JUNIOR GARCIA V. GESTIÓN DE MERCADEO PRESENTADO POR:

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL COJOWA
Advertisements

1. Firma acta de constitución COPASO
COMITÉS PARITARIOS DE SALUD OCUPACIONAL
SUB DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
HISTORIA CLÍNICA RESOLUCIÓN 1995/99 MIN. PROTECCIÓN SOCIAL
Ministerio de la Protección Social República de Colombia
COMITÉ BIPARTITO DE CAPACITACIÓN
GUIA PARA LA FORMACIÒN DE LAS COMISIONES DE SALUD OCUPACIONAL
COMITÉ PARITARIO OBJETIVO
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
1. 2 ¿Qué mundo queremos heredar? ¿Cómo ayudar?
Artículo 2º: Ámbito de aplicación La presente Ley es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios, comprende a todos los empleadores y los.
LA EXCELENCIA EN EL TRABAJO
Jairo Andres Martínez Pallares 20136
EL COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
COMITES PARITARIOS DE SALUD OCUPACIONAL (COPASO)
UNIDAD DE GESTIÓN DE POSTGRADOS
MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Ministerio de la Protección Social
MARCO LEGAL SALUD OCUPACIONAL.
COMITÉS PARITARIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Resolución 2013 Del 86 Comité Paritario
COPASO Resolución 2013/1986 Art. 63º Dcto. 1295/ 1994
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL COPASO Y/O VIGIA
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
SALUD LABORAL EN EL MAGISTERIO
COPASO COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL.
SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
ACCIDENTES DE TRABAJO. Un accidente de trabajo es el que sucede al trabajador durante su jornada laboral o bien en el trayecto al trabajo o desde el trabajo.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL. El Comité Paritario de Salud Ocupacional Constituye un medio importante para promocionar la Salud Ocupacional en.
COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
OBJETIVO: PLANTEAR LOS LINEAMIENTOS PARA VELAR POR EL BIENESTAR MENTAL Y FISICO DE TODOS LOS MIEMBROS DE CASA INGLESA Registro Uniforme de Evaluación del.
SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
FUNCIONES y RESPONSABILIDADES DEL COPASST
Obligaciones de los partícipes del Sistema de Riesgos Profesionales
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES (DECRETO LEY 1295 DE 1994 y otros relacionados con el COMITÉ PARITARIO DE SST.
COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST)
CONCEPTOS BÁSICOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Código 91 / 2010 REGLAMENTO INTERNO Enero 2010.
QUE ES UN COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL?
Contiene identificación de la empresa y datos importantes como: actividad económica, sucursales, ARL, clase de riesgo, entre otros. Además, debe registrar.
FUNCIONES Y RESPÒNSABILIDADES EN HSEQ
Conceptos sobre SALUD OCUPACIONAL. Dra. Cindy nieto
MARCO LEGAL DE LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA
Que es un Comité de Seguridad y Salud Ocupacional
COPASO COMO HERRAMIENTA DE LUCHA SINDICAL CONTENIDO
COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST)
DECRETO LEY 1295 DE 1994.
Responsabilidad Civil y Penal ante accidentes laborales.
(Comité Paritario de seguridad y salud en el trabajo)
Rama de la salud pública orientada a promover y mantener en el mayor grado posible el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, protegiéndolos.
RESOLUCIÓN 1016 DE 31 DE MARZO – 1989 SE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL QUE DEBEN DESARROLLAR.
IMPORTANTE… Te invitamos a revisar cada mes KOALAS PREVIENE donde encontrarás temas importantes relacionados con la salud en el trabajo. Pueden ver a continuación,
APOYAR LAS ACTIVIDADES DE SALUD OCUPACIONAL DESARROLLO DE LA CLASE
Seminario sobre Salud y Seguridad Ocupacional
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Estándares de Salud Ocupacional en la empresa PYME.
PROFESOR : L. JAVIER BERDUGO PALMA SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES DECRETO 1295 – 22 DE JUNIO DE 1994 DEFINICIÓN : Conjunto de entidades públicas.
INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN EN SALUD OCUPACIONAL
SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1 DIVISIÓN DE CAPACITACIÓN - 17/06/98 - VERSIÓN 01 - Código D2037-DCAP Versión 1 COMO HACER DE LOS COMITES EQUIPOS EFICIENTES.
COPASST EN LA TERMINAL DE TRANSPORTE DE VILLAVICENCIO El Comité Paritario para la Seguridad y Salud en el Trabajo es un organismo de promoción y vigilancia.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL RESOLUCIÓN No DE 2008.
EQUIPO Es un EQUIPO, que desarrolla y promueve actividades de prevención y control de factores de riesgo que puedan afectar la salud y seguridad de los.
CAPACITACIÓN PARA TRABAJO EN ALTURAS RESPONSABILIDAD LEGAL
RESOLUCIÓN 2013 de 1986.
Transcripción de la presentación:

JUNIOR GARCIA V. GESTIÓN DE MERCADEO PRESENTADO POR:

SALUD OCUPACIONAL: Se define como la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo.

COPASO Lo primero que debemos señalar, es que todo lo que signifique mejorar los aspectos de la seguridad industrial, no puede ser visto como una carga ni física ni económica para el empleador, ni menos para el trabajador y aunque es una imposición legal la creación del Copaso, este debe ser visto y desarrollado a conciencia.

DEFINICION: El Comité Paritario de Salud Ocupacional es el organismo que debe velar por la promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional (medicina, higiene, medio ambiente laboral y seguridad industrial) dentro de la empresa, minimizando los riesgos profesionales.

El comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional dentro de la empresa. Tiene la característica de estar conformado por igual número de representantes por parte de la administración e igual número de representantes por parte de los trabajadores, de allí su denominación de paritario.

FUNCIONES  Proponer a las directivas de la empresa, actividades de capacitación en Salud Ocupacional.  Recomendar la adopción de medidas que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes laborales.  Vigilar el desarrollo de las actividades del “ programa de salud ocupacional”.  Realizar el análisis de las causas relacionadas con la presentación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, proponiendo medidas correctivas.  Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes laborales, máquina y equipos.  Considerar las sugerencias específicas de los empleados.  Servir como organismo de entendimiento entre el comité y los empleados.  Solicitar informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales.  Elegir secretario(a) del comité, quien mantendrá un archivo de las actas de cada reunión.  Conocer y aplicar las disposiciones establecidas en la resolución 2013 de 1986 y decreto 1295/94 y las demás reglamentaciones en salud ocupacional. Las demás funciones que le correspondan según las normas vigentes sobre salud ocupacional.

COMO ESTA FORMADO El COPASO debe estar conformado por igual número de representantes por parte de la administración e igual número de representantes por parte de los trabajadores. El empleador debe nombrar sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre. El Vigía Ocupacional es elegido por el empleador, no requiere proceso de votación. El período de vigencia de los miembros del Comité es de 2 años, al cabo del cual podrán ser reelegidos.

Empresas con 10 y hasta 49: (1 representante de los trabajadores y 1 del empleador) Empresas con 50 y hasta 499: (2 representantes de los trabajadores y 2 del empleador) Empresas con 500 y hasta 999: (3 representantes de los trabajadores y 3 del empleador) Empresas con más de empleados: (4 representantes de los trabajadores y 4 del empleador)

Las empresa de menos de 10 trabajadores no están obligadas a tener Copaso, pero si deben tener un Vigía Ocupacional, quien cumplirá las mismas funciones del Comité Paritario (Decreto 1295 de 1994, parágrafo).

LOS QUE NO TIENEN COPASO  Debe ser registrado en el Ministerio de Protección Social, el cual puede verificar su legalidad por medio de visitas a las empresas.  El COPASO se debe reunir por lo menos una vez al mes en la empresa y en horas de trabajo y mantener un archivo de las actas de reunión  El artículo 91, numeral 2º del Decreto 1295 de 1994 establece multas hasta de 500 s.m.m.l.v. para el empleador que incumpla toda la normatividad existente sobre Riesgos Profesionales, además de la posibilidad de suspensión de actividades y hasta el cierre definitivo de acuerdo a la omisión.

MARCO LEGAL La Ley 9ª de o Código Sanitario Nacional La Resolución 2400 o Estatuto de Seguridad Industrial El Decreto 614 / 84, que implementó el Plan Nacional de Salud Ocupacional La resolución 2013 / 86 que reglamenta los COPASO (Comité Paritario de Salud Ocupacional) La Resolución 1016 que reglamenta los Programas de Salud Ocupacional para las empresas El decreto 1295 / 94 de la Ley 100 establece la Administración de los Riesgos Profesionales. La resolución 2463 / 01 reglamenta la integración, financiación y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez

INSCRIPCION: se descarga el formato del Registro Automático del Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía Ocupacional El Registro es válido por dos (2) años y debe realizarse a mas tardar a los ocho días de constituido el Comité Paritario de Salud Ocupacional o a la designación del Vigía Ocupacional (Copaso). El Registro es automático y debe verificarse que el formulario esté debidamente diligenciado. El empleador debe custodiar y conservar el acta de convocatoria, conformación, investigación y listado de votantes que demuestre la debida elección del Copaso. Las entidades Administradoras de Riesgos Profesionales ejercerán vigilancia y control sobre sus empresas afiliadas, conforme a los Artículos 35, 56 y 80 del decreto 1295 de 1994.