Prima de antigüedad.

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Transcripción de la presentación:

Prima de antigüedad

Introducción La prima de antigüedad es un derecho que tienen todos los trabajadores, después de haber cumplido un año de servicio. Este derecho está establecido en el artículo 162 de l Ley Federal del trabajo. Desde febrero de 2011, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la nación resolvió que la prima de antigüedad debe pagarse con base en el salario que recibía el trabajador al momento de ser despedido.

Artículo 162, LFT Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes: Doce días de salario, por cada año de servicios; El monto para el cálculo no debe ser menor de un salario mínimo ni mayor de dos salarios mínimos. Se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido;

Para el pago de la prima en los casos de retiro voluntario de los trabajadores, se observarán las normas siguientes: a) Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, el pago se hará en el momento del retiro. b) Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje.

c) Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores; En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a los deudos. La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda

Ejemplo Salario mensual= $3,000 Fecha de inicio 01 de enero de 2016, tiempo indeterminado Despido injustificado en 01 de marzo de 2017 Prestaciones de ley Salario integrado Cuota diaria: $100 Aguinaldo: 15*100/365=4.10 Prima vacacional: 8*100*.25/365=0.54 SDI= 104.64

Indemnización= 104.64*90= $9,417.60+ (20*1.16*104.64)= $11,854.42 Prima de antigüedad= 12*1.16*100= $1,392 Finiquito Trabajó 60 días Aguinaldo: (60*15/365)*100=$246.57 Vacaciones: (8*60/365)*100= $131.51 Prima vacacional: $32.87 Total finiquito= $410.95 TOTAL= 11,854.42+1,392+410.95=$13,657.37

Conclusión El pago de la Prima de Antigüedad es un derecho esencial de los trabajadores, si bien pocos de ellos saben acerca de todos los derechos que la legislación les garantiza, es necesario que nos informemos para en un futuro poder orientar a los trabajadores con los que tengamos alguna relación y también saber los derechos que tenemos como trabajadores cuando incursionemos en la vida laboral.