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Líder de Investigación Legal
Sanciones por despedir a mujer embarazada o en licencia de maternidad Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal
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Embarazo o en Licencia de Maternidad Protección Laboral Reforzada
Periodo de Protección Laboral Reforzada Artículo 239 C.S.T. Prohibición de despedir: Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia. Se presume que el despido se ha efectuado por motivo de embarazo o lactancia, cuando ha tenido lugar dentro del período de embarazo o dentro de los 3 meses posteriores al parto, y sin autorización de las autoridades…".
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Mecanismo para despedir en embarazo o en Licencia de Maternidad
Art. 240 CST Permiso para Despedir: El empleador necesita la autorización del inspector de trabajo, o del alcalde donde no exista Inspector de Trabajo. El permiso sólo puede concederse con fundamento en alguna de las causas (justas causas – art. 62 CST) Antes de dar el permiso el Inspector debe oír a la trabajadora y practicar necesarias y solicitadas.
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Consecuencia de un despido sin autorización:
1. Indemnización de 60 días de salario. 2. Indemnización según el contrato (fijo o Indefinido). 3. Pago de 12 semanas si no las ha disfrutado. 4. Reintegro (Fuero Materno) y salarios no pagados.
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Líder de Investigación Legal
Sanciones por despedir a mujer embarazada o en licencia de maternidad Hasta la próxima Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal
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