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Proyecto de Ley que Modifica la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado.

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Presentación del tema: "Proyecto de Ley que Modifica la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado."— Transcripción de la presentación:

1 Proyecto de Ley que Modifica la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado

2 Introducción El proyecto de ley modifica principalmente la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. Consecuencialmente, se modifican otros textos legales, como la ley Orgánica de la Contraloría General de la República, la Ley orgánica Constitucional el Banco Central y la ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

3 Estado actual de tramitación del proyecto de ley El proyecto de ley se originó por moción de fecha 2 de junio de 2011, de los entonces diputados Jorge Burgos, Alberto Cardemil, Marcelo Díaz, Edmundo Eluchans, Felipe Harboe y Andrea Molina. Actualmente, el proyecto de ley se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado, en la comisión especial encargada de conocer proyectos de ley relativos a probidad y transparencia. El proyecto fue aprobado en general el día 1° de octubre de 2013, por la sala del Senado. En dos oportunidades se han ingresado indicaciones del Ejecutivo. En el gobierno anterior, se ingresaron en el mes de noviembre de 2013. El actual gobierno ingresó indicaciones en el mes de agosto de 2014. El proyecto de ley ha sido objeto de sucesivas urgencias, la última de las cuales fue formulada el día 15 de abril de 2015.

4 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Se amplía el campo de aplicación de la ley incorporando a las corporaciones y asociaciones municipales. Se establece el deber de llevar un archivo de información que sea de control, responsabilidad o competencia de los órganos de la Administración. Su regulación deberá constar en un reglamento expedido por el Ministerio de Educación y suscrito por el Ministerio de Hacienda. Se agregan requisitos para que la información en poder de la Administración sea considerada pública: Debe ser entregada en virtud de un mandato legal o a requerimiento de la Administración, en el ejercicio de sus competencias.

5 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Sobre Transparencia Activa: Se establece el deber de publicar remuneraciones a) Del personal sujeto al Código del Trabajo y, b) De las autoridades que desempeñen labores en el servicio respectivo que sean de elección popular o designadas mediante otros mecanismos. Se establece el deber de publicar declaraciones de intereses y patrimonio, de autoridades y funcionarios obligados a presentarlas. Se establece el deber de publicar la normativa reglamentaria y administrativa vinculada a esta ley. Se establece el deber de publicar un índice actualizado de actos y documentos declarados secretos.

6 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Sobre correos electrónicos: Se precisa el derecho al acceso a la información, comprendiendo el acceso a correos electrónicos que, en el ejercicio de sus funciones, las autoridades, funcionarios y servidores públicos hayan enviado o recibido a través de sus casillas electrónicas institucionales. Dichos correos deberán ser actos o resoluciones finales, sus fundamentos o sustento o complemento directo y esencial. Lo anterior, siempre y cuando no se trate de deliberaciones u otras causas legales de reserva.

7 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Sobre los aspectos formales de la solicitud de acceso: El organismo deberá solicitar fundadamente la subsanación de la solicitud, cuando se refiera a omisión de aspectos formales. En el caso de que el requerimiento de subsanación fuere infundado, se podrá recurrir de amparo ante el Consejo para la Transparencia. Sobre la derivación de la solicitud: Se precisa el plazo para derivar solicitudes a los órganos competentes: 5 días hábiles. En caso de derivación, el plazo para responder una solicitud se contará desde que se recibe la derivación en el organismo derivado.

8 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Facultad de oposición de terceros Se amplían los plazos para solicitar y formular oposición de un tercero cuyos datos personales sean solicitados: 5 y 10 días. Se establece el silencio negativo en el caso en que no se formule oposición, cuando se trate de datos personales. No procederá solicitar la oposición de terceros en los siguientes casos: a) Cuando el servicio justifique que no existen derechos afectados o que el Consejo se haya pronunciado. b) Cuando el servicio acredite que la información es secreta de acuerdo a una ley de quórum calificado o el Consejo se haya pronunciado en tal sentido. Se establece un procedimiento especial para el caso de correos electrónicos.

9 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Sobre el amparo ante el Consejo para la Transparencia: Se aumenta el plazo para interponer el amparo a 20 días hábiles. Se establece la facultad del Consejo para promover instancias alternativas de solución. Se establece la posibilidad de que el Consejo realice notificaciones mediante comunicación electrónica. Se establece una regulación especial para el caso de que el amparo se refiera a correos electrónicos. Se establece un plazo para que el Consejo resuelva un amparo (o reclamo en el caso de transparencia activa): 120 días desde su presentación o subsanación, según corresponda.

10 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Procedencia del recurso especial de reposición: Se establece el recurso especial de reposición frente a la denegación de información del Consejo. Causales específicas para su interposición: Manifiesto error de hecho que haya sido determinante para la decisión o que aparecieren antecedentes de valor esencial que hayan sido ignorados al dictarse aquélla. Procedencia del recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia: Se establecen causales específicas en contra del fallo del reclamo de ilegalidad. Causales específicas: distintas interpretaciones de la Corte de Apelaciones. Regulación especial de su tramitación

11 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Establecimiento de la cuenta pública participativa anual del presidente del Consejo para la Transparencia. Aumento de sanciones para autoridades que infrinjan transparencia activa y pasiva: censura, multa del 50% de la remuneración y suspensión del empleo.

12 Principales modificaciones formuladas en el proyecto Sobre correos electrónicos Modificaciones a la ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Modificaciones a la ley Orgánica Constitucional del Banco Central. Regulación respecto de los Tribunales de Justicia, Ministerio Pública, Tribunal Constitucional, Justicia Electoral y el Congreso Nacional.

13 Gracias.


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