La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Catedrático: Emilio Balarezo Reyes

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Catedrático: Emilio Balarezo Reyes"— Transcripción de la presentación:

1 Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Deudas Monetarias Catedrático: Emilio Balarezo Reyes

2 Temática Nociones Previas Concepto Causas Estructura Clases
Deudas de dinero, deudas de valor, deudas de corto, mediano y largo plazo, la Deuda Cierta, la Deuda Exigible. Obligaciones en moneda nacional y moneda extranjera Teoría nominalista y valoralista El cambio de unidad de cuenta y las obligaciones monetarias. Transmisión de las obligaciones monetarias

3 Nociones Previas ¿Qué es una Deuda? ¿Qué es una Obligación?
¿Cómo se extingue una obligación? ¿Cuál es su duración?

4 Concepto Una deuda monetaria es un tipo de OBLIGACION que se caracteriza por ser cuantificable, medible en dinero. Se basa en una PRESTACION. En este tipo de OBLIGACION se denomina deuda y se sustenta en la entrega de un bien especial que es el dinero. «Obligación pecuniaria» será, entonces, la «relación jurídica constituida entre dos o más personas por la que una, el acreedor, puede exigir a la otra (el deudor) una prestación en dinero»,

5 Causas Puede tener variadas causas: CONVENCIONAL, a través de los contratos, esto es, de la voluntad de las partes. Por ejemplo, en el mutuo dinerario (préstamo) en el cual el deudor debe restituir la suma recibida más intereses LEGAL, como el caso de las compensaciones que los empleadores deben a sus trabajadores; los contribuyentes al Estado, por concepto de tributos. JUDICIAL, en los ilícitos penales; en la aplicación de multas o reparación civil, en la determinación de daños y perjuicios derivados de la responsabilidad extracontractual.

6 Estructura El Sujeto: el DEUDOR como el ACREEDOR que se encuentran presentes en la Obligación. El Objeto: constituido por la prestación que se manifiesta en dinero y los intereses que de el se derivan. CAPITAL mas INTERESES. El Vinculo o Nexo : que es lo que relaciona a las partes de la OBLIGAACION. Característica fundamental de la misma que el elemento que sirve para el cumplimiento como la extensión de la misma es el dinero. Esa es la particularidad de este tipo de Obligación.

7 Deudas de dinero, Las deudas de dinero propiamente dichas, son aquellas en las cuales la suma de dinero funciona en la obligación como medio de cambio de bienes y servicios». Estas deudas pueden ser fijadas en moneda corriente o de curso legal, las que serán pagadas a su vencimiento con dicha moneda, pero también en moneda foránea, libremente elegida por las partes. Deudas de valor, Cuando la suma de dinero no está fijada todavía (in solutione) y cuya determinación se hará con posterioridad, sea por acuerdo de las partes, sea a nivel judicial en moneda de curso legal, o en moneda extranjera según sea el caso Deudas de corto, mediano y largo plazo, se toma en consideración el tiempo. La Deuda Cierta, se sostiene en la certeza de su existencia y determinación de las mismas. La Deuda Exigible, se basa en la facultad que tiene el acreedor de pedir el cumplimiento de la obligación. Clases

8 Obligaciones en moneda nacional y moneda extranjera
Se basan en el criterio del medio por el cual va hacer expresado el pago es decir se sostiene en un acuerdo que las partes toman en torno la categoría del dinero y su relevancia económica. Obligación en Moneda Nacional, es aquella que se fija en base a la moneda legal que esta en curso (utilización con sustento legal) al momento de darse la Obligación Obligación en Moneda Extranjera. Es fijada bajo la base de una moneda que legalmente no es la de una país donde se realiza la obligación u compromiso pero que es pactada por las partes. Se sostiene en el principio de identidad del dinero.

9 Teoría nominalista y valoralista
En torno a las deudas la teoría tanto nominalista como valoralista tienen aspectos distintos puntos de apreciación en torno al tratamiento de las Deudas Monetarias. La nominalista expresa la cantidad que refleja en moneda de curso legal o acordada entre las partes la deuda sirve para medirla de acuerdo al curso del dinero vigente. La Teoría Valoralista, expresa el rol o posición que tiene la deuda en el mercado de prestamos y otorgamiento de dinero además puede ser reflejada en acciones o títulos que representan la misma las cuales no son dinero pero si pueden ser materia de intercambio y transacción.

10 El cambio de unidad de cuenta y las obligaciones monetarias
Unidad de Cuenta es la expresión monetaria en que se expresan los valores o se definen las deudas. Es un valor convencional en función del cual se establecen el precio de los bienes y servicios. Unidad de Cuenta: Unidad Monetaria. Nos expresa que la fijación de una obligación debe de darse en una respectiva unidad de cuenta dentro de una determinada sociedad o Estado, a su vez esta puede variar ya sea por acuerdo de las partes o por lo que establece la ley o la realidad económica en donde se fija.

11 Transmisión de Obligaciones Dinerarias.
La Transmisibilidad es una característica de las OBLIGACIONES. PUEDEN SER Voluntarias o Convencionales Legal (1214 del Código Civil) Activa y Pasiva Mortis Causa e Intervivos.

12 Muchas gracias


Descargar ppt "Catedrático: Emilio Balarezo Reyes"

Presentaciones similares


Anuncios Google