LA CORRESPONSABILIDAD EN LA DETECCIÓN, NOTIFICACIÓN E INTERVENCIÓN EN SITUACIONES DE DESPROTECCIÓN INFANTIL Aportaciones del instrumento Balora Mª Ignacia.

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Transcripción de la presentación:

LA CORRESPONSABILIDAD EN LA DETECCIÓN, NOTIFICACIÓN E INTERVENCIÓN EN SITUACIONES DE DESPROTECCIÓN INFANTIL Aportaciones del instrumento Balora Mª Ignacia Arruabarrena Madariaga, Abril 2012

2 Marco legislativo  Estatal y autonómico  Implicación de diferentes servicios en la detección, notificación, intervención y prevención de las situaciones de desprotección infantil  Implicación en las diferentes fases del proceso de intervención  Especial relevancia de Servicios Sociales (de base y especializados), servicios educativos y servicios sanitarios

3 Fases del proceso de intervención 1.RECEPCIÓN  ¿Se trata de una situación cuya atención es o puede ser competencia de los Servicios Sociales?  ¿Es o puede ser una situación de riesgo o desamparo?  En caso afirmativo, ¿a qué servicio (SS Municipales o Especializados) corresponde la atención inicial a esa notificación?  ¿Con qué nivel de urgencia hay que actuar? 2.INVESTIGACIÓN (si es necesario)  ¿Hay desprotección?  ¿Está el menor corriendo peligro? ¿es necesario adoptar medidas de protección de urgencia? 3.EVALUACIÓN  ¿Causas o factores asociados?  ¿Recursos propios en la familia, menor, entorno?  ¿Consecuencias de la desprotección en el menor?  ¿Necesidades de apoyo y tratamiento?  ¿Pronóstico de capacitación parental? 4.DISEÑO DEL PLAN DE INTERVENCIÓN (PLAN INDIVIDUALIZADO DE ATENCIÓN)  ¿Problemas que deben abordarse? ¿objetivos?  ¿Secuenciación?  ¿Recursos?  ¿Tiempos?  ¿Coordinación? 5.EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN  ¿Grado de consecución de los objetivos?  ¿Situación del menor y la familia?  ¿Cambios en el Plan? 6.FIN INTERVENCIÓN Y CIERRE DE EXPEDIENTE  Derivación, en su caso, a otros servicios

4 Procesos de mejora llevados a cabo por los Servicios Sociales Problemas Errores Falta de consistencia PROCESOS DE VALORACIÓN Y TOMA DE DECISIÓN No exclusivos en nuestro contexto PROCESOS DE VALORACIÓN Y TOMA DE DECISIÓN No exclusivos en nuestro contexto MÚLTIPLES

5 Procesos de mejora llevados a cabo por los Servicios Sociales ProblemasMedidas Otras Protocolos de actuación Criterios Errores Falta de consistencia PROCESOS DE VALORACIÓN Y TOMA DE DECISIÓN No exclusivos en nuestro contexto PROCESOS DE VALORACIÓN Y TOMA DE DECISIÓN No exclusivos en nuestro contexto MÚLTIPLES

6 Procesos de mejora llevados a cabo por los Servicios Sociales  Desarrollo de criterios específicos y consensuados para los procesos de valoración y toma de decisión  Instrumento Balora para la valoración de la gravedad de las situaciones de desprotección infantil. Origen:  Disposición adicional primera, Ley 3/2005 de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y Adolescencia de la CAPV  Necesidad percibida entre los profesionales de SS

7 Instrumento Balora para la valoración de la gravedad de las situaciones de riesgo y desamparo en los Servicios Sociales Municipales y Territoriales de Atención y Protección a la Infancia y Adolescencia en la Comunidad Autónoma Vasca Aprobado por Decreto 230/2011/ de 8 de noviembre; BOPV nº de diciembre de / a.pdf / a.pdf Objetivo: Incrementar la adecuación y consistencia en dicha valoración

8 ¿POR QUÉ, PARA QUÉ ES IMPORTANTE VALORAR LA GRAVEDAD DE LA DESPROTECCIÓN? Relación entre gravedad y tomas de decisión sobre:  Inicio y fin de la intervención de los Servicios Sociales  Casos que requieren una intervención prioritaria (prioridad en relación a los casos de mayor gravedad, lo que no implica que los casos de menor gravedad no requieran intervención)  Tipo de intervención a desarrollar  Servicio (SSM o SST) al que corresponde coordinar la intervención  Casos en que puede ser necesaria una medida de protección  Evolución familiar y pertinencia de continuar o modificar una determinada línea de intervención Gravedad no necesariamente relacionada con la dificultad o complejidad para la intervención con la familia y el menor

9 EXPECTATIVAS  Un instrumento podrá:  Guiar a los profesionales en la valoración de los casos de desprotección  Contribuir a mejorar la calidad de las tareas de investigación y evaluación  Contribuir a homogeneizar criterios y mejorar la calidad de las tomas de decisión  Ayudar a mejorar la coordinación entre los SSM y SST  Contribuir a agilizar la intervención  Un instrumento no podrá:  Sustituir al criterio profesional  Sustituir a la necesidad de disponer de formación especializada  Restar complejidad a la tarea de valoración de los casos de desprotección  Resolver todas las dudas  Evitar todas las discrepancias

10 Método 1º. Elaboración del instrumento ( ). Participantes:  Grupo expertos  Pilotaje 24 profesionales 2º. Presentación generalizada 3º. Pilotaje durante un año en los SS de la CAV ( ) 4º. Inclusión de modificaciones. Versión aprobada como Decreto. Realización de una serie de estudios dirigidos a probar su funcionamiento (2009 en adelante)

11 ESTRUCTURA DEL INSTRUMENTO  Primera parte: Objetivos, marco conceptual y momentos de aplicación.  Segunda parte:  Criterios generales para valorar la gravedad  Niveles de gravedad y significado  Procedimiento de recogida de información  Derivación de casos entre SSM y SST  Instrumento: Tipologías y niveles de gravedad en cada tipología  Anexos (no incluidos en el Decreto)  Hoja de respuesta IMPORTANTE

12 TIPOLOGÍAS DE DESPROTECCIÓN MALTRATO FÍSICO NEGLIGENCIA A.Negligencia hacia necesidades físicas (alimentación; cuidado de la salud física; vestido; higiene personal; condiciones higiénicas de la vivienda; estabilidad y condiciones de habitabilidad de la vivienda) B.Negligencia hacia necesidades de seguridad (seguridad física de la vivienda; supervisión; protección ante situaciones de desprotección grave perpetradas por otras personas) C.Negligencia hacia necesidades formativas D.Negligencia hacia necesidades psíquicas (necesidades de interacción y afecto; estimulación; atención específica a problemas emocionales graves; normas, límites y transmisión de valores morales positivos)

13 TIPOLOGÍAS DE DESPROTECCIÓN ABUSO SEXUAL MALTRATO PSÍQUICO A.Maltrato emocional B.Instrumentalización en conflictos entre las figuras parentales C.Exposición a situaciones de violencia de pareja o entre miembros de la unidad convivencial D.Amenazas de agresión física

14 TIPOLOGÍAS DE DESPROTECCIÓN ABANDONO INCAPACIDAD PARENTAL DE CONTROL DE LA CONDUCTA INFANTIL/ADOLESCENTE OTRAS A.Trato cruel o gravemente inapropiado (privación deliberada de comida y agua; confinamiento o restricción física; expulsión o negación de la entrada al domicilio) B.Corrupción C.Mendicidad D.Explotación laboral

15 OTRAS SITUACIONES ESPECÍFICAS QUE CONSTITUYEN DESPROTECCIÓN DE GRAVEDAD ELEVADA O MUY ELEVADA A.Antecedentes de desprotección grave perpetrada por los padres. B.Graves dificultades personales en los padres.

16 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS  La calificación del nivel de gravedad se establece en base a:  (1) el grado de atención y supervisión del padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda hacia las necesidades formativas del niño, niña o adolescente, y  (2) su respuesta ante los problemas que éste o ésta puede presentar a este nivel y a las demandas y orientaciones del centro escolar.  En esta tipología no hay calificación de gravedad muy elevada.

17 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 1. Gravedad elevada (I)  El niño, niña o adolescente está en edad de escolarización obligatoria (6-16 años) y no está inscrito ni se prevé inscribirle en ningún centro educativo, ni se le proporciona un programa educativo alternativo homologado.

18 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS Si 1. el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda desean proporcionar un programa educativo adecuado e individualizado al niño, niña o adolescente, 2. solicitan la homologación a la entidad correspondiente recibiendo respuesta negativa por no contemplarse tal posibilidad en ningún caso, y 3. no hay otros indicadores de desprotección, se procederá al cierre de expediente. Este tipo de situaciones no serán consideradas desprotección.

19 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 1. Gravedad elevada (II)  Niño, niña o adolescente que abandona la escolarización antes de los 16 años, hay un 100% de faltas no justificadas aunque se encuentre matriculado o algunas temporadas falta al colegio durante varias semanas enteras o falta más de lo que asiste. Esta situación se produce sin causa que lo justifique, y es consentida, encubierta o propiciada por los propios padres y madres o personas que ejercen la tutela o guarda. El niño, niña o adolescente necesita un largo trabajo de recuperación para ponerse al día en el colegio. Ha habido muchas quejas del centro al padre y a la madre o personas que ejercen la tutela o guarda, pero no han tenido ningún resultado.

20 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 1. Gravedad elevada (III)  El niño, niña o adolescente tiene dificultades serias en el contexto escolar (p. ej., absentismo superior al 50%, problemas severos de incumplimiento de normas, serio retraso escolar, agresiones o amenazas a compañeros y compañeras) y el padre y la madre o personas que ejercen su tutela o guarda no responden a las demandas del centro. Muestran una total despreocupación respecto a los problemas del niño, niña o adolescente y a su evolución en el entorno escolar, o son notoriamente inconsistentes (se incluye ausencia total de apoyo y supervisión de las tareas escolares en casos de niños, niñas o adolescentes con serio retraso escolar, siempre y cuando se produzca asociada a alguna de las circunstancias señaladas anteriormente). Puede que atribuyan al centro los problemas del niño, niña o adolescente.

21 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 2. Gravedad moderada (I)  El niño, niña o adolescente asiste al colegio de manera irregular; ha faltado entre el 20 y el 50% de las jornadas escolares al mes o falta a alguna/s hora/s determinada/s del día o a alguna/s asignatura/s concreta/s de forma constante, al menos dos veces por semana. Esta situación se produce sin causa que lo justifique, y es consentida, encubierta o propiciada por los propios padres y madres o personas que ejercen la tutela o guarda. Esto ha afectado de forma negativa al rendimiento escolar del niño, niña o adolescente. El colegio se ha quejado varias veces al padre y a la madre o personas que ejercen la tutela o guarda, pero no han tenido ningún resultado.

22 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 2. Gravedad moderada (II)  El niño, niña o adolescente tiene dificultades significativas en el contexto escolar (p. ej., asistencia irregular, problemas de incumplimiento de normas, falta de respeto al profesorado y compañeros y compañeras, retraso escolar, dificultades de concentración y atención) y su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda no responden de manera adecuada a las demandas del centro (se incluye la demanda de apoyo y supervisión cercana a las tareas escolares). Pueden manifestar preocupación, pero no adoptan medidas apropiadas y consistentes.

23 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 2. Gravedad moderada (III)  Adolescentes mayores de 16 años que, habiendo acabado la escolarización obligatoria con escaso o nulo aprovechamiento, no están preparados para un trabajo ni quieren seguir estudiando, no tienen ninguna actividad formativa o laboral y no quieren tenerla, y su padre y madre o personas que ejercen su tutela o guarda no muestran ninguna preocupación por su situación ni intentan promover que se implique en alguna actividad formativa o laboral. Para calificar gravedad moderada el joven ha de presentar, además, otros indicadores de desadaptación.

24 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 3. Riesgo leve (I)  El niño, niña o adolescente tiende a faltar al colegio más a menudo que otros y otras estudiantes, pero esto no parece haber afectado su rendimiento escolar. El colegio se ha quejado alguna vez al padre y a la madre o personas que ejercen la tutela o guarda sobre esto, pero no se ha contemplado ninguna otra medida.

25 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 3. Riesgo leve (II)  El niño, niña o adolescente tiene algunas dificultades incipientes de comportamiento, adaptación o rendimiento en el centro escolar o hay problemas habituales con la puntualidad, y, según la valoración de los y las responsables escolares, el padre y la madre o las personas que ejercen su tutela o guarda deberían trabajar en relación más estrecha con el centro para abordarlos. El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda no dan la debida importancia a estas dificultades. Se incluye no dar la debida importancia a la necesidad de apoyar y supervisar las tareas escolares del niño, niña o adolescente.

26 NEGLIGENCIA HACIA NECESIDADES FORMATIVAS 4. Adecuada  Puede que el niño, niña o adolescente haya faltado varios días al colegio, pero no más que la mayoría de los y las estudiantes y de forma justificada.  El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda mantienen una comunicación regular con los y las responsables escolares, mostrando interés y apoyando la evolución del niño, niña o adolescente. Cuando ha habido problemas, que pueden haber sido serios, han trabajado de manera estrecha con el centro para abordarlos, siendo su respuesta adecuada y consistente.

27 Importancia de la colaboración de otros profesionales 1 Identificación de un comportamiento parental inadecuado: tipologías de desprotecciónIdentificación de un comportamiento parental inadecuado: tipologías de desprotección 2 Daño actual en el niño, niña o adolescente (desarrollo emocional, físico, social, cognitivo)Daño actual en el niño, niña o adolescente (desarrollo emocional, físico, social, cognitivo) 3 Daño futuro o potencialDaño futuro o potencial

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