Autores: Ana Patricia González Valverde.

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Transcripción de la presentación:

Disponibilidad Laboral de los periodistas y la ausencia de compensación Salarial. Autores: Ana Patricia González Valverde. Michael Andrés Castillo Delgado.

Antecedentes.

Justificación.

-Atipicidad de Jornadas (Periodistas). Alcances. -Disponibilidad. -Atipicidad de Jornadas (Periodistas). -Naturaleza Jurídica .

Delimitaciones.

Planteamiento del problema.

Objetivo General. Analizar las omisiones a sus obligaciones de remunerar el tiempo de disponibilidad que deben cumplir los periodistas fuera de su contrato de trabajo, en tanto la noticia no tiene horario y su cobertura genera tiempos extraordinarios de prestación de servicios para los profesionales de la información.

Objetivos específicos.

1. Analizar la atipicidad de la jornada laboral de los periodistas en relación con las jornadas establecidas por la Constitución Política y el Código de Trabajo. 2. Precisar un marco referencial sobre los distintos tipos de jornada laboral, la disponibilidad y la guardia, así como determinar la regulación jurídica de estas figuras. 3. Puntualizar la naturaleza jurídica de la remuneración de una disponibilidad laboral y una jornada extraordinaria. 4. Determinar la posible omisión de mecanismos que obliguen a los grupos empresariales a compensar salarialmente a los periodistas el tiempo de laborado.

Producto esperado.

Historia de la jornada laboral en Costa Rica.

El periodismo en Costa Rica. “Cuando la noticia no tiene Horario mas el periodista sí.”

La jornada Laboral.

La jornada Laboral. * Concepto de Jornada. + Café (Mañana y/o Tardes). * Elementos de la jornada. (Patrono, Trabajador, Tiempo, Remuneración). * Máximo de horas permitidas por jornada. * Descanso mínimo. + Semanal. + Café (Mañana y/o Tardes). + En caso de Disponibilidad.

* Trabajador de Confianza. Tipos de Jornada. * Trabajador de Confianza. *Jornada Acumulativa. *Jornada Diurna. *Jornada Nocturna. * Jornada Mixta. *Jornada Extraordinaria. *Jornadas Especiales.

Diferencias entre Horario y Jornada.

Atipicidad de la jornada Laboral de los periodistas. *Definición de jornada atípica. *Efectos de la jornada atípica. (Salud, Performance, Psicológicos, Familia). *Facultades del empleador en la jornada atípica.

Guardias.

Guardias de Permanencia.

*Procuraduría General de la República: Disponibilidad. *Procuraduría General de la República: - Dictamen número C-344-83 redactado para la Dirección General de Servicio Civil. Dictamen número C-077-90 redactado para el INVU. Dictamen número C 173-92 redactado para el AYA .

*Sala Segunda Corte Suprema Justicia: Sentencia 2-063-2008. *Sala Constitucional Corte Suprema Justicia: Voto 1-515-90.

* Compensación por Disponibilidad. Naturaleza Jurídica. * Compensación de horas extra. * Compensación por Disponibilidad. -Periodistas. - Demás trabajadores.

Mecanismos de Aplicación que obligan al patrono. * Contrato de trabajo. -Individual. - Colectivo. * Código de Trabajo (Art 139, 140). * Constitución Política ( Art 57, 58, 59).

Herramientas implementadas.

Entrevista. *Visión. * Alcance. * Resultados. Cuestionario. -

Recopilación de datos final.

Fuente. Cuestionario C-1, Setiembre 2016

Fuente. Cuestionario C-1, Setiembre 2016

Fuente. Cuestionario C-1, Setiembre 2016

Fuente. Cuestionario C-1, Setiembre 2016

Fuente. Cuestionario C-1, Setiembre 2016

Fuente. Cuestionario C-1, Setiembre 2016

Fuente. Cuestionario C-1, Setiembre 2016

CONCLUSIONES. Logra determinarse la existencia de algún tipo de jornada atípica. Se logra establecer de manera clara en que consiste la disponibilidad laboral, las obligaciones del patrono y de todos los empleados ligados a un mismo régimen. En relación con la disponibilidad la ley es bastante clara en establecer que no se consideran una jornada extraordinaria, pero tampoco forman parte de la jornada ordinaria.

Se logra demostrar que las jornadas atípicas creadas para los profesionales en el área del periodismo son básicamente desconocidas, por lo que respecto de su pago, regulación y contenido se encuentran de una forma dispersa.  Existe una inseguridad jurídica con respecto a los derechos laborales de estos profesionales, porque hace difícil su conocimiento y, por lo tanto, su aplicación.

RECOMENDACIONES. Buscar la unificación de la regulación existente relacionado con las jornadas atípicas a las que están sometidos los periodistas. De llevarse a cabo un instrumento regulador de la disponibilidad laboral establecer de forma clara todo lo que sea referente a la disponibilidad laboral y su forma de pago.

Establecer de manera clara y justificada el tipo de jornada en el cual va a llevar a cabo la función el periodista para poder cubrir todo tipo de noticia fuera de su jornada ordinaria. Definir claramente cada una de las diferentes jornadas laborales e indicar la diferencia que existe entre jornada extraordinaria y disponibilidad laboral. Señalar que en el tiempo de disponibilidad deben laborarse fines de semana y feriados, según lo requiera la institución.

En el caso de cada una de las instituciones que en cláusulas de contrato establecen la disponibilidad laboral, mantener en el área de recursos humanos personas encargadas de supervisar la disponibilidad laboral. Tener muy claro en el instrumento la forma de pago de la disponibilidad laboral. Brindar soporte psicológico con el objetivo de detectar alteraciones en el comportamiento de los trabajadores.

Implementar programas de “Fines de semana libres” Implementar programas de “Fines de semana libres”. A pesar de tener regímenes de permanencia en unidades laborales, puede premiarse a algunos trabajadores, teniendo uno o dos días libres. Unificación de la regulación existente referente a las jornadas atípicas en un solo instrumento, preferiblemente mediante un reglamento emitido por el MTSS, para evitar los inconvenientes y el atraso que conlleva un proyecto de ley.

Espacio de preguntas.

MUCHAS GRACIAS.