CONVIVENCIA ESCOLAR IED CAFAM LA ESPERANZA VIDEO

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Transcripción de la presentación:

CONVIVENCIA ESCOLAR IED CAFAM LA ESPERANZA 2013-2014 VIDEO PRESENTACIÓN TEÓRICA DINÁMICA

LEY DE CONVIVENCIA ESCOLAR. LEY 1620 DE 2013 Angélica Guillen Araque Carolina Méndez Edgar Vidal

DIAGNÓSTICO A PARTIR DE LA ENCUESTA NACIONAL DE DESERCIÓN

Ley 1620 del 15 de marzo de 2013, POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR

Objetivo de la ley Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994- mediante la creación del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y el embarazo en la adolescencia

Conceptualización COMPETENCIAS CIUDADANAS: Conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática. CIBERBULLYING O CIBERACOSO ESCOLAR: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado ACOSO ESCOLAR O BULLYING: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento , amenaza o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico por uno o varios pares con quienes mantiene una relación de poder Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos, sexuales y reproductivos. Para relacionarse consigo mismo con los demás, por el otro por el entorno.

Art. 13 Funciones del Comité de Convivencia Escolar Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. Liderar acciones que fomenten la convivencia, ciudadanía, DDHH, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Promover la vinculación de los Colegios a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región. Convocar a conciliación, por solicitud de cualquiera de los miembros del Colegio o de oficio en procura de evitar perjuicios irremediables. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral por actos o información que no pueden ser resueltos por este comité (manual de convivencia), porque revistan las características de la comisión de una conducta punible, el cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades. 6. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia y presentar informes 7. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio. Nota: Se da su propio reglamento así como la elección del Docente que lidera la convivencia

En el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, se estableció que los manuales de convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar, que permitan aprender del error, respetar la diversidad, dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos.

El manual concederá al: Educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones, A los estudiantes, el manual les concederá un rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral. El manual además debe incorporar además de lo anterior, las definiciones, principios y responsabilidades que establece la presente ley, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción y prevención y atención de la Ruta de Atención Integral para la convivencia Escolar.

Art 19. Responsabilidades de los docentes . Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes . Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia

Art 20. Responsabilidades de los Padres de Familia . Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.  Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos.

Ruta de Atención Integral Define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. las instituciones y entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos que se presenten en los establecimientos educativos o en sus alrededores.

Componentes de la Ruta de Atención Integral Promoción: determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad. Prevención: deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente Atención: deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética e integral. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo. Seguimiento: se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

ESTRATEGIAS IMPLEMENTADAS EN LA IED CAFAM LA ESPERANZA PARA LA SANA CONVIVENCIA Solución de conflictos. (cámara de comercio) Manual de convivencia, interiorización de normas, reflexiones. Atiende estudiantes que se encuentran en etapa 5 y 6 , brindando estrategias y sugerencias para mejorar. Por parte de docentes se realiza acompañamiento en los descansos con el fin de detectar factores de riesgo en los estudiantes. Programa Hermes Asesoría de Grupo Comité de Convivencia Acompañamiento

Gracias