Enfoque de Género en la defensa de Derechos Humanos Integrando género en el desarrollo y en los derechos de infancia y adolescencia.

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Transcripción de la presentación:

Enfoque de Género en la defensa de Derechos Humanos Integrando género en el desarrollo y en los derechos de infancia y adolescencia

La perspectiva de género constituye un enfoque teórico de análisis que facilita repensar las construcciones sociales y culturales de la distribución del poder entre mujeres y hombres y que afectan de manera directa, las formas de relacionarse de las personas en todos los ámbitos. Es una herramienta conceptual y práctica que permite desarrollar propuestas metodológicas de análisis, con el fin de variar la forma de estas relaciones, que han derivado en discriminación, falta de equidad, poco acceso a oportunidades y al desarrollo, así como poco conocimiento de sus derechos como humanos.

Cuando hablamos de la integración de la perspectiva de género, estamos hablando de una visión inclusiva que comprende las necesidades y derechos de mujeres y hombres. Es necesario entender que, por la desigualdad de las relaciones de poder entre ambos se ha colocado a las mujeres en una situación de desventaja y subordinación Es necesario enfatizar en la necesidad de trabajar por la eliminación de las discriminaciones y por ello abordar específicamente el trabajo de tutela y promoción de los derechos humanos de las mujeres.

El concepto de género hace referencia a todas aquellas prácticas, valores, costumbres y tareas que la sociedad –y no la naturaleza – le ha asignado de forma distinta a cada uno de los sexos, de manera que tenemos un género femenino y un género masculino.

GENERO FORTALECE LOS DERECHOS La doctrina jurídica mayoritaria no reconoce las relaciones de género como una categoría de análisis fundamental y no contempla las diferencias de poder entre mujeres y hombres

La discriminación hacia las mujeres ha sido parte de la historia de la humanidad y el utilizar la perspectiva de género, permite entender por qué la doctrina de los derechos humanos –en constante evolución y desarrollo- ha contemplado ampliaciones conceptuales y reconocimientos explícitos de los derechos de las mujeres

La Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos (Viena, 1993) señala expresamente que “los derechos humanos de la mujer y la niña son parte inalienable e indivisible de los derechos humanos universales” y que la plena participación de la mujer en condiciones de igualdad (en la vida política, económica, social y cultural) y la erradicación de todas formas de discriminación basadas en el sexo, son objetivos prioritarios

La perspectiva de género ha ido permeando la protección nacional e internacional de los derechos humanos y ha permitido el reconocimiento internacional de la discriminación que enfrenta la mayoría de las mujeres en el mundo. También ha puesto de manifiesto las limitaciones que afectan el goce y ejercicio pleno de sus derechos humanos y que les impide mejorar las condiciones en las que viven.

Existen instrumentos internacionales de derechos humanos que toman como punto de partida esa desigualdad histórica, reconociendo y protegiendo específicamente los derechos de las mujeres: Destacan la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Convención CEDAW) y su Protocolo Facultativo, así como la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Pará).

La violación de los derechos de las mujeres no se deriva únicamente del texto de la ley, sino también de la interpretación, los contenidos y valoraciones que les atribuyen las personas que aplican el derecho en las instituciones públicas y privadas. Por ello, aunque sabemos que las mujeres y los hombres tienen tareas y responsabilidades diferentes en la sociedad, no existe conciencia de que ello tiene implicaciones “en la forma de ver el mundo de unos y otras, así como en la definición de sus necesidades y de sus intereses”.

MIRADA DE GÉNERO «... (La) aplicación de la perspectiva de género enriquece la manera de mirar la realidad y de actuar sobre ella. En materia de derechos humanos, permite, visualizar inequidades construidas de manera artificial, socio- culturalmente; y detectar la especificidad en la protección que precisan quienes sufren desigualdad o discriminación»

APORTE DE GENERO A LOS DERECHOS El valor de cambio político y cultural de la perspectiva de género reside en: -Evidenciar que los roles y estereotipos asignados a mujeres y hombres son patrones socioculturales, creados por la sociedad y no obra de la naturaleza, por ello y en la medida que esas asignaciones sociales generan desigualdad y discriminación, pueden y deben ser transformadas. - Los cambios y avances que se logren realizar beneficiarán a toda la sociedad, no solamente a las mujeres

Una igualdad que garantice una posición social para acceder a oportunidades reales de ejercer y disfrutar de los derechos, lo que requiere es la transformación de patrones y estereotipos profundamente arraigados en la cultura y en las personas.

PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN Muchas veces se cuestiona la importancia de la perspectiva de género con el argumento de que la desigualdad y la discriminación hacia las mujeres constituyen un “problema cultural o individual” inevitable. Por el contrario, la situación de las mujeres en la sociedad es el resultado de las relaciones estructurales de poder establecidas entre hombres y mujeres; es un asunto político referido a sus condiciones como género y a su posición en la sociedad. Es por ello tan importante y conveniente hacer una relectura, desde la perspectiva de género, de las premisas que orientan los derechos humanos.

Es importante señalar que en toda discriminación está presente la idea de superioridad-inferioridad, aunque las formas de discriminación hayan variado a lo largo del tiempo y en los diferentes contextos históricos

La discriminación se basa en la existencia de una percepción social, que tiene como característica el desprestigio considerable de una persona o grupo de personas, ante los ojos de otras. Estas percepciones negativas tienen consecuencias en el tratamiento hacia ellas, en el modo de ver el mundo y de vivir las relaciones sociales en su conjunto. Todo ello influye en las oportunidades y por consiguiente, en el ejercicio de los derechos y en la realización de las capacidades de este grupo de personas.

En cuanto al principio de igualdad, hay que señalar que la igualdad no se define a partir de un criterio de semejanza, sino de justicia: se otorga el mismo valor a personas diversas, integrantes de una sociedad. La igualdad es importante justamente entre diferentes, ya que se trata de una convención social, de un pacto según el cual se reconoce como iguales a quienes pertenecen a distintos sexos, razas, etnias, clases sociales, etc.

En este enfoque interesa destacar que “la reivindicación de la igualdad como principio normativo y como derecho, se sustenta en el principio ético de la justicia: no es justa la convivencia en la desigualdad y tampoco la competencia en la desigualdad

DERECHOS DE LAS MUJERES En el marco de los derechos de las mujeres, hablar de igualdad no significa identidad con los hombres; significa tener las mismas oportunidades, ser reconocidas y tratadas como iguales, con los mismos derechos y deberes, pero también con la misma posibilidad de obtener beneficios, pues todas las personas tiene el mismo valor y dignidad.