Mejores prácticas sobre acceso a la información pública: Consejo para la Transparencia de Chile Raúl Ferrada Carrasco Director General Washington, Estados.

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Transcripción de la presentación:

Mejores prácticas sobre acceso a la información pública: Consejo para la Transparencia de Chile Raúl Ferrada Carrasco Director General Washington, Estados Unidos. Diciembre de 2010

Agenda de transparencia en Chile El proceso de instalación del derecho de acceso:

Historia de la Implantación de la Ley: Hitos en la agenda de la transparencia en Chile Moción Senadores Hernán Larraín y Jaime Gazmuri (Enero 2005) Comisión Asesora Presidencial de Probidad y Transparencia (Nov. 2006) Casos emblemáticos: fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (sentencia Claude Reyes v/s Estado de Chile). Reforma Constitucional: un nuevo artículo 8°. Ley sobre Acceso a la Información publicada el Diario Oficial el 20 de Agosto de Entrada en vigencia el 20 de Abril de 2009.

El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional. Artículo 8º de la Constitución Política:

El Derecho de Acceso a la Información Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier Órgano de la Administración del Estado, en la forma y condiciones que establece esta ley (Artículo 10 de la Ley )

Consejo para la Transparencia, características y funciones principales Antecedentes:

Corporación autónoma de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio propio y atribuciones para fiscalizar y sancionar el cumplimiento de esta Ley. Tiene por objetivo promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de los Órganos de la Administración del Estado y garantizar el derecho de acceso a la información. ¿Qué es el Consejo para la Transparencia?

Facultades del Consejo Facultades Normativas (art. 33, letras d, e y f) Facultades de Promoción, Capacitación, Difusión e Información (art. 33, letras c, g y h) Facultades Fiscalizadoras (art. 33, letras a y m, en materia de acceso y protección de datos) Facultades en Resolución de Casos (art. 33, letra b) Facultades Sancionadoras (art. 45 y siguientes)

Transparencia Activa y Derecho de Acceso a Información Pública Marco Normativo:

Marco normativo: Transparencia Activa Organismo de la Administración del Estado Los actos y documentos. Las potestades, responsabilidades, funciones o tareas. La estructura orgánica. El personal de planta, a contrata y el que se desempeñe en virtud de un contrato de trabajo, y contratadas a honorarios. Las contrataciones para el suministro de bienes muebles. Las transferencias de fondos públicos que se efectúen. Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros. Trámites. Beneficios y subsidios. Mecanismos de participación ciudadana. Presupuesto asignado, y los informes sobre su ejecución. Auditorías Internas. Mecanismos de participación, representación e intervención. Empresas Públicas Marco normativo. Su estructura orgánica Sus estados financieros y memorias anuales. Sus filiales o coligadas y … Composición de directorios... Información consolidada del personal y la remuneración global … Toda remuneración de responsables de la dirección y administración superior de la empresa. Organismos Autónomos Los mismos del art. 7° Ley de Transparencia Instrucciones vía normas propias Listado cerrado: Contraloría, Banco Central, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, Tribunales en general y el Congreso Nacional Ámbitos: Fiscalización + Regulación Derecho a Reclamo Art. 7°, Ley de Transparencia Art. decimo, Ley

Marco normativo: Derecho Acceso Plazo Respuesta: 20 días hábiles (prórroga fundada 10 días) Receptores: Órganos de la Administración del Estado Titular: Toda persona (art. 10 Ley de Transparencia Solicitud de Información Recepción de solicitud/ Entrega información solicitada No entrega información solicitada Excepciones: (art. 21, Ley de Transparencia) Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte… 1)El debido cumplimiento de las funciones del órgano. 2)Los derechos de las personas… 3)La seguridad de la Nación… 4)El interés nacional… 5)Documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos…. Consejo para la Transparencia Derecho de Amparo 15 días

Definiciones estratégicas principales y construcción de narrativa Desarrollo Institucional:

INSTALAR el Consejo para la Transparencia en base a un modelo de gestión pública de calidad. INSTALAR el Consejo para la Transparencia en base a un modelo de gestión pública de calidad. PROMOVER el principio de transparencia y difundir el derecho de acceso a la información pública. PROMOVER el principio de transparencia y difundir el derecho de acceso a la información pública. GARANTIZAR el derecho de acceso a la información pública y fiscalizar el cumplimiento de los deberes de transparencia. Perfeccionar la REGULACIÓN de la normativa en materia de transparencia y del derecho de acceso a la información. Perfeccionar la REGULACIÓN de la normativa en materia de transparencia y del derecho de acceso a la información. Lineamientos Estratégicos Autonomía Imparcialidad y Objetividad Responsabilidad Eficiencia y Eficacia Probidad Pro actividad Misión: Existimos para promover y cooperar en la construcción e institucionalización de una cultura de la transparencia en Chile, garantizando el derecho de acceso a la información pública de las personas.

VisiónValoresObjetivosMisión Modelo de Gestión Mapa estratégico anclado en sus definiciones estratégicas, en base a metodología Balanced Scorecard. Instalación del Enfoque del Cliente como eje central en el Modelo de Valor del Consejo. Implementación de un organización basada en procesos.

La implementación de una cultura de la transparencia trae consigo una serie de beneficios, tanto para los organismos del Estado, para la ciudadanía y el país en general, lo que podría resumirse en la afirmación todos ganan: Mayor legitimidad y credibilidad del aparato público, al brindar confianza en la labor de los organismos y de los propios funcionarios. Mayor preocupación por hacer las cosas bien. Mayor inserción del país, imagen y reputación internacional. Mayor participación y control de los ciudadanos del accionar público. Contribución a la educación cívica: mayor conocimiento de la labor del Estado. Lo que impacta, finalmente, en un aporte a la profundización de la democracia. La Transparencia produce valor público

Ámbito de Cooperación Internacional Cooperación técnica del BID y del IFAI para proceso de instalación 2010 – 2011 Participación institucional en la redacción de la Ley Modelo de Acceso a la Información impulsada por la OEA Desarrollo Proyecto Diagnostico y Modelo de Red de Intercambio de Conocimiento financiado con donación del Banco Mundial en el que participan: Perú, Bolivia, Uruguay, México, Canadá y Chile. Plan Piloto de plataforma de intercambio de experiencia con el IFAI

El Consejo en números: Transformaciones relevantes desde la instalación del derecho (Estadísticas de gestión al 30 de Noviembre de 2010)

Difusión y Capacitación consultas recepcionadas hasta fines de Noviembre En el ámbito de la PROMOCIÓN se efectuaron un total de 108 actividades, con más de participantes y presencia en el 93% del territorio nacional, focalizadas en organismos de gobierno, municipalidades y sociedad civil.

Derecho de Acceso: un derecho que sostenidamente se empieza a ejercer Fuente: Informe Estadístico N°19 de Solicitudes Ley ; Octubre Comisión de Probidad y Transparencia, MINSEGPRES solicitudes de información : 46% de solicitudes a Ministerios Sociales. Ministerio del Trabajo y Previsión Social (16%) 33% de solicitudes a Ministerios Económico Ministerio de Educación (11%) 21% de solicitudes a Ministerios Políticos Ministerio de Defensa Nacional (17%)

Solicitudes de Amparo de Información casos (89%) presentan una decisión notificada del Consejo Directivo: 54% Decisiones de fondo; 37% Decisiones de inadmisibilidad; 7% Desistimientos casos ingresaron durante Abril de 2009 y Noviembre 2010.

Líneas jurisprudenciales y competencia del Consejo Ámbito subjetivo Organismos autónomos: CNTV y Universidades Públicas. Empresas públicas y empresas y sociedades del Estado. Órganos fuera de la órbita de fiscalización del Consejo por disposición expresa de la LAIP. Entidades privadas instrumentales creadas por la Administración y programas presupuestarios. Ámbito objetivo Extemporaneidad. Carácter genérico de las solicitudes. Solicitudes con un objeto diferente del acceso a información. El Derecho a acceder a información pública como derecho fundamental Prueba y causales de secreto. Test de daño y test de interés público.

Instalación del derecho en base a un proceso normativo estructurado Etapa 1: Aplicación Ley Etapa 2: Regulación ámbito sectorial Input: Definiciones Institucionales Input: Gestión del Conocimiento Etapa 3: Evaluación de Impacto 2012

Avances en el ámbito regulatorio y fiscalización Nueve instrucciones generales impartidas, regulando las materias de enlaces, recepción de reclamaciones, transparencia activa, costos de reproducción y limitación de índices documentos de carácter secreto ó reservado. En implementación procesos de fiscalización con foco en Transparencia Activa: Cobertura 100% de los organismos de la administración central (267). Se establecen líneas de apoyo permanente para los sujetos obligados en pro de una correcta internalización de los conceptos de transparencia activa.

Fiscalización en Transparencia Activa Resultados revisión a los organismos de la Administración Central. Se revisó un total de 261 instituciones, representando un 100% de cobertura de fiscalización. El promedio general de cumplimiento a las disposiciones legales fue del 88%, siendo los mejores ítems evaluados: (i)Presupuesto (ii)Auditorías (iii)Actos y documentos Diario Oficial.

Retos pendientes

Desarrollo Institucional Elevar los niveles de posicionamiento institucional y público. Completar el proceso de consolidación de las capacidades institucionales. Generar un sistema de información integrado Implantar una política de gestión documental Perfeccionar legislación en materia de protección de datos personales

Conclusiones El sistema de transparencia en Chile se fundamenta en una norma constitucional, una ley especial y un órgano autónomo de vigilancia con facultades normativas, fiscalizadoras, sancionatorias y asesoras. Estratégicamente el Consejo para la Transparencia optó desde un inicio por ser un agente facilitador y colaborador en la implantación de la cultura de la transparencia en Chile, consciente de que se trata de un proceso de largo plazo. Para desarrollar su estructura y líneas de trabajo, ha optado por implementar herramientas de gestión que le permiten trabajar bajo los conceptos de gestión por procesos y orientación al cliente, alineado además a los procesos que se gestionan en la administración pública (gestión por resultados). Sus principales desafíos se enfocan a completar las capacidades institucionales y seguir avanzando en la mejora continua de sus prestaciones acorde a las necesidades institucionales y requisitos de los clientes y otras partes interesadas.