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Transcripción de la presentación:

FACULTAD: ASIGNATURA:. ADMINISTRACIÓN DE RHH TÍTULO: FACULTAD: ASIGNATURA: ADMINISTRACIÓN DE RHH TÍTULO: Despido Intempestivo AUTOR: Carolina Camacho – Ronald Flores Xavier Rivera PROFESOR: Gabriela Conrado Garzón FECHA: 14/Mayo/2012 La tarea debe contener Introducción, desarrollo y CONCLUSIONES

EL VISTO BUENO Trámite que puede proponerlo el trabajador o el empleador ante el inspector de trabajo con el fin de culminar el contrato laboral. Causas para pedir un visto bueno por parte del trabajador *Injurias graves por parte del empleador *Falta de pago o disminución, impuntualidad en el pago * Exigir un labor distinto al establecido

Causas para pedir un visto bueno por parte del empleador Faltas o atrasos repetidos o por abandono de trabajo por mas de 3 días consecutivos Indisciplina a los reglamentos internos Conducta inmoral Falta de Probidad Ineptitud física o intelectual para realizar el trabajo Desacato a las normas de seguridad

EL DESAHUCIO Es un aviso con el que una de las partes contratantes hace saber a la otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato No necesita ningún motivo, solo la voluntad. Cuando existe contrato fijo, puede ser pedido sea por el empleador como por el trabajador. Cuando existe contrato indefinido, solo puede ser pedido por el trabajador. El Desahucio debe ser mediante solicitud escrita ante el Inspector de trabajo el cual notificará a la parte correspondiente entro las 24 horas siguientes.

Inexistencia de contrato En caso de Inexistencia de duración de contrato, ninguna de las partes puede hacerlo cesar sino en virtud de Desahucio, con anticipación de un mes (empleador) y de quince días (trabajador) Art. 185 : Bonificación por Desahucio En caso de culminación de la relación laboral por desahucio solicitado por el empleador o por el trabajador, el empleador bonificará al trabajador con el 25% de su última remuneración mensual de cada uno de los años de servicio prestado a la empresa.

Despido Intempestivo Sinónimo de dilosución de contrato establecido entre el empleador y el trabajador, entendemos por despido intempestivo cuando el empleador en forma unilateral sin la existencia de causa legal alguna, le dice al trabajador que su relación laboral está terminada. También se conoce como despido intempestivo cuando el elpeador altera la modalidad o condiciones del trabajo del laborador sin el consentimiento del mismo En el código laboral del trabajador existen 2 artículos a escoger el Art. 181 y el Art. 188

Art. 188 Indemnización por Despido Intempestivo El trabajador despedido intempestivamente será indemnizado por la empresa a la cual prestaba sus servicios conforme con el tiempo de servicio y según la siguiente escala: Sueldo: $300 Tiempo: 2 años 3 meses Cálculo: $300 * 3 = $900 $300 * 25%= $75 $75 * 3= $225 Total indemnización: $1225 La fracción de un año se considera como año completo

CONCLUSIÓN El despido intempestivo esta previsto en la casi todas las legislaciones de América Latina haciendo referencia a cubrir y proteger uno de los derechos irrenunciables del trabajador con el pago de una indemnización monetaria, nuestro Código de Trabajo contiene claramente que el monto deberá ser pagados al empleado en relación a la ultima remuneración percibida y a los años trabajados, sin embargo dichos privilegios no lo gozan países como Cuba en el cual en el caso máximo por indemnización recibiría 3 salarios minimos.