo con las necesidades de la empresa. Pueden ser llevados en medios físicos o electrónicos. Deben estar a disposición de los trabajadores y de la autoridad competente. Se ha modificado (eliminado) los listado de registros. Sólo algunos alcanzan a trabajadores de terceros y terceros que presten servicios en las instalaciones de la empresa. Los referidos registros deben conservarse por los 5 años posteriores al suceso. (iii)Los accidentes que sufra el personal de terceros (services o outsourcers) deberán ser informados a la AAT por la empresa usuaria o cliente y por el empleador del trabajador accidentado.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (iii)El funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y la adecuación y/o elaboración del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo será obligatorio a partir del 1° de octubre del año (iv)Las auditorias externas al SGSST serán obligatorias a partir del 1° de enero del año La AAT regulará el registro y acreditación de auditores autorizados, así como periodicidad de auditorias. (v)La obligación de realizar exámenes médicos al personal antes, durante y al cese de la relación laboral será exigible después de que la AAT apruebe diversos documentos antes del 31 de diciembre del año 2007.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (vi)El Registro de Enfermedades Ocupacionales y el Registro de Exámenes Médicos Ocupacionales serán obligatorios a partir de la publicación de los documentos a que se hace referencia en el numeral anterior. (vii)El Registro de Monitoreo de Agentes y Factores de Riesgo Ergonómico será obligatorio cuando se apruebe el instrumento correspondiente por parte de la autoridad competente antes del 31 de diciembre del año (viii)Se ha modificado el “Glosario de Términos”. (ix)Se ha precisado que el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo NO requiere aprobación de la AAT.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (x)Se ha omitido regular y señalar el contenido mínimo de los registros del SGSST. (xi)Se han derogado los siguientes artículos del Decreto Supremo N° TR: -Artículo 78.- comunicación de incidentes laborales a la AAT. -Artículo 82.- registro de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales -Artículo 83.- contenido de registro de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales -Artículo 84.- procedimiento de registro de accidentes de trabajo (artículo 17° - B).

PLANILLA ELECTRÓNICA (i)La exigibilidad de la presentación del RTPS ha sido diferida hasta el 1° de setiembre del año 2007.

LA REFORMA TRIBUTARIA Abril 2007 César Luna-Victoria León

15 años después 1992: Boloña, simplificación + ley marco 1993: Boloña, golpe municipal 1993: Boloña, exoneraciones 1999: Baca, régimen de la Amazonía 2000: Silva Ruete, intento fallido 2001: Kcuczynski, recuperación parcial 2001: Kcuczynsky, los últimos cinco años 2006: Carranza, candados del Congreso 2006: iba a ser un ajuste más

1ra. entrega: Vísperas de Navidad Prórroga a beneficios tributarios 1ra. modificación al Código Tributario 1ra. modificación al Impuesto a la Renta ITAN – ITF – RUS - RER

2da. entrega: 10 de marzo Se inicia desmontaje de exoneraciones Reforma al IR de personas naturales Democratización de beneficios IGV

3ra. entrega: Al filo de la navaja De la Ley de la Selva a la Ley de la Amazonía No estaba dando resultado ¿Por qué fue posible eliminarla? ¿En qué consiste? IGV eliminado “de inmediato” IGV + ISC eliminado “gradualmente”

Esquema para la sustitución gradual de exoneraciones por transferencias líquidas Manejo de cuentas especiales: A disposición de Gobierno Regional o Local “Prioritariamente” para infraestructura Se autoriza gasto social (¿y gasto corriente?) Proyectos se siguen rigiendo por el SNIP Manejo transparente de la Cuenta Especial ESQUEMA IGV – VENTAS LOCALES (%) AñoCréditoTransferencia IGV ImpuestoCrédito 1S S S S S S S S S S S TransferenciaISCSemestre ESQUEMA IGV + ISC - VENTA DE COMBUSTIBLES (%)

Impuestos antitécnicos se mantienen AñoITANITF RER  Tasa Servicios(1) Bienes(1) IGV: 19% RUS  Ingresos  Tasa 11,500(0.2) 22,000(0.2) 34,000(0.1) 46,500(0.1) 510,000(0.5) ISCTasaRango Gasolina40 – 511 – 400 Cervezas – 100 Cigarrillos3020 – 300 Gaseosas171 – 150 Vino201 – 50 Tabaco5050 – 100 Vehículos10 –

Nuevo régimen de sanciones Usualmente las sanciones se reducen En algunos casos suben (no sacar RUC o sacar más de un RUC) En otros casos, la multa sobre UIT se sustituye por porcentaje sobre ingresos netos: Infracciones por libros/registros contables Infracciones por impedir/estorbar fiscalización de la SUNAT Principios de la potestad sancionadora Legalidad Tipicidad No bis in idem Proporcionalidad No concurrencia

Modificaciones al Código Tributario Responsabilidad de retenedores de embargos Suspensión de intereses moratorios Plazos en fiscalización, reclamación y apelación Impugnación de RD’s o OP’s con reducción de RM’s Limitación de facultad de re-examen Restricciones para revisión judicial Ampliación de supuestos para base presunta Nuevos supuestos para interrumpir prescripción Sustitución de embargos Corrección de oficio de pagos por error Fraccionamiento regular de fraccionamientos especiales

Modificaciones al IGV Holding Certificates Registro de Compras Endose de tickets aéreos Exportación de servicios Mutuo de bienes 1ra. venta de inmuebles

Modificaciones al Impuesto a la Renta No responsabilidad tributaria de empresas por venta de valores Se resuelve el problema de “intereses en suspenso” Costo computable y valor de mercado Dietas de regidores municipales y consejeros regionales Valor de mercado en remuneraciones para dueños y parientes Pérdidas de instrumentos financieros derivados de no cobertura Disposición indirecta de rentas Rentas de empresas de construcción y similares Contabilidad de contratos de colaboración empresarial Operaciones de reporte y pacto de re-compra Aportes voluntarios al sistema de pensiones Constitucionalidad de modificaciones para el 2009

Ley Marco de las exoneraciones tributarias Ley, como cualquier otra, pero apela a la “presión social” Mayor rigor del análisis costo/beneficio Exige identificar “ingreso alternativo” para cubrir costo fiscal Se deben determinar metas cuantificables para medir resultado Debe ser congruente con el Marco Macroeconómico Multianual del Gobierno Beneficios sólo para impuestos directos Los convenios no “estabilizarán” exoneraciones tributarias Plazo máximo de 6 años Opinión (¿favorable?) previa del MEF No afecta presupuesto en curso (rige desde el año siguiente) Evaluación en 24 meses de beneficios vigentes

bien en la MACRO Se logró lo imposible: desmontar las exoneraciones a un costo político muy bajo La verdadera reforma tributaria: la descentralización del ingreso fiscal Los temas pendientes: – Reforma tributaria municipal – Desmontaje de otras exoneraciones – Eliminación de impuestos anti-técnicos – IR promocional (Amazonía, agro y reinversiones) – Procesos tributarios acumulados – “Ampliar la base tributaria”: informaliad y contrabando Falta la reforma fiscal: mejora del gasto y control por resultados Los otros temas: reforma laboral y rebaja de aranceles

mal en la MICRO “precísase” (?) De lo devengado a lo percibido IGV (... Non bis in idem) Adecuación a normas internacionales Instrumentos financieros derivados Holding certificates Costo computable Depreciaciones no contabilizadas Contratos de colaboración empresarial

Gracias