Propuesta de modificación al reglamento de aquisiciones, concesiones, arrendamiento, contrataciones de obra y de servicio de la Universidad de Guadalajara.

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Transcripción de la presentación:

Propuesta de modificación al reglamento de aquisiciones, concesiones, arrendamiento, contrataciones de obra y de servicio de la Universidad de Guadalajara

El actual reglamento de compras y adjudicaciones de la Universidad de Guadalajara ha demostrado tener grandes limitaciones La propuesta que revisamos agrava todavía más esas limitaciones, sobre todo para los CU’s y SEMS, centralizando los procesos y toma de decisiones

Debemos buscar, sobre todo, una normatividad simple y sencilla que permita una descentralización efectiva de las compras y adjudicaciones Debemos permitir a los Centros Universitarios y a SEMS para que las compras se realicen a través de sus propios comités. Quedando como responsabilidad de la AG la vigilancia y el control del buen proceder de estos Comités

Son los principios anteriores los que marcan la visión de las siguientes propuestas:

Propuesta: Crear en cada CU y en SEMS un Comité de Compras Externo, además del actual Integrado por: oSecretario administrativo, quien lo preside oCoordinador de servicios generales, como Secretario oPresidente del Consejo Social oUn representante de la Cámara de Comercio local oUn representante de alguna Cámara de importancia en la localidad oUn representante de una Organización Civil o de un Club de servicio social de prestigio en la localidad

Propuesta: Modificar los Rangos de Acción para compra acorde con este nuevo Comité De 50 a 250 Salarios MínimosComité Interno, por invitación, 3 participantes De más de 250 hasta 500 Salarios Mínimos Comité Interno, por concurso, 6 participantes De más de 500 hasta 2600 SM (General) o 5200 SM (obra) Comité Externo de cada CU o SEMS, por concurso, 6 participantes (El nuevo comité) De más de 2600 (general) ó 5200 (obra) Comté General de Compras y Adjudicaciones de la Universidad

Propuesta: Realizar un sistema de concurso y licitaciones por Web, similar a CompraNET de la SECODAM EL COMPRAUDG

Con ello podríamos tener un sistema más simple aún De 50 a 250 Salarios MínimosComité Interno, por invitación, 3 participantes De más de 250 Salarios mínimosCOMPRAUDG, Un Sistema Automatizado de Publicación de Concursos y Licitaciones tipo CompraNET de la SECODAM,

Propuesta: Modificar la forma de trabajo con el Padrón de Proveedores Se propone anular el Padrón de Proveedores tal y como está actualmente constituido. Se requiere más bien un sistema de registro histórico de las personas y/o empresas que han servido a la Universidad las cuales serán calificadas de acuerdo al cumplimiento del compromiso adquirido con la Universidad

La lista Negra de CompraNET En compraNet se integra una Lista de Personas o empresas sancionadas con el impedimento para presentar propuestas o celebrar contrato con las Dependencias, Entidades de la Administración Pública Federal y de los Gobiernos de los Estados: Infractor: ECI MEXICANOS, S.A. DE C.V. Publicación en el DOF: 15 de noviembre de Causa: Proporcionó información falsa y actuó con dolo durante su participación en la Licitación Pública Nacional en SGACM-UA-007/96 a que convocó Pémex-Refinación para la adquisición de artículos de protección y seguridad, ya que contrariamente a la realidad, manifestó que los chaquetones y pantalones para bombero de la marca "Fireman" que ofertó, contenían al menos el 60% de integración nacional. Plazo de inhabilitación: Un Año, ocho meses. Inicia: 3 de noviembre de 1999, como se precisa en la publicación contenida en el DOF. Termina: 3 de julio del 2001.

Solo que bajo este sistema se asume que si no se está en la lista negra y se está en el Padrón, entonces el servicio que prestó es bueno.

Por ello es necesario que: Que se pueda tomar en cuenta a personas, empresas o proveedores que no se encuentren en el Padrón, siempre y cuando a juicio del Comité de Compras de Cada CU, sean solventes o capaces de prestar un buen servicio (para ello podría requerirse una pequeña investigación antes de tomar la decisión) Si la empresa o persona ya se encuentra en el Padrón, entonces deberá revisarse el registro de calidad con el que ha prestado el servicio antes a la Universidad para tomar la decisión

El trabajo de la AG en este sentido sería solamente de VIGILANCIA del buen proceder de cada comité de compras Por ejemplo, sancionar en el caso en el que se haya aceptado contratar a un proveedor que ya se encuentre en el Padrón con un historial de servicio a la Universidad “Malo”

El hecho de que cualquier persona o proveedor pueda, si el Comité de Compras asi lo juzga conveniente, ofrecer un servicio a la Universidad, nos permite aprovechar las ventajas que nos dan Internet y los tratados comerciales internacionales para acceder a productos y servicios de mejor calidad.

Propuesta: Modificar el procedimiento de elección del ganador Actualmente, si el proveedor ganador no cumple con lo ofrecido, es necesario volver a repetir el concurso o la licitación Esto lleva a una pérdida de tiempo debido al retraso en el proceso

Propuesta Que se dictamine por orden de viabilidad de compra o de contratación, de manera tal que la empresa ganadora tenga el primer lugar; pero en caso de que no cumpla ésta con lo acordado, se pueda realizar la compra o la contratación con aquella que haya quedado en segundo lugar

Propuesta: Acerca de las proposiciones en sobre cerrado Se propone que solo en el caso de las licitaciones se mantenga como requisito recibir las propuestas en sobre cerrado Y que para el caso del Concurso o la invitación, se puedan recibir ofertas por fax, correo electrónico, páginas WEB, o propaganda en prensa o en folletos Esto permitiría acceder realmente a las mejores ofertas. (La mayoría de los casos no se compra en donde está mas barato, se compra al proveedor que ofrece menor precio, de entre los que accedieron a realizar la oferta a sobre cerrado). Empresas como SAM´s o Wal-Mart no están interesadas en participar en un concurso a sobre cerrado para vender una televisión de 60”

Propuesta: dar a los comités la facultad para decidir en las compras menores cuándo se necesite o no, hacer un contrato de compra-venta

Si es difícil hacer que SAM´s participe en un proceso de compra por invitación a sobre cerrado para vender una televisión, es mucho más difícil que firme un contrato de compraventa En este tipo de compras es suficiente con la factura y la garantía debidamente llenada. Obligar a firmar un contrato, que elabora la Oficina del Abogado, y que solo puede firmar el Coordinador General Administrativo, es una pérdida de tiempo en estos casos

Propuesta: Dar al Presidente de los comités en los CU’s y SEMS la facultad para realizar contratos de compra-venta a nombre de la Universidad en en el rango de los montos para cada Comité

Si el comité considera necesario el establecimiento del contrato de compra- venta, entonces podría solicitar al Presidente del mismo la realización para asegurar el buen término de la operación En caso de tener que entablar una demanda, el presidente del comité obtendría un poder de la Universidad para entablarla a nombre de la Institución, bajo la asesoría de la Oficina del Abogado General de la Universidad

Propuesta: Crear dos Comités Internos de compras para la Administración General Uno para Secretaría General Uno para Vicerrectoría Ejecutiva Sus rangos de compra serían de 50 a 500 SM, compras mayores se dictaminarían en el Comité General de compras de la Universidad Es sano que sean comités y no un solo funcionario quien decida sobre las compras de la A.G.

Adecuar un reglamento de obra La propuesta integrada de reglamento de compras y reglamento de obras, establece un solo funcionario que decide que contratistas satisfacen las condiciones para realizar obra, siendo esto completamente discrecional. Sugerimos que sea un comité técnico junto con el Coord. de Obras y Proyectos quienes decidan sobre contratistas y obras en forma de características técnicas, con un reglamento separado La propuesta que revisamos, elimina la administración directa de obras por los CU’s