Sistemas de Control de la OIT Departamento de Normas Internacionales del Trabajo OIT Ginebra
Sistemas de control de la OIT Sistema de Control Regular Procedimientos Constitucionales Mecanismos especiales de control
Sistema de control regular Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones basa su trabajo en las memorias enviadas por los Gobiernos comentarios de organizaciones de trabajadores y empleadores examina la conformidad de la legislación y la práctica de los países con los convenios ratificados
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones composición: 20 juristas de reconocida trayectoria en el campo jurídico; se reúne una vez por año en Ginebra elabora un informe con observaciones sobre la aplicación por parte de los gobiernos de los convenios ratificados
Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia comisión tripartita de la Conferencia se reúne una vez por año (en junio) basa sus trabajos en el informe de la CEACR examina los casos más graves y/o persistentes de violación de los convenios de la OIT adopta un informe que es aprobado por la Conferencia
Procedimientos de Reclamación y Queja arts Procedimientos de Reclamación y Queja arts. 24 y 26 de la Constitución de la OIT se inician cuando por medio de una reclamación o una queja se alega que un Estado no aplica de manera satisfactoria un convenio ratificado
Reclamación art. 24 puede ser presentada por: una organización de trabajadores o de empleadores contra un Gobierno es admitida por el Consejo de Administración (CA)
Queja art.26 puede ser presentada por: un Estado miembro contra otro Estado miembro; por el Consejo de Administración de oficio a iniciativa de un delegado a la Conferencia (trabajador, empleador o representante gubernamental) el Consejo puede designar una comisión de encuesta que elabora un informe en el que se formulan recomendaciones
Mecanismos especiales para la protección de la libertad sindical Comisión de Investigación y Conciliación en materia de libertad sindical Comité de Libertad Sindical se constituye un comité tripartito que elabora un informe en el que formula recomendaciones al CA
Comisión de investigación y de conciliación en materia de libertad sindical creada en 1950, órgano de investigación que examina las quejas que le transmite el CA puede también examinar las posibilidades de encontrar soluciones a las dificultades por vía de acuerdo muy poco convocada en razón de costos elevados y la necesidad del consentimiento del Estado
Comité de Libertad Sindical creado en 1951 órgano tripartito compuesto por seis representantes por grupo y un presidente a título individual los representantes o ciudadanos del país contra el que se presenta la queja no pueden estar presentes durante el examen del caso se reúne tres veces por año (marzo, mayo y noviembre) a puerta cerrada
Comité de Libertad Sindical examina las quejas presentadas contra los gobiernos por violaciones de los convenios y los principios en materia de libertad sindical independientemente de la ratificación del convenio en cuestión decisiones adoptadas por unanimidad recopilación de decisiones
Comité de Libertad Sindical pueden presentar quejas: una organización nacional de trabajadores o de empleadores directamente interesada una central internacional con estatuto consultivo ante la OIT una organización internacional de empleadores o de trabajadores directamente interesada; y un Gobierno contra otro Gobierno
Comité de Libertad Sindical Procedimiento el Comité examina la queja, la respuesta del Gobierno y las pruebas transmitidas y adopta un informe que contiene conclusiones y recomendaciones el informe es adoptado por el Consejo de Administración
Comité de Libertad Sindical tipos de informes del Comité: definitivos; provisionales; « follow up » (el Comité pide que se le mantenga informado de la evolución de la situación).
Comité de Libertad Sindical las quejas deben ser presentadas: por escrito; firmadas por un representante autorizado, y acompañadas de la mayor cantidad de pruebas en apoyo de los alegatos
Comité de Libertad Sindical Misión de contactos directos un representante del Director General se dirige al país para examinar los hechos e informar al CLS puede tratarse de: un funcionario una personalidad independiente se requiere el acuerdo del Gobierno en cuestión
Comité de Libertad Sindical Características admisibilidad de las quejas no agotamiento de los recursos internos examen sin la respuesta del gobierno posibilidad de invitar a los gobiernos a indicar las medidas adoptadas para dar seguimiento a las recomendaciones del Comité