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DR. JORGE ELIECER BALLESTEROS SENADOR DE LA REPÚBLICA COMISIÓN SÉPTIMA SANTA MARTA SANTA MARTA 24 DE JULIO DE 2009 CICLO DE FOROS “POR UNA COLOMBIA BIEN.

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1 DR. JORGE ELIECER BALLESTEROS SENADOR DE LA REPÚBLICA COMISIÓN SÉPTIMA SANTA MARTA SANTA MARTA 24 DE JULIO DE 2009 CICLO DE FOROS “POR UNA COLOMBIA BIEN GOBERNADA 2008-2011”

2 Metodología: 1.Reforma: Ley 1122 de 2007 y normatividad relacionada 2.Situación Actual 3.Conclusiones 4.Propuestas AGENDA Y METODOLOGÍA Agenda: 1.Financiación 2.Sistemas de Información 3.Sistemas de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) 4. No POS

3 1. FINANCIACIÓN DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO

4 VINCULADOS SGP NO CUBIERTO POS-S. SALUD PÚBLICA GARANTIZAR COBERTURA RENTAS CEDIDAS RENTAS TERRITORIALES ESFUERZOS PROPIOS MUNICIPAL Y DEPT. GASTO DE BOLSILLO OTROS INGRESOS CUOTAS RECUPERADORAS 1.5% Cotización RÉGIMEN SUBSIDIADO E.T Reg. Contributivo. COPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS ETESA Impuestos Generales SUB CUENTA DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN SUB CUENTA DE COMPENSACIÓN SUB CUENTA DE SOLIDARIDAD SUB CUENTA ECAT FOSYGA FINANCIACIÓN DEL MODELO DE ASEGURAMIENTO Según Ley 1122 de 2007 fuentes de financiación del R.S.

5 Ley 1122 de 2007  ARTÍCULO 13. FLUJO Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS. Los actores responsables de la administración, flujo y protección de los recursos deberán acogerse a las siguientes normas : FINANCIACIÓN DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO

6 FLUJO Y PROTECCIÓN DE RECURSOS DEL R.S 1. SGP ACTORES DEL SISTEMA MES VENCIDO Fuente: Ley 715 de 2001. Articulo 53 y 64.

7 FLUJO Y PROTECCIÓN DE RECURSOS DEL R.S 3. RECURSOS PROPIOS Entidad Territorial BIMESTRE ANTICIPADO ACTORES DEL SISTEMA Fuente: Ley 80 de 1993. 2. FOSYGA TRIMESTRE ANTICIPADO ENTIDADES TERRITORIALES EPS- S BIMESTRE ANTICIPADO 100% CAPITACIÓN 50% OTROS IPS Fuente: Datos. Decreto 3260 de 2004. Articulo 1.

8 CONCEPTOAÑO 2002 *Cifras en millones 2006 *Cifras en millones Sistema General de Participaciones $2.054.510$2.041.512 FOSYGA- Solidaridad $1.181.686$1.546.895 Esfuerzo propios Entidades territoriales $54.211$605.350 TOTAL RÉGIMEN SUBSIDIADO $3.290.407$4.193.757 Fuente: Datos: Mauricio Santamaría. Fedesarrollo. Gráficas: UTL Senador Ballesteros DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE LAS FUENTES EN EL R.S

9 Ley 1122 de 2007 Articulo 13.  Intereses de Mora  Interventorías: 0.4% RS.  Supersalud: 0.2% RS. “…PARÁGRAFO 1. El Gobierno Nacional tomará todas las medidas necesarias para asegurar el flujo ágil y efectivo de los recursos del Sistema, utilizando de ser necesario, el giro directo y la sanción a aquellos actores que no aceleren el flujo de los recursos … ” FINANCIACIÓN DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO

10 PROBLEMAS FRENTE A LA FINANCIACIÓN 1. Incumplimiento del esfuerzo propio de las Entidades Territoriales 2. Incumplimiento de los giros del FOSYGA en oportunidad 3. Desconocimiento de la ejecución del SGP y EP 4. Autorización del Ministerio de Protección para el pago IMPACTO 1. Iliquidez de la EPS -> IPS publicas y privadas 2. Poca capacidad de negociación con prestadores e industria farmacéutica y proveedores de insumos 3. Mayores costos de salud 4. Ineficiencia FINANCIACIÓN DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO

11 11 Estas cuentas representan el 84% de la deuda total, es decir, $1.846.186.592 TOTAL DE LA DEUDA: $2.186.593.218 Cifras tomadas de la Contaduría General de la Nación a corte de Marzo 2009 ( 922 HOSPITALES )

12 1. ARSENAL NORMATIVO  Ley 715 de 2001 (Aplicable a Entidades Territoriales y demás pagadores públicos)  Decreto 050 de 2003 (Aplicable a EPS del régimen subsidiado)  Decreto 3260 de 2004 (Aplicable a EPS del régimen contributivo y también del régimen subsidiado)  LEY 1122 DE 2007 (Aplicable a todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud)  Decreto 4747 de 2007 (Aplicable a entidades territoriales, EPS del régimen contributivo y también del régimen subsidiado, Administradoras de riesgos profesionales e IPS)  Resolución 5334 2008 (Aplicable a las entidades territoriales para la atención en salud de los eventos NO POS) CONCLUSIONES FINANCIACIÓN

13 2. “Para que un sistema de salud sea “saludable“, es necesario que todas sus partes también lo sean. El Ministerio de la Protección Social y todos los organismos de vigilancia y control, tanto los propios del sector (SNS) como los generales definidos por el Estado (CGR,PGN,FGN), deben actuar con rapidez, pues el problema está tomando proporciones inimaginables, cuya falta de solución oportuna sólo traerá grandes damnificados, empezando por los usuarios, siguiendo con la red de prestadores tanto públicos como privados y continuando con los proveedores y los profesionales de la salud, llevando a su paso todo un recorrido de negligencia, falta de los deberes funcionales y corrupción. “ Fuente: Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas.

14 1. Mayor control por parte de la Superintendencia de Salud y demás instancias de control del Estado 2. Compromiso por parte de Ministerio de Hacienda y Entidades Territoriales en oportunidad PAC 3. Desvincular cuenta ECAT del Presupuesto General de la Nación 4. Fuentes alternativas para pagar deuda antigua: ▪Pago de recursos no ejecutados de contratos no liquidados del Régimen Subsidiado ▪Pago intereses de mora ▪Uso de los excedentes de la Subcuenta ECAT (Art. 43 Ley 1122 y el Art 45 de la Ley 1151 de 2006) PROPUESTAS FINANCIACIÓN

15 NORMATIVIDAD Ley 1122 de 2007  “ARTÍCULO 44. DE LA INFORMACIÓN EN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL. … PARÁGRAFO 1. En todo caso las Entidades Promotoras de Salud, EPS, garantizarán la administración en línea de las bases de datos de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, asegurando su depuración, y el correcto y oportuno registro de las novedades. Estas se administrarán de acuerdo a los lineamientos técnicos del Ministerio de la Protección Social y estarán al servicio de los diversos actores que deben tomar decisiones especialmente el Ministerio de la Protección Social, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, el FOSYGA, la Superintendencia Nacional de Salud, los Municipios, Distritos y Departamentos, las Administradoras del Régimen Subsidiado y los prestadores de servicios. …” 2.SISTEMAS DE INFORMACIÓN

16 AFILIADOS NÚMERO DE PERSONAS DIFERENCIA Contratados23.752.261 Carnetizados20.664.4673.087.794 Cargados en BDUA19.024.9221.639.545 Total diferencia contratados y cargados 4.727.339 SITUACIÓN ACTUAL: SISTEMAS DE INFORMACIÓN BDUA (FOSYGA) AFILIADOS a 30 de Mayo de 2009 Hay 4.727.339 personas por fuera del Sistema, aun cuando los cupos están contratados. Esto equivale a 1 billón 181 mil millones de pesos ¿Es este el costo de la ineficiencia del Sistema de Información?

17 Convenio Interadministrativo No. 168 entre la Superintendencia Nacional de Salud y la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD.  Muestra: 623 Municipios, equivalente al 50% del país  Fecha de inicio: 26 de agosto de 2008 Fecha de finalización: 30 de diciembre de 2008 Duración: 4 mes es

18 FUENTE: Convenio interadministrativo No. 168 entre la Superintendencia Nacional de Salud y la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD Inconsistencia No. PersonasParticipación Recursos afectados *Cifras en millones Duplicados en Régimen Subsidiado 114.9410,87% $29.251 Homónimos en Régimen Subsidiado 370.0912,79% $94.184 Duplicados en SISBEN1.516.0856,76% $385.825 Homónimos en SISBEN110.2780,49% $28.064 Subsidiados no registrados en SISBEN 3.798.87128,68% $966.766 Subsidiados con documento de identificación inválida 3.331.99025,15% $847.950 Duplicados entre Régimen Subsidiado y Contributivo 1.596.11012,05% $406.190 TOTAL RÉGIMEN SUBSIDIADO $ 2.344.341 * Unidad de pago por capitación para el Régimen Subsidiado (254.487)* No. de personas Acuerdo 381 de 2008 CNSSS.

19 CONCLUSIONES DEL ESTUDIO (CONVENIO NO. 168) 1. Las inconsistencias encontradas evidencian la ineficiencia y las dificultades en la gestión de la información en los Entes Territoriales 2. Bajo nivel de presencia por parte de la SNS en los Entes Territoriales, que históricamente trae como consecuencia el bajo reconocimiento y credibilidad con respecto a sus funciones de IVC en la focalización 3. Alto nivel de atraso tecnológico y desarticulación de las herramientas utilizadas para la administración de la información del Régimen Subsidiado 4. Inadecuadas estructuras organizativas institucionales que no permiten el pleno cumplimiento de las responsabilidades asignadas a los diferentes niveles territoriales en materia de Régimen Subsidiado CONCLUSIONES SISTEMAS DE INFORMACIÓN FUENTE: Convenio interadministrativo No. 168 entre la Superintendencia Nacional de Salud y la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD

20  Reingeniería técnica y administrativa del sistema de información redefiniendo competencias del Municipio, el Departamento y la Nación  Promover la adopción de mecanismos de control social por parte de los diferentes actores que integran el sistema nacional de la IVC  Sistema de información en línea y asesoría a los municipios para su actualización PROPUESTAS SISTEMAS DE INFORMACIÓN BDUA

21 LEY 1122 de 2007 CAPITULO VII INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL  Artículo 37. Ejes del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud. Para cumplir con las funciones de inspección, vigilancia y control la Superintendencia Nacional de Salud ejercerá sus funciones teniendo como base los siguientes ejes: 1. Financiamiento 2. Aseguramiento 3. Prestación de servicios de atención en salud pública 4. Atención al usuario y participación social 5. Eje de acciones y medidas especiales 6. Información 3. INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL

22  ARTÍCULO 38. CONCILIACIÓN ANTE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD  ARTÍCULO 39. OBJETIVOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD  ARTÍCULO 40. FUNCIONES Y FACULTADES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

23  ARTÍCULO 41. FUNCIÓN JURISDICCIONAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD  ARTÍCULO 42. DEFENSOR DEL USUARIO EN SALUD  CIRCULAR 054 DE JUNIO 2009. Establece competencias de inspección, vigilancia y control de los entes territoriales en las áreas de prestación de servicios de salud, aseguramiento de la población al SGSSS, su financiamiento y la salud pública

24 “EL DERECHO A LA SALUD en perspectiva de DERECHOS HUMANOS y el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Estado Colombiano en Materia de Quejas en Salud. …La poca efectividad del subsistema de inspección, vigilancia y control afecta no sólo la calidad de la prestación del servicio público de la salud sino el derecho a la salud que tiene la población. En el mismo sentido, se hace notoria la ausencia de coordinaciones efectivas entre las partes y componentes del sistema, las cuales tienden a actuar sin convergencia. Después de quince años de implementado, el subsistema de regulación y control no ha modificado sustancialmente el comportamiento del sistema y los errores continúan presentándose. Las diferentes partes y componentes que configuran el SGSSS no pueden, por su diseño (aislado, especializado y fragmentario), trabajar en armonía. La independencia funcional no permite que cada una conozca lo que hacen las otras, con lo cual las incapacita para recibir y transmitir mensajes de las demás y actuar según estas informaciones… ”

25 APLICACIÓN EFICIENTE DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL (IVC) CREADO MEDIANTE LA LEY 1122 DE 2007 Y NORMATIVIDAD COMPLEMENTARIA

26 NORMATIVIDAD  LEY 1122 DE 2007 ART 14 LITERAL J: En aquellos casos de enfermedad de alto costo en los que se soliciten medicamentos no incluidos en el plan de beneficios del Régimen Contributivo, las EPS llevaran a consideración del Comité Técnico Científico dichos requerimientos. Si la EPS no estudia oportunamente tales solicitudes ni las tramita ante el respectivo Comité y se obliga a la prestación de los mismos mediante acción de tutela, los costos serán cubiertos por partes iguales entre las EPS y el Fosyga.  RESOLUCIÓN 3099 DE 2008. Regulación Comités Técnicos Científicos (CTC)  SENTENCIA C-463 DE 2008. la Corte Constitucional decidió declarar exequible el literal j) del artículo 14 de la Ley 1122 de 2008 señalando que “los usuarios tanto del Régimen Contributivo como del Subsidiado podrán presentar solicitudes de atención en salud ante las EPS en relación con la prestación de servicios médicos -medicamentos, intervenciones, cirugías, tratamientos, o cualquiera otro-, ordenados por el médico tratante y no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud… En el caso del Régimen Subsidiado ésta disposición deberá entenderse en el sentido de que los costos de la prestación ordenada vía de tutela serán cubiertos por partes iguales entre las EPS y las entidades territoriales, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley 715 del 2001”.

27 USOS NO POS DE VINCULADOS IPS Públicas Nación SGP – PPNA Recursos territorial Afiliados Ente territorial Factura Fuente: Ministerio de la Protección Social

28 IPS Públicas Nación SGP – PPNA Recursos territorial Servicios No – POS Afiliado Ente Territorial Subsidiado Factura EPS Servicios No - POS Afiliado Tutela Recobro IPS Públicas Nación SGP – PPNA Recursos territorial Ente Territorial Subsidiado USOS MEDIANTE TUTELAS NO – POS R. SUBSIDIADO USOS NO – POS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO USOS NO POS RÉGIMEN SUBSIDIADO Fuente: Ministerio de la Protección Social

29 SALIDA SENTENCIA C 463 DE 2008 RECOBROS. VALOR PRESENTADO VS. VALOR PAGADO POSTERIOR SENTENCIA C-463 DE 2008 Fuente: Base de Datos Recobros Administrada por Consorcio FIDUFOSYGA CORTE FEBRERO DE 2009

30  Pese a las medidas tomadas para racionalizar las tutelas y los recobros en materia de medicamentos y procedimientos No POS, sigue creciendo la demanda de recobros, lo que amenaza la estabilidad del Sistema.

31  Establecer un sistema de precios de referencia de medicamentos no POS para evitar sobrecostos en los recobros  Negociaciones centralizadas de insumos y medicamentos MPS / Mincomex / Proveedores  Redefinición del POS y del no POS  Autorregulación (ÉTICA MÉDICA)


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