Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102) y las implicaciones de la ratificación para Uruguay.

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Transcripción de la presentación:

Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102) y las implicaciones de la ratificación para Uruguay

El Mandato de las Naciones Unidas en el área de la seguridad social  Declaración Universal de Derechos Humanos: – Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social. – Artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar.  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: – Artículo 9: Los estados partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social.

EL Mandato da la OIT en la materia de seguridad social  La misión de la OIT: – Preámbulo de la Constitución de la OIT: … mejorar las condiciones de trabajo, inter alia, a través de «la prevención del desempleo, … la proteción del trabajador contra las enfermedades y lesiones que se deriven de su ocupación, la protección de los niños, de los adolescentes y de las mujeres, y las pensiones de vejez e invalidez.» – La Declaración de Filadelfia de 1944: Busca fomentar «la extensión de las medidas de seguridad social con el objeto de brindar un ingreso básico a todas las personas necesitadas de esa protección y una asistencia médica integral», así como «el suministro de prestaciones para los hijos y la protección de la maternidad» – CIT 2001: Las Conclusiones de la CIT 2001 confirmaron el Mandato de la OIT en seguridad social y solicitaron a la OIT el lanzamiento de una campaña global para la extensión de la seguridad social para todos (lanzamiento en 2003) – CIT 2008: Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa: «reconoce que la OIT tiene la obligación solemne de fomentar entre las naciones del mundo programas que permitan lograr los objectivos de …. la extensión de las medidas de seguridad social para garantizar ingresos básicos a quienes los necesiten, junto con todos los demás objectivos establecidos en la Declaración de Filadelfia»

Principales herramientas de la OIT para cumplir su mandato Normas Internacionales de Trabajo  La OIT es la única organización internacional encargada por sus integrantes de establecer normas internacionales de trabajo  Las normas internacionales de trabajo se presentan en forma de Convenios o Recomendaciones  Los Convenios y las Recomendaciones son adoptados durante la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, por una mayoría de 2/3 de los integrantes de la OIT  Convenios (188): Están abiertos a la ratificación y cuando se ratifican se convierten en obligaciones legales. De no ser ratificados, representan metas para la concreción de políticas nacionales.  Recomendaciones (199): No están abiertas a ratificación, brindan lineamentos técnicos para la implementación de los Convenios a nivel nacional.

Normas actuales de seguridad social de la OIT  Convenios  Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102);  Convenio sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, 1964 (núm. 121);  Convenio sobre las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, 1967 (núm. 128);  Convenio sobre asistencia médica y prestaciones monetarias de enfermedad, 1969 (núm. 130);  Convenio sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo, 1988 (núm. 168); y  Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 (núm. 183)  Recomendaciones más importantes  Recomendación sobre la seguridad de los medios de vida (núm. 67)  Recomendación sobre la asistencia médica (núm. 69)

Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102)  Convenio fundamental de seguridad social  Define las 9 ramas de la seguridad social  Prestaciones de asistencia médica,  Prestaciones de enfermedad,  Prestaciones de desempleo,  Prestaciones de vejez,  Prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales,  Prestaciones por maternidad,  Prestaciones familiares,  Prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes.  Establece normas mínimas para estas 9 ramas  Se basa en principios de seguridad social acordados a nivel mundial  Incluye varias cláusulas de flexibilización para permitir la ratification al mayor número posible de paises (p. ej. aceptar 3 de las 9 ramas)

Convenio sobre la seguridad social (núm. 102)  Convenio fundamental de seguridad social  Define normas mínimas para las 9 ramas  Porcentaje mínimo de cobertura individual  Nivel mínimo de prestaciones  Período máximo requerido para el derecho a las prestaciones  Período mínimo de las prestaciones

Convenio sobre la seguridad social (núm. 102) Convenio fundamental de seguridad social  Establece los principios básicos de la seguridad social  Prestaciones definidas y garantizadas  Participación de las personas protegidas en la administración  Responsibilidad general de los Gobiernos en:  Provisión de las prestaciones y  Correcta administración de los regímenes (p. ej. a través de revisiones actuariales regulares)  Financiación colectiva, a través de aportes o impuestos  Ajuste de pensiones  Derecho de apelación  Igualdad de tratamiento

Regímenes de seguridad social para cumplir con el Convenio núm. 102  Regímenes de seguro social  Con componentes relacionados con los ingresos, o  Con componentes de renta fija, o  Una combinación de ambos  Regímenes universales  Regímenes de asistencia social Administraciones de seguridad social para cumplir con el Convenio núm. 102  Regímenes públicos de seguridad social

Beneficios de la ratificación del Convenio núm. 102  Cuando se ratifica el Convenio núm. 102, los Estados miembros se benefician en forma prioritaria de la experiencia de la OIT y de su asistencia técnica, incluyendo la asistencia politica y actuarial, la recolección de datos, el desarrollo de leyes, etc.  El compromiso de aplicar el Convenio núm. 102 garantiza un sistema de seguridad social sustentable y bien establecido. También garantiza la provisión de prestaciones regulares sustentables.

Ratificación del Convenio núm. 102 Bolivia (1977) Brasil (2009) Costa Rica (1972) Ecuador (1974) ) México (1961) Perú (1961) Venezuela (1982) Uruguay (2009)

Importancia del Convenio núm. 102 a nivel internacional, regional y nacional  Encarna una definición internacionalmente aceptada del alcance de la seguridad social y que, como tal, ha sido reconocida a nivel mundial como un símbolo de progreso social.  Como tal, el Convenio No. 102 ha tenido y sigue teniendo un impacto positivo en el desarrollo de la legislación nacional sobre seguridad social en la mayoría de los países en todo el mundo y ha servido en muchos casos como modelo para instrumentos regionales.

 El Convenio Núm. 102 es considerado como el instrumento fundamental de la seguridad social, y los Convenios que han sido adoptados después de este Convenio están basados en el mismo, pero establecen normas de mayor protección para una rama específica de la seguridad social  Por ejemplo, el Convenio Núm. 121, el Convenio Núm. 128, el Convenio Núm. 130  En consecuencia, la mayoría de los países primero ratifican el Convenio Núm. 102 y posteriormente las normas de mayor protección, como el caso de Ecuador, que lo ratificó en 1974 y posteriormente en 1978 ratificó los Convenios Núm. 121, 128 y 130.  Uruguay ratificó directamente los Convenios que estipulan normas de mayor protección en materia de seguridad social, a saber los Convenios Núm. 121, 128 y 130.

 El Convenio Núm. 102 es el único convenio sobre seguridad social que establece la norma mínima para un sistema de seguridad social de amplia base y que establece normas mínimas para las nueve ramas de la seguridad social, incluyendo prestaciones de maternidad y prestaciones por desempleo