REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA,CIENCIA Y TECNOLOGIA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

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Transcripción de la presentación:

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA,CIENCIA Y TECNOLOGIA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA PFG: GESTION AMBIENTAL UC:GESTION DE PARQUES Prof. VANESA MALDONADO AUTOR:MARIA ESLAVA RONNY CRESPO PROPUESTA DEL PLAN DE DESARROLLO ADMINISTRACION Y MANEJO (PEDAM) DEL PARQUE DE RECREACION MARIA DE LA CONCEPCION PALACIOS Y BLANCO

CAPITULO I ANTECEDENTES DEL PARQUE Creación:El Parque María de la Concepción Palacios y Blanco fue creado mediante decreto el 21 de abril de 1988 con una extensión de terreno de 27,6 hectáreas (ha) y posteriormente modificado mediante decreto presidencial, el 03 de mayo del 2000, en el cual quedo con una superficie actual de 18,27 ha. Linderos:El parque limita al Norte con la autopista Gran Mariscal de Ayacucho, al Sur con la Quebrada Caiza al Oeste con el Distribuidor Araguaney y al este con la antigua sede de Viasa.

Bases Legales CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (1999) Articulo111. “Todas las personas tienen el derecho al deporte y la recreación como actividades que beneficien la calidad de vida individual y colectivas. El Estado asumirá el deporte y la recrecían como política de educación y salud pública y garantizara los recursos para su promoción. La educación física y el deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es obligatoria en la educación pública y privada hasta el ciclo diversificado, con las excepciones que establezca la Ley. El Estado garantizara la atención de los deportistas y las deportistas sin discriminación alguna, así como al deporte de alta competencia y la evaluación y regulación de las entidades deportivas del sector público y del privado, de conformidad con la Ley.

BASES LEGALES Articulo127: “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.”

BASES LEGALES LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE (2006) Artículo 49: “El aprovechamiento de los recursos naturales y de la diversidad biológica en las diferentes cuencas hidrográficas, ecosistemas áreas naturales protegidas, aras privadas para la conservación y demás áreas especiales, estará sujeto a la formulación e implementación de los respectivos planes de manejo. En los correspondientes instrumentos de control se fijaran las condiciones y limitaciones a las que queda sometida la actividad.” DECRETO NRO REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DE LOS PARQUES DE RECREACION A CAMPO ABIERTO O DE USO INTENSIVO ADSCRITOS AL INSTITUTO NACIONAL DE PARQUES DE FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE (1998). Artículo 5: indica que la conservación y mantenimiento de los Parques de Recreación a Campo Abierto o de uso Intensivo se adelantará mediante la elaboración y ejecución de los correspondientes Planes de Desarrollo, Administración y Manejo.

CAPITULO I OBJETIVO DEL PLAN Brindar ornamentación, embellecimiento, saneamiento ambiental, esparcimiento solaz, recreo y bienestar a la población, tomando en consideración los criterios de protección de los recursos naturales presentes en el área. Fases del plan Caracterización Socio Ambiental. Ámbito de influencia directo. Estado Miranda. 3,222,324 Hab. 55 Parroquias. 21 Municipios. Ámbito de influencia directo. Parroquia Caucaguita. 42,873 Hab. 108 Consejos.Comunales. 03 Comunas. 01Base de misiones. Otros espacios del Estado Miranda. 01 Monumentos Nacionales. 02 Parques Nacionales. 02 Parques de Recreación.

Capitulo II CARACTERIZACIÒN SOCIO AMBIENTAL Clima:Caiza posee un clima tropical de altura. “Se está en presencia de un clima bi-estacional, con una marcada sequía en los primeros meses del año y precipitaciones abundantes el resto del período particularmente en los meses de junio hasta agosto. Esta condición varía localmente, tanto altitudinal como latitudinalmente. Topografia: Las alturas mayores encontradas en las zonas adyacentes oscilan entre los m, la forma de las crestas para las filas es aguda y para las lomas redondeadas, las laderas son asimétricas, la densidad y el grado de estallamiento del drenaje sobre las laderas es medio. Geología y Suelo: Está ubicado en una sola unidad litológica correspondiente a rocas metamórficas encontrándose la topografía característica de los esquistos grafitosos, filas y lomas alargadas con mayor cota, que otras rocas metamórficas como las pizarras. Suelo Arcilloso.

VEGETACION Nombre comúnNombre científico CujíCalliandra schultzii Hams CeibaCeiba pentandra AcaciaAcacia mill CrotoCodraeum variegatum Urape o casco de vacaBauhinia variegata L. SamánSamanea saman ApamateTabebuia rosea Flora presente en el parque. CaobaSwietenia macrophylla JabilloHura crepitans AraguaneyTabebuia chrysantha BambúBambusa vulgaris Acacia flamboyanaDelonix regia BucareErythrina poeppigiana

Fauna presente en el parque Nombre comúnNombre científico ParaulataTurdus nudigenis Tordos maicerosGymnomystax mexicanus AzulejosPasserina cyanea Conoto YapúPsarocolius decumanus Pico e plataHymenops perspicillatus ZamuroAratinga pertinax GuacharacasOrtalis ruficauda MapanareBothrops lanceolatus VerdegalloLeptophis ahaetulla occidentalis. PicureDasyprocta punctata Cuerpo EspínSphiggurus sp. ArdillasSciurus vulgaris LagartijasAnolis ventriculatus

SISTEMA CONSTRUIDO Instalaciones y servicios 1.Áreas verdes para la recreación. 2.Canchas de usos múltiples. 3.Camineras y ciclo vías urbanas. 4.Estacionamiento. 5.Gimnasios bio-saludables. 6.Kioscos pinateros. 7.Módulo de baños. 8.Parques infantiles. 9.Plazas. 10.Vivero didáctico. Sistema de gestión Organigrama de la administración del parque

DESCRIPCION Y FUNCIONES Coordinador del Parque: Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias y normas técnicas aplicables al parque. Dirigir, coordinar y supervisar la ejecución de los programas, proyectos y providencias relacionados con la administración del parque. Actuar como órgano de información del Instituto hacia las personas jurídicas y naturales en relación a las actividades que se desarrollan en el parque. Ámbito de uso Público: Promueve actividades formativas tales como: cursos, talleres, sesiones educativas, conversatorios en materia ambiental u otras que requieran las comunidades, articulando con los entes que faciliten dicha formación en la comunidad. Incentivar actividades dirigidas a conservar y proteger los recursos naturales, patrimoniales y culturales. Apoya a organizaciones comunitarias para la formulación de proyectos.

Ámbito de Uso Comunal: Impulsar la organización de las Comunas Ecológicas/Eco turísticas, y demás instancias de agregación del Poder Popular, en el Sistema Nacional de Parques. Desarrollar un sistema económico, ecológico y sustentable de producción, intercambio, distribución y consumo de bienes y servicios en el Sistema Nacional de Parques desde la práctica del modelo de gestión de economía comunal. Ámbito de investigación y monitoreo Identificar, desarrollar y consolidar las líneas de investigación científica, que permitan orientar la adecuada conservación del Sistema Nacional de Parques y el desarrollo sustentable de las comunidades. Contar con un sistema efectivo de monitoreo, medición y supervisión permanente de los valores físico-naturales y socio- culturales que pueden verse afectados por la acción antrópica y los efectos del cambio climático en el Sistema Nacional de Parques.

Ámbito de Protección: Fortalecer el sistema de vigilancia y guardería ambiental del Sistema Nacional de Parques, haciendo especial énfasis en la creación de herramientas y sistemas funcionales que permitan el cumplimiento cabal del marco jurídico-ambiental venezolano. Fortalecer el sistema de prevención y atención de incendios forestales y otros eventos generadores de daños acontecidos en el Sistema Nacional de Parques. Grupos voluntarios: Los grupos voluntarios realizarán actividades inherentes a su capacidad y formación tales como: Combate de incendios Rescate y primeros auxilios Guías recreativos Protección Descontaminación ambiental y otros que establezca la coordinación del parque.

CAPITULO III ZONIFICACIÓN DEL PARQUE  SAD (Uso Administrativo)  Comprende la oficina administrativa  SRP (Recreación pasiva)  Zonas de contemplación bosques  Vivero didáctico.  SRA (Uso Recreación Activa)  Comprende áreas verdes  Cancha  Juegos infantiles  SS (Uso Servicios)  Estacionamientos  Sanitarios.  Kioscos piñateros.

USOS PROHIBIDOS, RESTRINGIDOS Y PERMITIDOS Zona de recreación pasiva Entrar o salir por lugares distintos a los accesos correspondientes. Permanecer dentro de la zona fuera de las horas de visita. Ingresar en estado de ebriedad o toxicidad, consumir bebidas alcohólicas. La circulación de vehículos a motor y tracción a sangre. Trepar a los árboles, destruir, maltratar o extraer las plantas. Matar, maltratar, molestar o capturar a los animales. Usos Prohibidos Introducir y extraer cualquier especie de flora y fauna. Realizar actividades contaminantes para los distintos ecosistemas del parque. El ingreso de mascotas. La construcción de trochas senderos y caminerias. El acampamiento y pernocta en la zona. La fijación de carteles y propaganda.

USOS PROHIBIDOS, RESTRINGIDOS Y PERMITIDOS Usos restringidos Filmaciones o fotografías con fines comerciales e institucionales. Vender bebidas alcohólicas, en los cafetines o restaurantes donde se expenda comida, de conformidad con el contrato de concesión. Colectar dinero. Desarrollar actividades deportivas en aquellos parques que no cuenten con las instalaciones adecuadas. Utilizar equipos de sonido, radios o cualquier instrumento musical que pueda causar perturbación sónica. Exhibir, fijar afiches, anuncios comerciales o efectuar cualquier tipo de publicidad. Cualquier otra que específicamente se establezca para cada parque en el Plan de desarrollo, administración y manejo respectivo.

USOS PROHIBIDOS, RESTRINGIDOS Y PERMITIDOS Zona de recreación activa Usos Prohibidos Entrar o salir por lugares distintos a los accesos correspondientes. Permanecer dentro de la zona fuera de las horas de visita. Ingresar en estado de ebriedad o toxicidad, consumir bebidas alcohólicas. La circulación de vehículos a motor y tracción a sangre. Trepar a los árboles, destruir, maltratar o extraer las plantas. Matar, maltratar, molestar o capturar a los animales. Introducir y extraer cualquier especie de flora y fauna. Realizar actividades contaminantes para los distintos ecosistemas del parque. El ingreso de mascotas. El acampamiento y pernocta en la zona. La fijación de carteles y propaganda.

USOS PROHIBIDOS, RESTRINGIDOS Y PERMITIDOS Usos restringidos filmaciones o fotografías con fines comerciales e institucionales. Vender bebidas alcohólicas, en los cafetines o restaurantes donde se expenda comida, de conformidad con el contrato de concesión. Colectar dinero. Desarrollar actividades deportivas en aquellos parques que no cuenten con las instalaciones adecuadas. Utilizar equipos de sonido, radios o cualquier instrumento musical que pueda causar perturbación sónica. Exhibir, fijar afiches, anuncios comerciales o efectuar cualquier tipo de publicidad.

USOS PROHIBIDOS, RESTRINGIDOS Y PERMITIDOS Zona de servicios Usos Prohibidos Entrar o salir por lugares distintos a los accesos correspondientes. Permanecer dentro de la zona fuera de las horas de visita. Ingresar en estado de ebriedad o toxicidad, consumir bebidas alcohólicas. La circulación de vehículos a motor y tracción a sangre. Trepar a los árboles, destruir, maltratar o extraer las plantas. Matar, maltratar, molestar o capturar a los animales. Introducir y extraer cualquier especie de flora y fauna. Realizar actividades contaminantes para los distintos ecosistemas del parque. El ingreso de mascotas. El acampamiento y pernocta en la zona La fijación de carteles y propaganda.

USOS PROHIBIDOS, RESTRINGIDOS Y PERMITIDOS Usos restringidos filmaciones o fotografías con fines comerciales e institucionales. Vender bebidas alcohólicas, en los cafetines o restaurantes donde se expenda comida, de conformidad con el contrato de concesión. Colectar dinero. Desarrollar actividades deportivas en aquellos parques que no cuenten con las instalaciones adecuadas. Utilizar equipos de sonido, radios o cualquier instrumento musical que pueda causar perturbación sónica. Exhibir, fijar afiches, anuncios comerciales o efectuar cualquier tipo de publicidad.