RESPONSABILIDAD PATRONAL

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Transcripción de la presentación:

RESPONSABILIDAD PATRONAL RESOLUCIÓN 517 RESPONSABILIDAD PATRONAL

RESPONSABILIDAD PATRONAL Seguros de invalidez, vejez, vejez por discapacidad, incluida sus mejoras, muerte, rentas adicionales y auxilios funerales: En estos casos se determinará Responsabilidad Patronal cuando el empleador o contratante, se encontrare en mora del pago de aportes al IESS, a la fecha del siniestro. Responsabilidad Patronal en el seguro de cesantía. Responsabilidad Patronal en el seguro de desempleo. (Resolución CD 517)

VALOR DE RESPONSABILIDAD PATRONAL TABLA DE LA CUANTÍA DE LA RESPONSABILIDAD PATRONAL EN EL SEGURO DE SALUD: TIEMPO DE RETRASO EN EL PAGO, RESPECTO A LA FECHA MÁXIMA DE PAGO Y PRESTACIÓN OTORGADA. VALOR DE RESPONSABILIDAD PATRONAL PAGA CON RETRASO DE 1 A 10 DÍAS, RESPECTO A LA FECHA MÁXIMA DE PAGO 25% DE LA PRESTACIÓN + 25% SBU PAGA CON RETRASO DE 11 A 20 DÍAS, RESPECTO A LA FECHA MÁXIMA DE PAGO  50% DE LA PRESTACIÓN + 25% SBU PAGA CON RETRASO DE 21 A 30 DÍAS, RESPECTO A LA FECHA MÁXIMA DE PAGO 75% DE LA PRESTACIÓN + 25% SBU PAGA CON RETRASO MAYOR A 30 DÍAS, RESPECTO A LA FECHA MÁXIMA DE PAGO 100% DE LA PRESTACIÓN + 25% SBU

RESPONSABILIDAD PATRONAL EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Si a la fecha del accidente o diagnostico medico presuntivo no se tiene afiliado al IESS al trabajador afectado. Si no se está al día en las aportaciones del trabajador al IESS, Si no se procedió al aviso del accidente en el plazo de los 10 días de haber sucedido el siniestro o presentado el informe de presunción inicial de enfermedad ocupacional. También existirá Responsabilidad Patronal si las causas de accidente o enfermedad ocupacional, luego de la investigación objetiva por parte de la Dirección del SGRT se establecen como inobservancia del empleador hacia las normas de prevención de riesgos del trabajo. Y el valor a cobrar de la prestación otorgada se basará en el número de incumplimientos por tipo de causalidad, así:

INOBSERVANCIA A LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD DEL TRABAJO TIPOS DE CAUSALIDAD NUMERO DE CAUSAS INCUMPLIDAS  VALOR 1 A 10 11 A 20 21 O MAS. CAUSAS DIRECTAS 23.92% 47.85% 83.73% CAUSAS INDIRECTAS 1.20% 2.39% 12.68% CAUSAS BÁSICAS 3.59% N/A

NÚMERO DE INCUMPLIMIENTOS En la investigación del siniestro (realizada según anexo de Resolución C.D. 513) se determinará el número de incumplimientos por tipo de causalidad, y se cobrará el valor de la prestación otorgada multiplicada por la sumatoria de los porcentajes. En el anexo A de la Res. C.D. 513 se establecen 35 posibles causas directas, 86 posibles causas indirectas y 6 posibles causas básicas. Pero si la consecuencia del siniestro es incapacidad permanente total absoluta o una fatalidad, la cuantía será del 100% de la prestación generada. Anteriormente la cuantía era entre 3 y 30 salarios básicos unificados.