DECRETO 39/2003, DE 18 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LOS E.O.E. ADSCRITOS AL PERSONAL DOCENTE Y SE ESTABLECEN.

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Transcripción de la presentación:

DECRETO 39/2003, DE 18 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LOS E.O.E. ADSCRITOS AL PERSONAL DOCENTE Y SE ESTABLECEN LAS FUNCIONES DE LOS COORDINADORES DE ÁREA DE LOS EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES. B.O.J.A. Nº. 36: 21-02-03

EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Orientadores y Maestros de los Cuerpos Docentes establecidos en la normativa vigente. Sin perjuicio de la existencia de personal Laboral y Funcionario No Docente que contemple la correspondiente R.P.T. COMPOSICIÓN Cualquier Funcionario de Carrera en Servicio Activo del Cuerpo de P.E.S., especialidad de Psicología y Pedagogía. Con al menos, 2 años de antigüedad en el citado Cuerpo y Especialidad. O, al menos, 2 años de experiencia en E.O.E. Estos puestos se proveerán por el procedimiento ordinario para los puestos docentes. La CECJA establecerá la plantilla de Orientadores que corresponda a cada EOE. ORIENTADOR DE EOE

EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Cualquier Funcionario de carrera en Servicio Activo del Cuerpo de Maestros, de la Especialidad de Audición y Lenguaje. Al menos, con 2 años de antigüedad en el citado Cuerpo y Especialidad. Los EOE que atiendan Centros con alumnado con n.e.e. Asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, podrán contar con Funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, de Especialidades diferentes y, al menos 2 años de antigüedad en el Cuerpo. Excepcionalmente, de la Especialidad de Pedagogía Terapéutica. Estos puestos se proveerán por el procedimiento ordinario para los puestos docentes. La CECJA establecerá la plantilla de Orientadores que corresponda a cada EOE. MAESTROS DE EOE

EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL 1 Coordinador Provincial. 1 Coordinador del Área de orientación Vocacional y Profesional. 1 Coordinador del Área de la Atención a las n.e.e. 1 Coordinador del Área de Compensación Educativa. 1 Coordinador del Área de Apoyo a la Función Tutorial del Profesorado y Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar. 1 Coordinador del Área de Recursos Técnicos. COMPOSICIÓN Funcionario de carrera en Servicio Activo de los Cuerpos de la Función Pública Docente. Al menos, con 4 años de antigüedad en dicho Cuerpo. Se nombrarán por el procedimiento de libre designación, por la persona titular de la CECJA, a propuesta del Delegado Provincial. Previa Convocatoria Pública. En régimen de Comisión de Servicios. Coordinador Provincial

EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL Requisitos de los Coordinadores de Área Y al menos, 3 años de antigüedad en los respectivos Cuerpos Área de orientación Vocacional y Profesional: Funcionario de Carrera, del Cuerpo de PES y Especialidad de Psicología y Pedagogía. Área de atención a las n.e.e.: Funcionario de Carrera del Cuerpo de Maestros, especialidad de AL o PT, o Funcionarios del Cuerpo de PES de la Especialidad de Psicología y Pedagogía. Área de Compensación Educativa, Apoyo a la Función Tutorial o Área de Recursos Técnicos: Funcionario de Carrera del Cuerpo de Maestros o , Funcionarios del Cuerpo de PES, indistintamente Designación de los Coordinadores de Área Se nombrarán por el procedimiento de libre designación. Por la persona titular de la CECJA. A propuesta del Delegado Provincial Previa Convocatoria Pública. En régimen de Comisión de Servicios.

EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL Funciones de los Coordinadores de Área Área de Orientación Vocacional y Profesional 1 Promover y Coordinar el desarrollo de Programas de Orientación Educativa y Vocacional, a través de los Equipos y Departamentos de Orientación. Facilitar los procedimientos de coordinación entre los Equipos y los Departamentos, en lo relativo a la orientación académico-profesional y la transición a la vida laboral. Favorecer la implantación de programas formativos e informativos relacionados con la orientación profesional y la inserción laboral del alumnado. Asesorar a los Equipos y a los Departamentos en el desarrollo de actuaciones específicas relativas a esta Área. Cualquier otra función, relacionada con esta Área, que le encomiende la administración educativa.

EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL Funciones de los Coordinadores de Área Área de Atención a las Necesidades Educativas Especiales 2 Impulsar y desarrollar relacionados con el alumnado con n.e.e. Asociadas a sus capacidades personales. Coordinar la aplicación de criterios y procedimientos de intervención psicopedagógica, especialmente aquellos que faciliten el tránsito de una etapa educativa a otra. Dinamizar las actuaciones de los equipos y de los Departamentos, que incidan sobre las medidas de atención a la diversidad en los Centros. Cualquier otra función, relacionada con esta Área, que le encomiende la administración educativa.

EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL Funciones de los Coordinadores de Área Área de Compensación Educativa 3 Impulsar el desarrollo de actuaciones y programas dirigidos al alumnado con condiciones sociales desfavorecidas. Coordinar la intervención de los Maestros de Apoyo a la Compensación Educativa, especialmente en lo relativo a la prevención, seguimiento y control del Absentismo Escolar. Dinamizar la intervención de los Equipos y de los Departamentos en lo relativo a la planificación de las actuaciones de los Centros, que incidan sobre el alumnado en situación social desfavorecida. Cualquier otra función, relacionada con esta Área, que le encomiende la administración educativa.

EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL Funciones de los Coordinadores de Área 4 Área de Apoyo a la Función Tutorial del Profesorado y de Asesoramiento sobre Convivencia Escolar Impulsar y coordinar la aplicación de programas dirigidos a la mejora de las habilidades de los docentes en su dimensión tutorial. Promover medidas destinadas a la revisión y actualización de los instrumentos de planificación docente y de los programas de acción tutorial. Dinamizar la aplicación de programas de educación en valores, de orientación familiar y otros relacionados con los temas transversales del currículo. Asesorar a las Comisiones de Convivencia de los Centros y proponer acciones destinadas a favorecer la educación para la Cultura de la Paz y No Violencia. Cualquier otra función, relacionada con esta Área, que le encomiende la administración educativa.

EQUIPOS TÉCNICOS PROVINCIALES PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL Funciones de los Coordinadores de Área 5 Área de Recursos Técnicos: Realizar la gestión, distribución e inventario de los recursos técnicos y materiales, dirigidos a los Equipos y Departamentos. Facilitar la utilización por parte de los Centros de materiales y recursos técnicos, dirigidos a la Orientación Académico-Profesional y la Inserción Laboral del Alumnado. Promocionar el uso de las nuevas tecnologías aplicadas al alumnado con n.e.e y dinamizar el empleo de materiales y equipamiento técnico específico para las distintas discapacidades. Realizar la gestión, distribución e inventario de los materiales didácticos y recursos técnicos, destinados al alumnado con n.e.e., que no forman parte del equipamiento general de los Centros educativos. Cualquier otra función, relacionada con esta Área, que le encomiende la administración educativa.

EQUIPOS ESPECIALIZADOS COMPOSICIÓN: El Personal Docente de los Equipos Especializados para la Atención Educativa del Alumnado con Discapacidades Específicas, estará constituido por Profesorado de los Cuerpos Docentes establecidos, sin perjuicio de la existencia de personal laboral y funcionario no docente, que la correspondiente RPT determine. PUESTOS DE PERSONAL DOCENTE: Funcionarios de Carrera en Servicio Activo. De los Cuerpos de la Función Pública Docente. Al menos, con 3 años de antigüedad en los mismos. Con la Titulación o Especialidad que se requiera en la correspondiente Convocatoria Pública. ACCESO: Para acceder a estos puestos, cuando haya Vacantes, se hará por Concurso mediante Convocatoria Pública, que recogerá el baremo de puntuación de los méritos. Méritos: méritos académicos, experiencia docente y de dirección, formación, publicaciones, proyecto y entrevista. Se valorarán preferentemente los méritos relacionados con las funciones del puesto ofertado. NOMBRAMIENTO: En régimen de Comisión de Servicios, con Evaluación del Ejercicio de sus Funciones cada 2 años. Si la evaluación es negativa no podrá optarse a otro puesto similar sin mediar un período de 2 años en su Centro o Equipo de orientación de destino.

Se establecen los Complementos Específicos de los diferentes puestos de trabajo Se suprimen puestos de trabajo docentes de carácter singular, concretamente: Logopedas en Equipos de Atención Temprana y Coordinadores de Servicios de Apoyo Escolar. Los Funcionarios Docentes, Orientadores de Equipos de Promoción y Orientación Educativa que, a la entrada en vigor de este Decreto, estén prestando servicios en un EOE con destino definitivo, continuarán en dichos puestos como ORIENTADORES. Los Funcionarios Docentes que, a la entrada en vigor de este Decreto, presten servicios con carácter definitivo en los EOE, en los puestos de carácter singular que resultan suprimidos, pasarán a tener destino definitivo en el correspondiente EOE, como Maestros El Personal Laboral y Funcionario No Docente que, a la entrada en vigor de este Decreto, estén prestando servicios en los EOE, continuará en dichos puestos de destino.