DOCUMENTO 6. Curso 2010-2011. Las Medidas de Atención a la Diversidad (MAD) y las Adaptaciones Curriculares (AC). En la Programación Didáctica. LOE 2/2006.

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Transcripción de la presentación:

DOCUMENTO 6. Curso 2010-2011. Las Medidas de Atención a la Diversidad (MAD) y las Adaptaciones Curriculares (AC). En la Programación Didáctica. LOE 2/2006 Orden 13 de septiembre de 2007. En el Decreto 359/2009.

MAD y AC EN LA PD Esquema del capítulo 1. Medidas de Atención a la Diversidad (MAD). 2. Aclaración terminológica: adaptaciones curriculares significativas y no significativas. 3. Adaptaciones Curriculares Individuales. 4. Alumnos con discapacidades más comunes en la clase de EF. 5. Alumnos discapacitados temporalmente en clase de EF. 6. Optatividad de actividad.

Anexos 7 y 8. Test de Inicio y Fin de curso. Ficha médica. Test de Inicio y Fin de curso. Ficha médica.

Las Medidas de Atención a la Diversidad en elDecreto nº 359/2009 Establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la (CARM) Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 359/2009 de 30 de octubre. (BORM 3/11/09)

Art. 1.3. Alumnado Con Necesidad Específica de Apoyo Educativo (ACNEAE). “receptor de medidas de atención educativa diferentes de las ordinarias” a) Necesidades educativas especiales. b) Dificultades específicas de aprendizaje. c) Altas capacidades intelectuales. d) Incorporación tardía al sistema educativo español. e) Condiciones personales que supongan desventaja educativa. f) Historia escolar que suponga desigualdad inicial.

Art. 4.El Plan de Atención a la Diversidad Será parte de la PGA. En Educación Primaria lo elaborará el Equipo de Apoyo a la Diversidad con la dirección y supervisión del Equipo Directivo.

Equipo de Apoyo a la Diversidad Tutores. Personal docente y no docente especialista en la atención a acneae. Maestros de apoyo a las medidas de compensación y refuerzo. Orientador.

Plan de Atención a la Diversidad (PAD) Actuaciones generales. Medidas ordinarias y específicas de respuesta educativa. Programas específicos.

Art. 6. Medidas de apoyo ordinario “Son … estrategias organizativasy metodológicas“ … “mecanismos de refuerzo organizativos y curriculares”. No podrán suponer discriminación que impida alcanzar los objetivos de la Ed. Primaria (OGE) y la titulación correspondiente (No ACIs significativas).

Art. 6. Medidas de apoyo ordinario. Refuerzo o apoyo individual en grupos ordinarios. Agrupamientos flexibles y desdoblamientos (refuerzo colectivo). Optativas,…

Art. 6.7 y 6.8 Destinatario: todos los alumnos Decisiónsobre la aplicación de las medidas a un alumno: se tomará conjuntamente por el tutor y el jefe de estudios con el asesoramiento del EOEP.

Art. 7. Medidas de apoyo específico Son todos aquellos programas, organizativos y curriculares, (…) para los acneae que no hayan obtenido respuesta educativa a través de las medidas de apoyo ordinario. Los servicios de orientación asesorarán a los centros en el desarrollo de las medidas de apoyo específico.

Art. 7. Medidas de apoyo específico Adaptaciones que se aparten significativamente de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación del currículo para atender a alumnos con necesidades educativas especiales(*)… previa evaluación psicopedagógica. Adopción de estrategias metodológicas… grupos de profundización y enriquecimiento… (altas capacidades).

Art. 7. Medidas de apoyo específico II. Programas específicos para… Alumnos de Incorporación tardía: Aprender español. Incorporación tardía:Carencias lenguaje y desfases significativos. Desventaja asociada a entorno sociocultural deficitario. Compensatoria/ intercultural. Alumno hospitalizado o enfermedad a domicilio. Alumnado medidas de protección y tutela o medidas de reforma. Dificultades de adaptación al medio, (historia escolar).

Art.10. Identificación, seguimiento y evaluación de las necesidades específicas de apoyo educativo Evaluación psicopedagógica: para identificar alumnado con necesidades educativas especiales o altas capacidades. Evaluación de los acnees tendrá como referente los objetivos y criterios de evaluación fijados en las adaptaciones curriculares significativas. Las calificaciones de las materias con ACIs se consignarán con un asterisco (*).

Art. 12 Dificultades específicas de aprendizaje TDAH. Dificultades de aprendizaje. Dislexia del desarrollo. Inteligencia límite. Otras dificultades específicas de aprendizaje.

Art. 12 Dificultades específicas de aprendizaje. Medidas de apoyo que no impidan alcanzar los objetivos de la etapa (No ACIs). Se priorizará el refuerzo individual en grupos ordinarios (fuera del aula si son dificultades graves que supongan desfases significativos en las instrumentales). Decisión apoyos: equipo docente + EOEP.

Art. 12 Dificultades específicas de aprendizaje. “LaConsejería(…) desarrollará las medidas específicas(…) para el alumnado que presente dificultades de aprendizaje, TDAH, dislexia del desarrollo, inteligencia límite u otras dificultades específicas de aprendizaje”.

5.2.Puestos de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje. “…atenderá(n) al alumnado con necesidades educativas especiales significativas y permanentes, asociadas a discapacidad psíquica, sensorial, física y alteraciones graves de la personalidad, siempre en colaboración con el profesor tutor y, en su caso, con el resto de los profesores. Así mismo participará en el diseño y puesta en práctica de las adaptaciones curriculares necesarias para el alumnado con inteligencia límite y aquellos alumnos que presenten trastorno de déficit de atención con hiperactividad.

En RESUMEN Perfiles de alumnado: 1.Alumnados de necesidades educativas especiales: INTEGRACIÓN. Necesitan adaptaciones curriculares significativas en la mayoría de las áreas; atención especializada por PT. 2.Alumnado de necesidades educativas específicas: COMPENSATORIA, REFUERZO CURRICULAR, TDH, DEFICITS NEUROLÓGICOS (DISLEXIA, DISCALCULIA, ETC…). Pueden necesitar adaptaciones curriculares no significativas; atención no especializada por el propio profesor del área o por profesorado de apoyo.

TIPOS DE ADAPTACIONES 1.ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS: Cambios en los elementos prescriptivos del curriculum, es decir un PDC personalizado. 2.ADAPTACIONES CURRICULARES NO SIGNIFICATIVAS. Cambios metodológicos, secuenciación de contenidos distinta o selección de los mismos, etc… 3.ADAPTACIONES DE ACCESO. Diseñadas para alumnado con discapacidades físicas (sordos, invidentes, tetra o parapléjicos, etc…)

CONSECUENCIAS DE LAS ACs (1) AC SIGNIFICATIVAS: 1.Son evaluados con los criterios de evaluación propios diseñados ex-profeso para estos casos, los cuales no serán los criterios de evaluación generales previstos para la etapa. 2.Normalmente no alcanzarán las Competencias Básicas de la ESO y no podrán titular. 3.Debe diseñarse un DIAC (Documento Individual de A. Curricular) que informe de sus Objetivos, Contenidos y Criterios de Evaluación específicos. 4.La información sobre su evaluación debe ser de tipo cualitativo, informando de sus progresos personales. 5.Las calificaciones se reflejarán con un asterisco en las actas de evaluación.

CONSECUENCIAS DE LAS ACs (2) AC NO SIGNIFICATIVAS: 1.Son evaluados con los criterios de evaluación generales previstos para la etapa. 2.Normalmente no alcanzarán los Objetivos Generales de la Etapa ni las Competencias Básicas de la ESO. 3.Suelen derivar hacia Programas de Diversificación o a PCPI, posibilitándose la obtención del título de ESO por esas vías alternativas. 4.Sus calificaciones oficiales difícilmente serán de aprobado ya que no alcanzarán los mínimos previstos para cada nivel ni por supuesto en la etapa. 5.No se pueden reflejar sus calificaciones con un asterisco. 6.La información a las familias sobre el proceso de enseñanza aprendizaje debe ser de tipo cualitativo, informando de sus progresos.

¿QUIÉNES HACEN LAS AC? Las AC Significativas las debe diseñar el profesor de cada área, con el asesoramiento del Departamento de Orientación, previa recogida de información sobre su situación según su informe Psicopedagógico. Las AC No Significativas las debe diseñar el profesor de cada área, con el asesoramiento del Departamento de Orientación, si lo necesita, y de acuerdo a la Evaluación Inicial y a los informes de evaluación que pueda recoger de cursos anteriores.

Orden del 4 de junio de 2010 que regula el Plan de Atención a la Diversidad en la CARM.

MUCHAS GRACIAS POR LA ATENCIÓN