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ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS INTEGRANTES: Estefanía Machado.

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1 ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS INTEGRANTES: Estefanía Machado Cristian Paltán Geovanny Avalos Estudiantes 7mo “1” Ing. Empresas Abril – Agosto 2016

2 DECISIÓN DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO SELECCIÓN DE PERSONALRELACIONES LABORALES

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4 SELECCIÓN DE PERSONAL Proceso mediante el cual se escoge al candidato idóneo de entre varios candidatos.

5 PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL Convocatoria Reclutamiento Validación de requisitos Pruebas Entrevista Contratación

6 Ejemplo de Convocatoria

7 Mayor grado de fiabilidad. Proceso de integración más fácil. INTERNO Oportunidad de contar con nuevos talentos. Aprovechamiento de la inversión en capacitación por parte de terceros. EXTERNO

8 Pruebas en la selección de personal Profesionales Personalidad Psicotécnicos Ejemplos de pruebas profesionales: Selección de personal administrativo, es frecuente realizar pruebas profesionales, respecto de la creación de bases de datos o la realización de informes, por ejemplo. Selección de teleoperadoras, la prueba profesional más común es analizar la destreza a la hora de atender el teléfono o el nivel de idiomas.

9 EJEMPLO DE PREGUNTAS DE ENTREVISTA

10 Sistema de Calificación CRITERIOSPUNTAJECANDIDATO 1CANDIDATO 2CANDIDATO 3CANDIDATO 4 1. Requisitos20 1.1. Formación Académica5 1.2. Experiencia10 1.3. Capacitación5 2. Pruebas50 2.1. Profesionales25 2.2. Psicotécnicas15 2.3. Personalidad10 3. Entrevista30 3.1. Respuesta a preguntas10 3.2. Asertividad10 3.3. Dominio escénico10 TOTAL100

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12 SALARIO BÁSICO UNIFICADO El SBU está establecido en la cantidad de $366 dólares, según el Ministerio de Trabajo SUELDOS Y SALARIOS Es la remuneración otorgada al trabajador u obrero por sus labores desempeñadas dentro de la organización.  Sueldos: Es la remuneración otorgada en forma mensual al empleado, la cual no puede ser inferior al SBU y puede gozar de bonificaciones y horas extras.  Salario: Es la remuneración otorgada en forma semanal, quincenal o mensual a los obreros.

13 HORAS EXTRAS Las Horas Extras o también llamadas Horas Extraordinarias, son aquellas trabajadas en fines de semana o feriados. Para su cálculo se divide el valor del salario para 240 (horas en el mes) para obtener el valor de las horas normales y a ese valor se le suma el 100% para obtener el valor de las horas extras VHN: $366 / 240 = $1.52 VHE: $1.52 + $1.52 = $3.05

14 HORAS SUPLEMENTARIAS Las Horas Suplementarias o complementarias son aquellas en las que el empleado trabaja después de su jornada normal por no más de 4 horas por día y no más de 12 horas a la semana. Para el efecto del cálculo de las horas complementarias debemos dar a conocer que si las labores son realizadas hasta las 24h00 el cargo es del 50%. Pero si las labores son desempeñadas en el lapso de 24h00 a 6h00 el cargo es del 100%.  Con el recargo del 50% dividimos el salario para 240 para obtener el valor de la hora normal y a este se le suma el 50%. VHN: $366 / 240 = $1.52 VHE: $1.52 + $0.76 (50%) = $2.28  Con el recargo del 100% dividimos el salario para 240 para obtener el valor de la hora normal y a este se le suma el 100%. VHN: $366 / 240 = $1.52 VHE: $1.52 + $1.52 (100%) = $3.05

15 AFILIACIÓN AL SEGURO SOCIAL IESS El trabajador al estar afiliado tiene derecho al seguro de Enfermedad, maternidad, invalides, vejes, cesantía, muerte y riesgo del trabajo. Dichos derechos son irrenunciables según la Constitución del Ecuador.  Aporte Patronal 11.15% $366 x 11.15% = $40.80  Aporte Trabajadores 9.45% $366 x 9.45% = $34.59

16 DÉCIMO TERCER SUELDO Es la bonificación que recibe el empleado correspondiente a la doceava parte de la remuneración percibida durante todo el año sin descuentos (Salario, horas extra, horas suplementarias, bonos, comisiones), su fecha de pago máxima es hasta el 24 de Diciembre. Se lo considera como un bono navideño. Total percibido durante todo el año $366 x 12 = $4392 Décimo tercer sueldo a pagar $4392 / 12 = $366

17 DÉCIMO CUARTO SUELDO Se lo conoce como el Bono Escolar, corresponde a un Salario Básico Unificado, el cual es otorgado a los trabajadores hasta el 15 de Marzo en la región Costa e Insular, y hasta el 15 de Agosto en la región Sierra y Amazonía. Para su cálculo se toma en consideración el tiempo que se ha laborado Fecha de inicio de labores: 17 de Marzo del 2015 Periodo de cálculo aplicable: 17 de Marzo del 2015 al 29 de Febrero del 2016 Tiempo laborado por el trabajador: 10 meses y 14 días Se toma la doceava parte del SBU para saber la proporción por mes. $366 / 12 = $30.50 Se toma el total del sueldo o salario y se lo divide en 360 días para saber la proporción en días $366 / 360 = $1.01 Y se calcula de la siguiente forma $30.50 x 10 meses = $305 $1.01 x 14 días = $14.14 Total a pagar = $319.14

18 FONDOS DE RESERVA Es el beneficio que tiene todo trabajador a partir del mes 13 de trabajo, el empleador descontara un porcentaje de 8.33% de la remuneración percibida en todo el año y este será remitido por es IESS 100% / 12 = 8.33% $366 / 12 = $30,50

19 VACACIONES Su cálculo se efectúa al realizar la división de la remuneración percibida en todo incluyendo horas extras y bonificaciones en el año para 24 Total percibido durante el año: $4392 SBU + $120 HE + $240 BNF = $4752 Total pago vacaciones: $4752 / 24 = $198 A partir del 5 año de labores se adiciona un día a la carga por concepto de vacaciones hasta un máximo de 15 días adicionales. Es el descanso remunerado por parte del empleador hacia el trabajador después de haber cumplido 1 año de labores, correspondiente a 15 días.

20 UTILIDADES La utilidades es el beneficio del empleador o de la empresa para sus trabajadores el cual destinará un porcentaje del 15% de las utilidades líquidas que se distribuirá el 10% para los trabajadores en general y el 5% restante entre los trabajadores que tengan cargas familiares.

21 Las utilidades serán entregadas máximo en 15 días después de su liquidación (31 de Marzo de cada año). UTL: $10000 # Trabajadores: 10 # de cargas acreditadas: 5 $10000 x 15% = $1500 $1000 / 10 = 100 $500 / 5 = 100 Si un trabajador tuviere 2 cargas familiares el total de utilidades que percibiría seria de: $100 (trabajador) + $200 (2 cargas) = $300


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