CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL Calm. José BOGGIANO Romano

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Transcripción de la presentación:

CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL Calm. José BOGGIANO Romano 1 CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL Calm. José BOGGIANO Romano 18 de abril de 2017

SUMARIO 2 Base Legal. Supervisión y control Situación Actual de la CPMP. Deuda atribuible al Estado Información Demográfica Déficit Previsional Composición de las Pensiones Conclusiones. Medidas de Urgencia requeridas. Alternativa de Solución de Largo Plazo

1. BASE LEGAL 3 SISTEMA MONTEPIO DECRETO LEY No. 19846 (26 Diciembre 1972): Ley de Pensiones Militar - Policial. Reglamentado D. S. No. 009-DE-CCFA (17 Diciembre 1987). El Sistema Previsional Militar Policial es un sistema de “Capitalización Colectiva a prima escalonada” con beneficios definidos de acuerdo al tiempo de servicio. Para el caso del personal militar y policial que egresaron de las Escuelas de Formación antes del año 1974, es pagado por el Estado a través de los Pliegos “Ministerio de Defensa” y “Ministerio del Interior” DECRETO LEY No. 21021 (17 Diciembre 1974): Ley de Creación de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), como Persona Jurídica de Derecho Público Interno. Reglamentado D. S. No. 005-GU-SGMG (22 Agosto 1975). Para el caso de los egresados a partir del año 1974 es administrado por CPMP. SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL LEY 19846 (1972) SISTEMA MONTEPIO (A CARGO PRESUPUESTO MINDEF MININTER) CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL LEY 21021 (1973) Pensionistas: FFAA 27,776 PNP 43,103 Aportantes 147,071 Pensionistas 32,212

4 2. Supervisión y Control El Consejo de Supervisión es el órgano superior de la CPMP. Formula y dirige la política de ésta y la supervigila. Está conformado por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Se encuentra supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs (SBS), según Ley No. 26516. Se encuentra bajo el ámbito de control de la Contraloría General de la República, quien además designa al Jefe del Órgano de Control Institucional en la CPMP. De acuerdo al D. L. No. 21021 “Ley de creación de la CPMP” y a la Ley No. 27785 “Ley del Sistema Nacional de Control”. Adicionalmente, la Contraloría General de la República designa anualmente a una Sociedad Auditora, quienes realizan un examen anual de la gestión institucional.

3. Situación Actual de la CPMP 5 3. Situación Actual de la CPMP El Sistema Previsional que administra la CPMP tiene un problema ESTRUCTURAL, debido principalmente a la baja tasa de aporte cobrada desde el inicio del Sistema (12%), contribución del Aportante (6%) y del Estado (6%). De acuerdo a Estudios Actuariales efectuados en 1973 por MYERS y ESCHMAN (Consultores OEA), establecieron el “costo del sistema” en no menos del 27%. La situación financiera del Sistema es sumamente crítica al extremo de quedar recursos disponibles solamente hasta el año 2010.

3. Situación Actual de la CPMP 6 3. Situación Actual de la CPMP Desde el año 2005, la CPMP atraviesa un déficit en el flujo previsional (Ingresos Previsionales menores a los Egresos Previsionales). Existe una Resolución de Cobranza Coactiva de la SUNAT por S/. 90 MM en contra de la CPMP por acotaciones de los años 1995 – 2000. Así mismo otras Contingencias Tributarias en las empresas del Grupo por el mismo período. Los últimos cálculos actuariales indican que la recuperación del Sistema es del orden del 68%.

7 3. Situación de la CPMP 12% 12% - deudas

3. Situación Actual de la CPMP 3. 3 3. Situación Actual de la CPMP 3.3. Situación Financiero-Actuarial (Febrero 2010) 8 Reserva Técnica Es el valor presente de las obligaciones por concepto de prestaciones que tiene la organización, tanto para con los miembros pasivos como para los miembros activos Producto de : * Tasa de Aporte (12%) por debajo de la Prima Nivelada (27%). Rendimientos no generados por los fondos no percibidos. * Rendimientos no generados de las inversiones realizadas antes del año 2000. (Fondo Acumulado) Reserva Técnica S/. 20,850 millones 18,700´ Déficit Técnico Otros países Estimación de la Deuda atribuíble al Estado (Capital e intereses) 1,319´ Deuda del Estado 164´ Fedadoi Estimación de Recuperación del perjuicio económico de los actos de corrupción 667´ Fondo Acumulado Total de Activos menos Pasivo Corriente

Trabajos realizados 9 ESTUDIO COMITÉ MULTISECTORIAL(2005) H. Sutter : costo de recuperación del sistema 32% Comité : con ajuste de beneficios 25% MINDEF PROYECTO REMUNERATIVO (2007) Incremento de aportes (Estado 17%- aportante y pensionista 10%) ESTUDIO ACTUARIAL OIT-CPMP (2009) Se ha agudizado el problema, por la baja tasa de aporte debajo del costo del sistema. Rápido crecimiento del número de afiliados que acceden. Ratio actual : 4.2, tendencia 1.1. Costo de recuperación del sistema 68%.

10 3. Situación Actual de la CPMP 3.3. Viabilidad del mantenimiento del actual Sistema Previsional (D.L. 19846) Este indicador (PGM=68%), comparado con la del programa actual se explicarían por varios factores históricos: Haber funcionado muchos años con una tasa de aporte inferior a la actuarialmente requerida para mantener el equilibrio. Problemas de gestión de reservas técnicas. Aumentos en beneficios o concesión generosa de beneficios sin sustento actuarial. Por otra parte, este resultado es un indicador positivo en el sentido de que pese a la difícil solución financiera-actuarial vigente, si es posible lograr una racionalización de costos de la CPMP, siempre y cuando se introduzcan las medidas pertinentes y en forma oportuna. No obstante, cualquier intento de estabilización o equilibrio financiero en el corto plazo implicaría una erogación significativa de recursos por parte del Estado peruano.

4. Deuda atribuible al Estado 11 4. Deuda atribuible al Estado

4. Deuda atribuible al Estado Alternativas de Solución 12 4. Deuda atribuible al Estado Alternativas de Solución Se conforme una comisión que concilie y determine el monto de la deuda atribuible al Estado. Se culmine la determinación del monto final de la Deuda Tributaria de la CPMP y sus empresas subsidiarias. Reducir de la Deuda que el Estado tendría con la CPMP, el monto de la Deuda Tributaria de la CPMP y sus empresas. Emisión de un bono del tesoro con un plazo de 30 años, permitiendo así la capitalización del Fondo Previsional que administra la CPMP, reduciendo el costo fiscal de largo plazo de la solución definitiva a la problemática previsional.

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Contingencia Tributaria 15 Contingencia Tributaria Contingencias Tributarias originadas por fiscalizaciones efectuadas por la Administración Tributaria (SUNAT) por los periodos 1996 al 2001, tanto en la CPMP como en las empresas del Grupo. Estas contingencias están afectando el proceso de salida de las Unidades de Negocio de la CPMP. El Banco de Comercio es solidariamente responsable por las contingencias tributarias de Administradora de Comercio S.A. (Ex Banco de Comercio), afectando el valor del mercado del Banco. Se propone la compensación de parte de la “Deuda atribuible al Estado” con las contingencias tributarias que mantiene la CPMP y sus empresas subsidiarias.

5. Información Demográfica 5.1. Numero de Pensionistas a Febrero 2010 16 5. Información Demográfica 5.1. Numero de Pensionistas a Febrero 2010 Pensión Promedio: S/. 1,206.20 (*) No incluyen Pensionistas por Terrorismo y Narcotráfico

5. Información Demográfica 5.2. Aportantes y Pensionistas a Marzo 2010 17 5. Información Demográfica 5.2. Aportantes y Pensionistas a Marzo 2010 (*) No incluyen Pensionistas Terrorismo

18 6. Déficit Previsional Gastos Adm. Sólo considera los Ingresos Previsionales (Aportes) y los Egresos Previsionales (Pensiones y Compensaciones), sin ningún otro tipo de gastos o ingresos (*) Montos Proyectados de acuerdo a información histórica. Gastos Adm.

7. Composición de las Pensiones Ejemplo: MARINA DE GUERRA - OFICIALES 19 Pensión Promedio: S/. 1,206.20

7. Composición de las Pensiones Ejemplo: MARINA DE GUERRA – SUBOFICIALES 20 Pensión Promedio: S/. 1,206.20

21 8. Conclusiones El problema de la CPMP es estructural, debido a la baja tasa de aporte. El Sistema Previsional que administra la Caja, se encuentra técnicamente insolvente y el costo de recuperación establece una tasa de aporte del 68%. La demora en implementar una solución a la problemática del Sistema Previsional Militar Policial eleva significativamente el costo para el Estado de cualquier solución que se proponga. El Pago de las obligaciones previsionales, están aseguradas por los activos realizables que mantiene el Fondo Previsional hasta fines del año 2010 si se logran vender los activos realizables en los plazos previstos. La S.B.S. como Órgano Supervisor, tiene la facultad de intervenir Instituciones en casos de situaciones críticas. La quiebra de la CPMP, traerá como consecuencia que el Estado asuma las obligaciones previsionales.

9. Medidas de Urgencia requeridas 22 Medidas para dar sostenibilidad a la CPMP (de 6 a 8 años), hasta determinar las acciones a largo plazo y solución definitiva, se plantearon las siguientes medidas: El 19 de Mayo se promulgó la Ley 29362, Ley que precisa la intangibilidad de los Fondos y recursos del Sistema Previsional Militar Policial a cargo de la CPMP. El 10 de junio se promulgó la Ley 29377, Ley que transfiere el fondo de respaldo a favor de la CPMP ( transfiere 200 millones de soles y sus intereses del FNP a la CPMP). Ley para que la CPMP se haga cargo de contingencias, liberando a sus empresas subsidiarias de cualquier acción de cobro de parte de la SUNAT. Ley de reconocimiento y pago de la Deuda que mantiene el Estado con la CPMP a través de un Bono a Largo Plazo, (incluye el sinceramiento de las contingencias tributarias). Ley de incremento de la Tasa de Aporte a cargo del Estado a 12 %. Transferencia de S/. 292 MM para cubrir el déficit previsional del año 2010 y S/. 341 MM para el año 2011

10. Alternativa de Solución de Largo Plazo 23 10. Alternativa de Solución de Largo Plazo Propuesta para ser discutida e incluida dentro de una solución integral, conjuntamente con la ley de remuneraciones. Mantener los beneficios previsionales (D.L. 19846) Separación del Fondo que administra la CPMP en dos: Un Fondo 1 conformado por todos los pensionistas y aportantes desde la promoción 1974 a 2010, y un Fondo 2 conformados por los nuevos afiliados a partir de los egresados en el año 2011. El Fondo 1 sería financiado con recursos provenientes de diversas fuentes como el incremento del aporte de pensionistas y aportantes. El Fondo 2 sería autosostenible. Incrementar el Fondo administrado por la CPMP a través de Bonos a largo plazo por pago de la Deuda del Estado. Incremento de la Tasa de Aporte de todos los aportantes, al costo real que se calcule para los aportantes del Fondo 2 (Aprox. 27%) Transferencia del saldo presupuestal anual de pensiones de Montepío, ocasionada por la reducción de beneficiarios.

Financiamiento de los Fondos 24 Financiamiento de los Fondos Sistema Previsional Militar Policial (D.L. 19846) Montepío Caja de Pensiones Militar Policial Fondo 1 Fondo 2 1974 2011 Financiamiento: Presupuestos institucionales (Montepío) Financiamiento: Incremento de la Tasa de Aporte al 27% (Ley Remun.) Capitalización del Fondo – Deuda del Estado Aporte solidario de todos los pensionistas del D.L.19846 (percibos netos se mantienen) Transferencias para pagos de beneficios no pensionables. Transferencias de fondos por pensiones que se dejan de abonar en Montepío. Financiamiento: Incremento de la Tasa de Aporte al 27% (Ley Remun.) Fondo 1

CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL 25 Muchas Gracias CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL Alternativa L.P. S.P.P.

SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL 26 SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL El Sistema Previsional Militar Policial es un sistema de “Capitalización Colectiva a prima escalonada” con beneficios definidos de acuerdo al tiempo de servicio, creado por Decreto Ley 19846 de fecha 26 de Diciembre de 1972. El cual, para el caso del personal militar y policial que egresaron de las Escuelas de Formación antes del año 1974, es pagado por el Estado a través de las Unidades Ejecutoras correspondientes a los Pliegos “Ministerio de Defensa” y “Ministerio del Interior”, y para el caso de los egresados a partir del año 1974 es administrado por la Caja de Pensiones Militar Policial creada con Decreto Ley 21021 de fecha 17 de Diciembre de 1974. El Sistema Previsional que administran las AFPs es un sistema de “Capitalización Individual", que otorgan beneficios previsionales en función al fondo que pueda haber recaudado cada afiliado, es de “contribución definida” (saben cuanto aportan, pero no se sabe el beneficio que obtendrán),

SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL 27 SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL El diseño de una carrera jerarquizada y de progresión piramidal no permite asegurar una cantidad ahorrada en una cuenta de capitalización Individual. La formación profesional, altamente especializada y específica; así como la dedicación exclusiva del personal Militar Policial, permite que sólo una minoría tenga cabida en el mercado laboral, tras su pase al retiro. El riesgo y el desgaste por el ejercicio de la profesión Militar Policial son incompatibles con un sistema de previsión (como una AFP) basados en índices de mortalidad e invalidez normales.

SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL 28 SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL El personal que realiza estas funciones Militar Policial requiere de un Sistema Previsional especial, que cubra las necesidades inherentes a los riesgos que enfrentan las personas que ejecutan estas particulares tareas a lo largo de su carrera. El sistema previsional colectivo es el que mejor se ajusta a las necesidades de la previsión de las FF.AA. y P.N.P., por los recursos públicos involucrados y por la cultura organizacional de las Instituciones. A nivel de la Región, las Fuerzas Armadas y Policiales tienen un sistema previsional especial de “Capitalización Colectiva”, similar al que actualmente rige en el Perú.  La estructura remunerativa de las FF.AA. y P.N.P., con sueldos muy bajos en los primeros grados, permitiría una muy baja recaudación en los primeros años (que son precisamente donde se puede generar la mayor rentabilidad).

SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL 29 SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL Se puede establecer un Sistema de Capitalización Individual? La pensión dependerá del Fondo Acumulado Individual y la edad de Jubilación.  En todos los casos dicha pensión será MUY INFERIOR al último sueldo recibido. Ejemplo: Se presentan los cálculos preliminares sobre cuanto recibiría un General, un Coronel o un Comandante si las pensiones se pagaran como una AFP; es decir, Capitalización Individual, con los siguientes supuestos: Seguimos con el actual sistema de remuneración y ascensos, incluyendo beneficios actualmente no pensionables (combustible, mayordomo y chofer) pagando aportes sobre dichos conceptos. Considerando una rentabilidad REAL del fondo de 10%., y el fondo logrado se traslada a una Compañía de seguros (como las AFPs) NO DEJA SOBREVIVIENTES (viuda u otros) que reciban posteriormente pensión Esperanza de vida = 74 años.

SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL 30 SINGULARIDAD DEL SISTEMA PREVISIONAL MILITAR POLICIAL Años Servicio Edad Grado PNP Pensión proy actual % 35 55 Tnte. General 4,312 7,785 1 30 50 General 2,133 7,612 8 25 45 Coronel 1,033 6,253 38 20 40 Comandante 494 2,553 50

Informes – Visita de Inspección - SBS 31 Informes – Visita de Inspección - SBS Visita de Inspección Nº 005-2008-VI-DSI “La Superintendencia como parte de la visita de inspección, ha considerado pertinente evidenciar que LA CAJA presenta un déficit de recursos que la hace inviable en el mediano plazo……” Visita de Inspección Nº 002-2010-VIO-DSI (15.Abr.2010) “ No obstante haberse observado una mejora en la gestión de LA CAJA así como en sus subsidiarias, esta resulta insuficiente respecto a su situación económica financiera. Como es conocimiento LA CAJA enfrenta un problema estructural debido al déficit pensionario al que tiene que hacer frente constantemente. La tasa de aportes de 12% de las remuneraciones pensionables no permite cubrir la necesidad de fondos necesarios para atender las obligaciones previsionales.….”

Oficio remitido por la SBS al MEF 32 Oficio remitido por la SBS al MEF Oficio Nº 34705-2008-SBS (19.Set.2008) Remitido por el Superintendente de Banca, Seguros y AFPs, Felipe TAM, al Ministro de Economía y Finanzas Luis VALDIVIESO, sobre la Situación de la Caja de Pensiones Militar Policial. … observando un déficit de reservas por S/. 15 541 millones. Esta situación, no solo compromete la continuidad del pago de las obligaciones previsionales, sino también califica a la CPMP como una institución técnicamente insolvente.

Recomendaciones en Proceso de Implementación 33 Recomendaciones en Proceso de Implementación Recomendaciones derivadas de ACTIVIDADES DE CONTROL (Incluye Hojas Informativas y Memorandos de Control Interno) Recomendaciones en Proceso y Pendientes al: Dic. 2005 Dic. 2006 Dic. 2007 Dic. 2008 Dic. 2009 Mar. 2010 Informes emitidos por:   S.B.S. 24 21 11 9 Contraloría 19 4 1 Congreso OCI / Inspectoría CPMP 109 67 47 39 12 3 Auditoría Externa 13 33 18 22 Total 166 133 89 71 35 7 Recomendaciones derivadas de ACCIONES DE CONTROL (Incluye Informes y exámenes especiales) Recomendaciones de Acciones de Control al: Dic. 2006 Dic. 2007 Dic. 2008 Dic. 2009 Mar. 2010   Procesos O.C.I. 34 23 19 15 7 Procesos S.O.A. 18 16 4 Total por implementar 52 39

Estructura de las Inversiones - Marzo 2010 34 Estructura de las Inversiones - Marzo 2010 (*) Otros: Caja – Bancos, Aportes por cobrar, Local Institucional, Otros Portafolio de Títulos

Detalle del Portafolio 35 Portafolio de Títulos (*) R.P.A. : Rentabilidad Promedio Anual Al mes de Marzo 2010 Detalle del Portafolio

36 Portafolio de Títulos

37 Portafolio de Títulos

38 Portafolio de Títulos

Procesos Penales Anticorrupción seguidos por la CPMP 39 Procesos Penales Anticorrupción seguidos por la CPMP Procesos Judicializados: (Total : 21 casos) a) Sentenciados : 5 (Personas involucradas: 86) b) En Juicio Oral : 4 (Personas involucradas: 78) c) En etapa intermedia para pasar a Juicio Oral : 4 (Personas involucradas: 60) d) En etapa de instrucción: 7 (Personas involucradas: 61) e) Pendiente de instrucción: 1 (Personas involucradas: 4) 2. Investigaciones Preliminares – Ministerio Público : 5 casos (Personas involucradas: 151) 3. Colaboración Eficaz : 2 casos

Gastos Administrativos 40 Gastos Administrativos 20.06% 14.65% 13.78% 12.86% 11.57% 10.88% 9.89% 10.17% 7.83% 8.44% 6.77% (*) (*) Incluye procesos judiciales Anticorrupción por S/. 1´700,000 entre 2004 y 2010 D.L. 21021, artículo 38° : “Los gastos administrativos de la Caja no podrán exceder del tres por ciento de los ingresos por descuentos. Los gastos de administración que requiere cada inversión, no serán considerados como gastos administrativos de la Caja y se cargarán, en cada caso, al rendimiento de cada una de ellas”

41 TASA DE APORTE EN PAÍSES QUE TIENEN UN SISTEMA SIMILAR AL QUE ADMINISTRA LA C.P.M.P. Desde 1974 a 1979, la tasa de aporte era: Hasta S/. 10,000…………………………...………… 8% Por el exceso de S/. 10,000 hasta S/. 20,000 ….. 12% Por el exceso de S/. 20,000 ……………………... 15% Desde 1979 la tasa de aporte se estableció en 12% (6% aportante, 6% Estado)

Financiamiento – Fondo 1 42 Financiamiento – Fondo 1

Financiamiento – Fondo 1 43 Financiamiento – Fondo 1