Yazmín cárdenas quintero Directora general de senniaf

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Transcripción de la presentación:

Yazmín cárdenas quintero Directora general de senniaf Institucionalidad en la protección y promoción de los derechos de la niñez y adolescencia en panamá. Yazmín cárdenas quintero Directora general de senniaf Octubre,2016

LEY 14 DE 23 DE ENERO DE 2009 CREA LA SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Es una entidad pública descentralizada y especializada del Estado, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria, financiera, técnica y de gestión. Responsable de coordinar, articular, ejecutar y dar seguimiento al cumplimiento de las políticas de protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia.

LEY NO.14 DE 23 DE ENERO DE 2009 -COORDINAR Y ARTICULAR LA EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA SOCIAL EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, Y DAR SEGUIMIENTO A LOS PLANES, PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES DE ESTA. -CREAR MECANISMOS DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL E INTERSECTORIAL PARA LA EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. --REALIZAR ACCIONES DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NNA Y LA FAMILIA. -SUPERVISAR LA CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES DIRIGIDOS A LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA Y SU APEGO AL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS. -DISEÑAR, EJECUTAR Y EVALUAR PROGRAMAS, PROYECTOS Y SERVICIOS DE PREVENCIÓN, ORIENTACIÓN, ATENCIÓN, Y PROTECCIÓN PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE NNA Y PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA, EJECUTADO POR ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS. -EJERCER LAS FUNCIONES DE AUTORIDAD CENTRAL EN MATERIA DE ADOPCIONES NACIONALES E INTERNACIONALES.

VISION: Ser la entidad garante de la protección integral de los derechos de la niñez, adolescencia y la familia, desde la transversalización en las políticas públicas, la corresponsabilidad estatal y la participación activa de la sociedad y los gobiernos locales.

- Investiga la situación personal y familiar de todos los NNA que se encuentran privados del Derecho a Convivir en Familia, es decir en presunto estado de abandono; con miras a proveerles una alternativa familiar que le brinde todos los cuidados, orientación y protección que necesiten, en el ámbito afectivo, moral y material. -NNA que se encuentran albergados en la mayoría de los casos en 58 instituciones de protección (Albergues/Casas Hogares) registrados y supervisados por SENNIAF.

Ley 46 de 17 DE JULIO DE 2013 “General de Adopciones de la República de Panamá” Artículo 2. Propósitos: Restituir de manera expedita el Derecho a la Convivencia Familiar al niño, niña y adolescente, el cual se le haya privado de este derecho. Proteger al NNA de la separación innecesaria de su familia biológica nuclear y de su familia consanguínea. Facilitar la colocación permanente del NNA con familiares acogentes o con padres adoptivos que puedan brindarle amor, seguridad cuidado y apoyo.

DECRETO NO. 26 de 2009 albergues/senniaf REALIZAR Y COORDINAR LAS FUNCIONES DE LOS ALBERGUES PARA OBSERVAR LAS CONDICIONES EN QUE SE ENCUENTRAN LOS NNA ACOGIDOS. LLEVAR UN REGISTRO DE LOS ALBERGUES AUTORIZADOS PARA SU FUNCIONAMIENTO, Y REGISTRO DE LOS NNA ALBEGADOS. PROPORCIONAR ASESORÍA TÉCNICA EN MATERIA JURÍDICA, PSICOLÓGICA Y DE TRABAJO SOCIAL COORDINAR CON OTRAS INSTITUCIONES EL ACCESO A LOS SERVICIOS BÁSICOS. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE LA NIÑEZ SIN CUIDADO PARENTAL EN ALBERGUES EN PANAMÁ

PLAN PILOTO DE RECONVERSIÓN INSTITUCIONAL Y DESINSTITUCIONALIZACIÓN PLAN PILOTO DE RECONVERSIÓN INSTITUCIONAL Y DESINSTITUCIONALIZACIÓN. HACIA LA RESTITUCIÓN DEL DERECHO A LA CONVIVENCIA FAMILIAR Y COMUNITARIA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ALOJADOS EN LA CASA HOGAR SONÁ-Veraguas-panamá

RECOMENDACIONES. Cerrar puerta de entrada o flujo de ingresos. Es determinante para el logro del objetivo del cierre del programa y la reconversión institucional hacia servicios de fortalecimiento comunitario para que Casa Hogar Soná no sea más un recurso para el encierro de niñas, y que la autoridad correspondiente decida cerrar definitivamente la puerta de entrada. Activar mecanismos de exigibilidad que permitan el seguimiento de las medidas de institucionalización. Construcción de una oferta técnica idónea de cuidados alternativos basados en familia y comunidad (Acogimiento Familiar). SENNIAF debe fortalecer su actual programa de Acogimiento Familiar a nivel central y provincial a través de la construcción de un protocolo de actuación que otorgue autonomía de aplicación a sus oficinas descentralizadas.