SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y METROLOGÍA LEGAL LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS EN COLOMBIA Y EL ROL DEL SECTOR EMPRESARIAL
SENTIDO Y ALCANCE DE LOS REGLAMENTOS SENTIDO Y ALCANCE DE LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS A) FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL - Art. 78 Calidad de bienes y servicios. Responsabilidades (salud, seguridad, adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios). - Art. 334 Intervención del Estado: Producción y distribución de bienes y servicios: Doble propósito: Proteger derechos fundamentales y velar por la productividad y competitividad del sector empresarial - Art. 333 Libertad de empresa (no es absoluta): límites por razones de seguridad, utilidad pública o interés social “La Empresa como base del desarrollo tiene una función social que implica obligaciones y responsabilidades”
Estrategias:
Productividad
Competitividad
Competitividad : CULTURA DE CALIDAD
Reglamentos técnicos B) FUNDAMENTO LEGAL - Ley 170 de 1994 Obstáculos técnicos al Comercio – OMC – Reglamentación técnica para protección de intereses legítimos - Ley 1480 de 2011 Estatuto de Protección al Consumidor – Rol de la SIC en materia de Reglamentos Técnicos – Régimen sancionatorio - Decreto 4886 de 2015 Facultades de vigilancia y control SIC - Decreto 2828 de 2006 "por el cual se organiza el Sistema Administrativo Nacional de Competitividad. - Decreto 1074 de 2015, modificado por el 1595 de 2015 Reorganiza del Subsistema Nacional de la Calidad: Competitividad / Calidad
Reglamentos técnicos: Objetivos Legítimos INICIO Reglamentos técnicos: Objetivos Legítimos Imperativos de la seguridad nacional Prevención de prácticas que puedan inducir a error Protección de: salud o seguridad humanas, vida o la salud animal o vegetal, medio ambiente. Justificación : Reglamentos Técnicos DIRECCION DE INVESTIGACIONES PARA EL CONTROL Y VERIFICACION DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y METROLOGÍA LEGAL
Intereses Legítimos seguridad
Barreras técnicas al comercio
OBJETIVOS DEL Promover en los mercados: Seguridad – Calidad - Confianza Innovación – Productividad - competitividad de los sectores productivos e importadores de productos Proteger los intereses los consumidores Facilitar el acceso a mercados y el intercambio comercial. Proteger intereses legítimos de país
: Reglamentos Técnicos INICIO : Reglamentos Técnicos BUENAS PRÁCTICAS DE REGLAMENTACIÓN TÉCNICA. Desarrollar análisis de impacto normativo - AIN. Determinar procedimiento la evaluación de la conformidad. Determinar la existencia de norma internacional. Solicitar el concepto previo a la Dirección de Regulación del Ministerio Comercio, Industria y Turismo. Realizar consulta pública y notificación internacional. DIRECCION DE INVESTIGACIONES PARA EL CONTROL Y VERIFICACION DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y METROLOGÍA LEGAL
ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO INICIO ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO Contiene la definición del problema Objetivo del AIN y posibles soluciones para resolverlo Evaluación de resultados esperados Identificación de impactos probables (positivos y negativos) con la eventual expedición de un reglamento técnico DIRECCION DE INVESTIGACIONES PARA EL CONTROL Y VERIFICACION DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y METROLOGÍA LEGAL
EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD
NORMAS INTERNACIONALES ISO/IEC 17000 - VOCABULARIO ISO/IEC 17011 - ORG. ACREDITADOR ISO/IEC 17065 – ORG. PRODUCTO ISO/IEC 17067 – ESQUEMAS DE CERTIFICACIÓN ISO/IEC 17020 – ORG. INSPECCIÓN
TIPOS DE DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD * Primera parte o declaración del proveedor (NTC 17050 partes 1 y 2) * Tercera parte (Organismos de certificación): Certificado de conformidad * Certificación plena: Dictamen de Inspección + auto declaración
ESQUEMAS O SISTEMAS DE CERTIFICACIÓN 1 A - MUESTRA: TIPO O PROTOTIPO: Incluye ensayo/prueba. Se evalúa la conformidad sobre muestras del producto 1B LOTE: Incluye ensayo/prueba. Se evalúa la conformidad sobre muestras del producto. Muestreo representativo que abarca la población total del producto. 2 – 3 – 4 – 5 SELLO O MARCA DE CONFORMIDAD. Incluye ensayo/prueba. Se evalúa la conformidad sobre muestras del producto. Se evalúa el proceso productivo o sistema de calidad. Varía la vigilancia: 2 (mercado); 3 (fábrica); 4 (fábrica o mercado, o ambos); 5 (fábrica y mercado) OTROS : Combinación de los esquemas vistos.
Proceso de Evaluación de la Conformidad Remisión producto para pruebas, ensayos y verificación metrológica ORGANISMO DE CERTIFICACION ACREDITADO LABORATORIO DE ENSAYOS ACREDITADO Entrega de resultados NORMAS TÉCNICAS REGLAMENTOS TÉCNICOS NTC o RT METODOS DE MUESTREO METODOS DE ENSAYO ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO METROLOGIA PRODUCTO SOLICITUD DE CERTIFICACION Certificado de conformidad COMPRADOR PROVEEDOR
ASPECTOS RELEVANTES – SECTOR EMPRESARIAL Evaluación de la Conformidad Identificación, calidad y capacidad de quien emite el documento de demostración de conformidad OEC´s : Alcance de su acreditación y alcance de la certificación otorgada. Vigencia Identificación de los productos objeto de demostración de conformidad: - Individualmente - Por el tipo o variedad de productos (categorización, por familias) Las normas de producto u otros documentos normativos de acuerdo con los cuales se ha evaluado la conformidad Certificados de conformidad: El sistema o esquema de certificación. Vigencia.
EXCEPCIONES - EXCLUSIONES EXCEPCIÓN: Que se aparta de la regla o condición general de las demás de su especie EXCLUSIÓN: Descartar
EXCEPCIONES - EXCLUSIONES EXCEPCIÓN DE REGLAMENTO TÉCNICO: DEBE PASAR POR VUCE En condiciones normales SÍ debe cumplir con el RT, pero vienen con destino a una actividad prevista por el regulador para la cual no hay necesidad de demostrar conformidad . EXCLUSIÓN DE REGLAMENTO TÉCNICO: El RT expresamente establece su NO aplicación. NO debe pasar por VUCE Un producto excluido de un RT puede estar obligado en otro RT. DEBE pasar por VUCE y demostrar conformidad
EXCEPCIONES REGLAS GENERALES PARA TENER EN CUENTA : Deben pasar por VUCE para concepto de la SIC. En la casilla 27 debe señalarse expresamente a cuál excepción se acoge Se debe aportar prueba(s) de la aplicación de la excepción Se debe describir con detalle el producto en la casilla 44
VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR
VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR - VUCE - Plataforma informática que permite adelantar trámites de comercio exterior ante 21 entidades del Estado a través de un solo canal. - Garantiza la seguridad tecnológica y jurídica de los diferentes trámites al integrar la firma digital. - Permite pagos electrónicos en línea.
VUCE: ENTIDADES QUE LA INTEGRAN Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos (INVIMA) Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) Ministerio de Minas y Energía (MINMINAS) Ministerio de Transporte (MINTRANSPORTE) Servicio Geológico Colombiano (SGC) Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (SUPERVIGILANCIA) Ministerio de Comercio, Industria, y Turismo (MINCIT). Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Policía Nacional Dirección Antinarcóticos Agencia Nacional Minera (ANM) Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Salud y de la Protección Social (MINSALUD) Ministerio de Justicia y del Derecho (MJD) Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) Industria Militar (INDUMIL) Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) Ministerio de Defensa (MINDEFENSA) - Décimo Tercera Brigada Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
VERIFICAR EL REGLAMENTO TÉCNICO APLICABLE AL PRODUCTO SUJETO A IMPORTACIÓN.
INFORMAR EN LA CASILLA 27 LA EXCEPCIÓN DEL REGLAMENTO TÉCNICO A LA CUAL SE ACOGE
Consulta del Importador en el Registro de Productores e importadores y prestadores de servicios.
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD – SICERCO Herramienta que gestiona los CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD emitidos por organismos acreditados en Colombia Contiene la información DIRECTAMENTE del organismo acreditador (ONAC) y de cada uno de los acreditados (OEC´s) Su acceso es a través de INTERNET
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD – SICERCO - Permite verificar el documento original - Permite identificar novedades del certificado de conformidad (suspensión, cambios, etc) - Permite conocer presuntas adulteraciones - Facilita el control de ingreso de cantidades de producto - Facilita la validación de referencias de producto
Consultar SICERCO
COTEJAR REFERENCIAS
Conceptos de negación Producto que no demuestra la conformidad. Resolución que no cumple. El numero de archivos aportados
REQUERIMIENTOS SOLICITAR Certificado de conformidad con vinculación IAF, sin concepto de equivalencia. Complementar información Anexos del certificado de conformidad Evidencia documental donde se indique que el seguimiento anual del certificado de conformidad ya fue finalizado. No es sinónimo de seguimiento SOLICITAR Actualización Reexpedición Requerir información adicional Facturas que identifican el lote certificado Cómo se determinó la homogeneidad del lote
E-mail: contactenos@sic.gov.co Línea gratuita Nacional 018000-910165 GRACIAS !! E-mail: contactenos@sic.gov.co amprieto@sic.gov.co Twitter: @amprangel Web: www.sic.gov.co PBX (571) 587 00 00 Call center (571) 592 04 00 Línea gratuita Nacional 018000-910165
PRODUCTOS HOGAR JUGUETES: Resolución 3388 del 8 de agosto de 2008. CALZADO: Resolución 0933 21 de abril de 2008, y sus modificaciones y adiciones. CONFECCIONES: Resolución 1950 del 17 de julio de 2009, y sus modificaciones y adiciones. VAJILLAS: Resolución 1900/2008. Obligatorio para Cerámicas, y a partir del 15 de Junio de 2015 para vidrios y vitrocerámicas. PILAS: Resolución 0172 del 23 de enero de 2012. REFRIGERADORES: Resolución 0859 del 25 de abril de 2006, y sus modificaciones. OLLAS DE PRESIÓN: Resolución 0495 del 7 de junio 2002. GASODOMÉSTICOS: Resolución 1023 del 25 de mayo de 2004.
PRODUCTOS HOGAR BALDOSAS CERÁMICAS: Resolución 0180 del 21 de enero de 2013. RETILAP (iluminación): Resolución 180540 del 30 de marzo de 2010. Excepción para Luminarias decorativas. RETIE (productos eléctricos) : Resolución 90708 del 30 de agosto de 2013 RETIQ (eficiencia energética): Resolución 41012 del 18 de septiembre de 2015
PRODUCTOS INDUSTRIA BARRAS CORRUGADAS: Decreto 1513 del 16 de julio de 2012. EQUIPOS DE CONVERSIÓN A GNCV: Resolución 0957 del 21 de marzo de 2012. Cuando exista laboratorio Acreditado. CILINDROS GLP Y TANQUES ESTACIONARIOS: Resolución 180196 del 21 de febrero de 2006. ALAMBRE DE ACERO LISO, GRAFILADO Y MALLAS ELECTROSOLDADAS: Resolución 277 del 2 de febrero de 2015. EQUIPOS DE CONVERSIÓN A GNCV: Resolución 0957 del 21 de marzo de 2012. En caso de no existir laboratorio Acreditado. CINTAS RETROREFLECTIVAS PARA USO EN VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y SUS REMOLQUES: Resolución 0538 de 2013
SECTOR AUTOMOTOR ACRISTALAMIENTOS DE SEGURIDAD: Resolución 0322 del 19 de abril de 2002, y sus modificaciones y adiciones. ACRISTALAMIENTOS DE SEGURIDAD RESISTENTES A LAS BALAS: Resolución 0934 del 21 de abril de 2008, y sus modificaciones y adiciones. SISTEMAS DE FRENOS O SUS COMPONENTES: Resolución 4983 13 de diciembre de 2011, y sus modificaciones y adiciones. LLANTAS NUEVAS O REENCAUCHADAS: Resolución 0481 del 4 de marzo de 2006 y sus modificaciones y adiciones. CINTURONES DE SEGURIDAD: Resolución 1949 del 17 de julio de 2009 y sus modificaciones y adiciones. SERVICIO PÚBLICO DE PASAJEROS: Resolución 3753 de octubre de 2015. Entra en vigencia en noviembre de 2016 SEGURIDAD PASIVA: Resolución 3752 de octubre de 2015. Entra en vigencia el primero de enero de 2017