San Agustín (354-430) Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho II Licda. María José de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo.

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Transcripción de la presentación:

San Agustín (354-430) Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho II Licda. María José de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo

San Agustín Nace en Tagaste (actualmente Argelia), 13 noviembre 354. Muerte: 28 agosto 430. Obispo de Hipona. Teólogo y filósofo, gran influencia sobre el cristianismo y la filosofía occidental. En su juventud, influido por maniqueísmo y neo-platonismo. Uno de los más importantes Padres de la Iglesia. Entre sus obras destacan Ciudad de Dios y Confesiones. Ante desintegración del Imperio Romano, concibe a la Iglesia como Ciudad de Dios, distinta de la Ciudad Terrenal, visión que influye sobre cosmovisión medieval.

Ley eterna Teoría más completa de la ley natural en la antigüedad. Aporte central: ley eterna como ejemplar divino de la ley natural. Concepto de ley eterna es la pieza fundamental de relaciones entre Dios y DN.

Dios como principio Dios es principio de todas las cosas en tres aspectos: Fuente del ser de las cosas al crearlas. Fuente de la verdad de las cosas, porque son copia de las ideas divinas. LN es copia de LE. Fuente del conocimiento de las cosas por nosotros, pues conocemos por iluminación Teoría de iluminación, posteriormente desechada.

Orden y Ley Hay orden en la creación. Orden: “aquella disposición de las cosas iguales o dispares que atribuye a cada una el lugar que le corresponde”. Orden tiene sentido finalista. Supone principio regulador: la ley. Íntima relación entre ley y orden. Orden es realización de ley. Ley es expresión del orden.

Ley Eterna Universo ordenado apunta a principio supremo de actividad del cosmos, ley universal que rige todos los seres  ley eterna. Sabiduría ordenadora de Dios en cuanto ordena y conduce a sus fines todo el movimiento y acontecer del universo. “Razón o voluntad de Dios, que manda conservar el orden natural y prohíbe perturbarlo”. Razón: conocimiento de Dios sobre cómo las cosas han de ordenarse y dirigirse a su fin. Voluntad: decisión de vincular cosas al orden establecido.

Ley Eterna LE trascendente, no se confunde con LN, que es reflejo suyo en el hombre. Una y universal, pero manifestada distintamente en los distintos seres. Necesidad ciega en seres irracionales  súbdito. Deber moral en seres racionales  partícipe. Hombre sujeto a LE por libre albedrío. Hombre conoce LE porque la encuentra transcrita en su razón.

Ley Natural Hombre conoce LE porque la encuentra transcrita en su razón. Ley natural es transcripción o copia de preceptos de LE en el alma racional del hombre. De LE (y LN) deriva lo justo o legítimo en ley humana (temporal, escrita): nada es justo que no derive de LE. Una ley no fundada en justicia natural o divina no es ley, no obliga en conciencia.

Ley Eterna, Natural y Positiva Ley positiva no debe realizar todas las exigencias de LN, prohibiendo y castigando todo lo contrario a ella. Sólo debe prohibir y castigar lo que es preciso reprimir para obtener fin propio del Derecho, que es la paz social. Alude a límites entre Derecho y moral.