REMUNERACIONES LEGALES

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Transcripción de la presentación:

REMUNERACIONES LEGALES Derecho Laboral REMUNERACIONES LEGALES

CONTRATO DE TRABAJO Clases de Remuneración LEGALES Sueldo  Sobresueldo Comisión Participación Gratificación Otros: Semana Corrida Gastos de ida y vuelta Etc…

CONTRATO DE TRABAJO Sueldo CONCEPTO “Es el estipendio fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios, sin perjuicio de lo dispuesto valores pagados en especie” (a. 42 letra a) CARACTERISTICAS Fija: Es una suma estable de dinero o con bases numéricas que no varían  Monetaria: Por excepción se pagan en especies avaluables en dinero Por tiempo: Se remunera el tiempo servido, independiente del resultado Expresión múltiple: Puede eventualmente pagarse en especies Supletoria: A falta de pacto, se debe pagar ingreso mínimo, como sueldo Referente: Sirve de base para calcular otras remuneraciones

CONTRATO DE TRABAJO Sueldo REQUISITOS Existencia de un estipendio fijo  : Sea que se encuentre determinado en La moneda vigente: $ 700.000.- Bases númericas fijas: 30 U.T.M. Pagado principalmente en dinero: Puede pagarse En especies avaluadas en dinero Avaluación en el contrato o en acto posterior Parte principal en dinero: más del 50% Debe ser remunerado en períodos iguales de tiempo: Mensual o periodicidad menor Se debe encontrar pactado en el contrato: Convencional Es la contraprestación de un servicio personal: Relación causal

CONTRATO DE TRABAJO Sobresueldo REQUISITOS Existencia de Horas Extras  : Pueden determinarse: Por disposición de la ley: 50% del sueldo/Hora Por disposición convencional: porcentaje superior Sólo procede en trabajadores con sueldo: No procede Trabajadores remunerados sólo a comisión Trabajadores sin limitación de jornada laboral Deben pagarse dentro del mes calendario: Cálculo se establece de lo informado en el control de asistencia

CONTRATO DE TRABAJO SOBRESUELDO CASUISTICA “Las horas extraordinarias laboradas por trabajadores con jornada parcial, cuyo siste-ma remuneracional está compuesto por un sueldo base diario y comisiones, deben cal-cularse solamente en relación al monto correspondiente al sueldo, excluyéndose, por ende, las sumas que correspondan a comisiones, no siendo jurídicamente procedente considerar, para estos efectos, un sueldo base de monto inferior al ingreso mínimo mensual, calculado proporcionalmente de acuerdo a la jornada parcial pactada.” (Dict. N° 4.262-210 - 16/Dic/2002 – D. del Trabajo)

CONTRATO DE TRABAJO Comisión REQUISITOS Porcentaje: Corresponde a una proporción de algo Sobre operaciones : Precio de ventas Precio de compras Otras operaciones Operaciones efectuadas por el Empleador: Corresponden a actividades del giro empresarial Uso de capital empresarial Colaboración del trabajador: Operación se efectúan gracias a la intervención del trabajador

CONTRATO DE TRABAJO Participación REQUISITOS Proporción: Corresponde a una proporción de algo Utilidades: Resultados positivos según productividad Uno o más Negocios o Unidades Corporativas: Negocio o negocios determinados Toda la empresa Una sección de la empresa Sucursal de la Organización

CONTRATO DE TRABAJO Gratificaciones CONCEPTO Es la remuneración legal o convencional que corresponde a la parte de utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador CLASES Convencional: Es la gratificación pactada en el contrato o intrumento colectivo de trabajo, la que no puede ser inferior a la legal  Legal: Es la gratificación que ha establecido el legislador a través de los arts. 46 y siguientes del Código del Trabajo Voluntaria: Es la gratificación que el empleador, de propia iniciativa, otorga a los trabajadores, vinculada a las utilidades de la empresa y que no puede ser inferior a la legal

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Legal CONCEPTO Es la remuneración legal que corresponde a la parte de utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador CARACTERISTICAS Mínima: La determinación de la gratificación es mínima (a. 46)  Irrenunciable: Normas son de orden público e irrenunciables Esporádicas: Se encuentran, por regla general, condicionadas a la existencia de utilidades líquidas en la empresa Porcentuales: Corresponden al 30 % de las utilidades líquidas Por obra: Se remunera un resultado Pago alternativo: Ley da al empleador opciones para su pago Limitadas: Ley establece topes máximos a pagar por este concepto Anual: Obligación de pago al término del ejercicio, en forma anticipada

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Legal EMPLEADORES OBLIGADOS Establecimientos mineros Establecimientos industriales Comercio Actividades agrícolas Empresas y cualesquiera otros que persigan fines de lucro Las cooperativas REQUISITOS Empresas deben estar obligados a llevar libros de contabilidad Obtener utilidades o excedentes líquidos en sus giros

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Legal MONTO Global: Proporción no inferior al 30 % de dichas utilidades o excedentes Por trabajador: Proporción a lo devengado por el trabajador en el respectivo período anual, incluidos los que no tengan derecho UTILIDAD LIQUIDA Utilidad: El resultado de la liquidación del SII para el impuesto a la renta Sin deducir las pérdidas de ejercicios anteriores Utilidad líquida: La utilidad liquidada deducido el 10 % del valor del capital propio del empleador, por interés de dicho capital

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Legal OBLIGACIONES DEL SII Liquidaciones: Determinar en la liquidación la utilidad y la utilidad líquida Establecer el capital propio del empleador invertido en la empresa Publicidad: A requerimiento Informar antecedentes relacionados a las gratificaciones a: Juzgado de Letras del Trabajo Dirección del Trabajo Certificar antecedentes relacionados a las gratificaciones a: Empleadores Sindicatos de trabajadores Delegados del personal Plazo: 30 días hábiles

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Legal MODALIDAD DE PAGO General: 30% se distribuye entre trabajadores con derecho Según proporción devengada por cada trabajador en el año Para cálculo debe incluir a los que no tengan derecho Pago anticipado, sobre el balance o liquidación presentada al SII Opción Alternativa: Pago al trabajador de 25% de remuneraciones mensuales No importa utilidad de la empresa Gratificación no puede exceder de 4,75 IMM Remuneraciones deben reajustarse según IPC al fin del ejercicio

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Legal EMPLEADORES EXCEPTUADOS DE IMPUESTO A LA RENTA el SII practica liquidación ESPECIAL para otorgamiento de gratificaciones  DEDUCCIONES A GRATIFICACIONES Es deducible de gratificaciones legales cualesquiera otras remuneraciones convenidas con imputación expresa a utilidades de la empresa (a. 51) GRATIFICACIONES PROPORCIONALES Empleador debe pagar gratificación en proporción a los meses trabajados Derecho recae en trabajadores que no han completado un año de servicios

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Legal CASUISTICA La empresa debe calcular el pago de la gratificación legal de conformidad al valor que tenga el ingreso mínimo mensual al momento en que se devenga este beneficio, esto es al 31 de diciembre de cada año, debiendo reliquidar la diferencia que se produzca por concepto de reajuste de aquel (Dict. 5.250/353 – 2000 D. del Trabajo) “El pago del 25% de las remuneraciones del trabajador, con tope de 4,75 ingresos míni-mos mensuales, repetido durante varios años configura cláusula tácita del contrato y como cláusula contractual tiene fuerza obligatoria y no puede quedar sin efecto por la decisión unilateral de una de las partes.” (Rol N° 469-2000 – 21/Ago/2001 - C. de Apela-ciones de San Miguel y Rol 3.985-2001 - 8/Ene/2002 – C. Suprema)

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Proporcional BENEFICIADOS Trabajadores dependientes Empresas obligadas a gratificar Con más de un mes de remuneraciones Menos de un año de servicios a la empresa Mes íntegro de trabajo CALCULO GRATIFICACION PROPORCIONAL Monto Anual de la Gratificación x N meses trabajados 12

CONTRATO DE TRABAJO Gratificación Pendiente o Proporcional PERCEPCION Finiquito debe hacerse reserva de derechos para gratificaciones pendientes Trabajador puede solicitar información sobre utilidades: Empleador Sindicato Delegado del personal Solicitar vía judicial al S.I.I. DEDUCCIONES Remuneraciones pagadas imputables a utilidades de la empresa Impuestos a la renta Cotizaciones previsionales

CONTRATO DE TRABAJO Pago de Gratificación ANTICIPACION Gratificación se devenga en abril, al presentar balance tributario Pago de gratificaciones tiene carácter de anticipo Mientras el SII resuelve la liquidación del empleador Pago definitivo de las gratificaciones: Confirmación de la liquidación del empleador por el SII Rectificación de la liquidación Menos que lo pagado: Empleador debe suplementar Más de lo debido: Se compensan con gratificaciones a pagar en el período siguiente No se pueden descontar

CONTRATO DE TRABAJO Pago de Gratificación LICENCIAS MEDICAS Cálculo y pago de gratificaciones Licencia médica común Licencia médica laboral Descanso maternal Cálculo debe considerar el monto del subsidio percibido durante el descanso REMUNERACION, NO INDEMNIZACION Pago de gratificación siempre es remuneración Pago de gratificación después del término laboral es remuneración Efectos: Deben practicarse descuentos previsionales y tributarios Puede rebajarse deuda con las CCAF

CONTRATO DE TRABAJO Remuneraciones de Contratos de Corta Duración CONCEPTO Son aquellos contratos que duran 30 días o menos o su prórroga que en total no exceda de 60 días REGLAS Contenido de la Remuneración: Monto de remuneración pactada incluye: Feriado anual Gratificaciones anuales Indemnización por término de contrato Otros derechos calculados en base al tiempo Fuente legal: a. 44 del C. del Trabajo Duración máxima: plazo inicial y prórroga no debe exceder de 60 días

CONTRATO DE TRABAJO Semana Corrida CONCEPTO Es el beneficio laboral y económico consistente en el derecho a percibir remuneración por los días domingos y festivos a trabajadores que sean laboren y sean remunerados por día en una semana CARACTERISTICAS Beneficio económico: Pago de domingo o festivo;  Legal: Su origen está en el art. 45 del Código del Trabajo; Norma de orden público: No es renunciable;  Mixto: Une una situación de excepción (trabajo por día) con el descanso semanal Excepcional: Por ser una excepción a la regla general se interpreta en sentido estricto

CONTRATO DE TRABAJO Semana Corrida ORIGENES Ley 8.961 (1948): Intercala la obligación patronal del pago de día de descanso a trabajadores jornaleros o por día, Fija criterio beneficio-disciplinario;  D.L. 2.200, (1978) y Ley 18.620 (1986: Mantienen el criterio con adecuaciones menores D.F.L. 1 (1994): Modifica, quitando efecto disciplinario Fija sistema de pago diferenciado según tipo de salario;  Ley 19.759 (2001): mantiene normativa existente

CONTRATO DE TRABAJO Semana Corrida FINALIDAD Pagar el día de descanso a trabajadores privados de él por trabajar a jornal ELEMENTOS Jornalero: Trabajador debe ser remunerado exclusivamente por día Promedio: Beneficio es promedio de lo devengado en el período de pago Remuneraciones ordinarias: No se consideran remuneraciones accesorias Gratificaciones Aguinaldos Bonificaciones Etc;  Sobretiempo: Establece modalidad de cálculo Restrictiva: Haber trabajado entre lunes a viernes

CONTRATO DE TRABAJO Semana Corrida MODALIDAD DE CALCULO Suma total de remuneraciones diarias devengadas = MONTO A PAGAR POR SEMANA CORRIDA Nº de días en que legalmente debió laborar en la semana BASE DE CALCULO: Ingresos totales percibidos durante las jornadas laboradas Pago de sobresueldos por concepto de Horas extras Se excluyen las remuneraciones accesorias o extraordinarias: Gratificaciones Aguinaldos Bonificaciones Etc

CONTRATO DE TRABAJO Gastos de Ida y Vuelta CONCEPTO Es el beneficio que se otorga a los trabajadores que han sido trasladados a un lugar distinto al de su residencia habitual para la prestación de los servicios consistente en el pago de los gastos de retorno a su lugar original CARACTERISTICAS Origen colonial: Derecho indiano contemplaba un beneficio similar Esporádico: procede sólo en caso de haber un traslado para prestar servicios Familiar: Cubre gastos del trabajador y su grupo familiar Pago en Especie: Prestación se cumple financiando los gastos del trabajador Condicional: Procede sólo en el caso que trabajador no sea por culpa o voluntad del trabajador Razonables: Gastos financiables deben ser razonables  No son remuneración: No son imponibles ni tributables