Ningún Estado puede utilizar su territorio, o permitir que sea utilizado, de forma que se cause un perjuicio en el territorio de otro Estado o a objetos.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Conceptos básicos de PRL
Advertisements

Taller Regional dirigido a promover la Ratificación del Protocolo de Responsabilidad e Indemnización por daños causados por los Movimientos Transfronterizos.
INTRODUCCIÓN A LA TEMÁTICA AMBIENTAL Conceptos de base
1.- LOS RIESGOS NATURALES Y SU CLASIFICACIÓN EL CONCEPTO DE RIESGO NATURAL ES LA PROBABILIDAD, PEQUEÑA O GRANDE, DE QUE LA POBLACIÓN DE UNA.
LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES:
Convenio número 98 Sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical.
Marco legal y regulatorio para la implementación de la GIRH Aspectos legales de la gesti ó n de recursos h í dricos compartidos.
PROTECCIÓN CIVIL ELX.
MISIÓN Y NORMAS DE ACTUACIÓN: La misión de una organización es la que declara cual es el objeto de nuestros esfuerzos; mientras que las normas de actuación.
DESASTRE Evento de origen natural o provocado por el hombre que causa alteraciones intensas en las personas, los bienes, los servicios y ó el medio ambiente.
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
VALORES ETICOS FUNDAMENTALES
TEMA: Implementación OHSAS Ing. Larry D. Concha B.
NOM-028-STPS-2012 Sistema para la administración
BRASILIA, ABRIL DE Pág. 1 CLASIFICACIÓN DE GARANTÍAS DEL CRÉDITO TRIBUTARIO: - GARANTÍAS GENERALES - GARANTÍAS ESPECÍFICAS.
INFORME DEL AUDITOR Lcda. Yovana Márquez.
Electivo Integración Normas de Calidad, Seguridad, Medio Ambiente y Riesgos en la Gestión de la Empresa. Profesor : Fernando Vargas Gálvez Ingeniero Civil.
DAÑO AMBIENTAL TRANSFRONTERIZO
ACNUR Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados
Seguridad Industrial. UNE
ACTIVO DE SEGURIDAD Y SALUD NOVIEMBRE/02. RESOLUCION NO. 31/02 DEROGA LA RESOLUCION NO. 37 DE OCTUBRE 01 DEL MTSS, MEDIANTE LA CUAL SE DEROGO LA RESOLUCION.
Determinación del costo de una importación
Comentarios a la Sentencia C-123 de 2014
EL ACTO ADMINISTRATIVO
CONFERENCIAS INTERNACIONALES PARA LA CONSERVACIÓN MEDIOAMBIENTAL
PERMISO DE TRABAJO_3.
PLAN DE VENTAS ALFONSO ENRIQUE HERRERA GRANADOS
Datos del Inventario Nacional de Balsas y Escombreras ( )
Normas de Origen Marco Teórico.
AUDITORIAS DE SEGURIDAD
DIAGNÓSTICOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
De Prevención y Control Integrados de la Contaminación
DERECHO DE PETICION Art. 23 Constitución de 1991.
Manual de Monitoreo de Derechos Humanos en los Centros de Privación de Libertad por parte de las Defensorías Públicas -Visitas Generales-
Gestión de Recursos Humanos
La gestión de la prevención como causa indemnizatoria Rafael A. López Parada Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Inspector.
Etica “Es un conjunto de valores y reglas que definen la conducta correcta e incorrecta” Hay 4 fuerzas básicas que influyen en la conducta ética de las.
Implementación OHSAS TEMA: Implementación OHSAS Ing. Larry D. Concha B. UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO.
Presidencia de la Nación Argentina
SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL (SGA), ISO y 14001
DERECHOS DE LOS NIÑOS.
SALUD OCUPACIONAL DAYANA VANESSA OSORIO VERA GRADO: 11 SENA LICEO MIXTO LA MILAGROSA SANTIAGO DE CALI 8 DE NOVIEMBRE DEL 2013.
Mecanismo de participación, poder de negociación
Art. CCI 1998 NormaArt. CCI 2010Norma 4 (1)“La parte que desee recurrir al arbitraje conforme al presente Reglamento deberá dirigir su demanda de arbitraje.
YENDY PAOLA MORALES MESA LINA MARCELA ALBA HURTADO
DERECHOS DE LOS NIÑOS.
Control Interno La estructura de control interno de una entidad consiste en las políticas y procedimientos establecidos para proporcionar una seguridad.
AUDITORIA NIA 500 “EVIDENCIA DE AUDITORIA”
Sistema Integrados de Gestión Ventajas, Desventajas
TRATADOS INTERNACIONALES FIRMADOS POR MEXICO
 Toda organización debe asegurar a los trabajadores y otras personas que puedan ser afectadas por los riesgos laborales en todo momento porque puede.
Esta presentación es una interpretación normativa actual sobre la Ley de Habeas Data hecha por el Departamento Jurídico de Bancóldex, razón por la cual,
Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización.
SENSIBILIZACIÓN OHSAS 18001:2007.
Conversatorio: La coyuntura migratoria actual en la región y los riesgos asociados a los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes: Retos.
Conceptos básicos de PRL
Fuentes para la Prevención de Riesgos Laborales La Constitución Española La Constitución Española La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 del.
Control Interno.
FUNDAMENTOS DE SEGURIDAD
AUDITORÍAS MEDIOAMBIENTALES
ANGIE PAOLA SOLANO CASTIBLANCO DAR SOPORTE A LOS PROCESOS NORMAS ISO DOC. JOHANA LÓPEZ CHAVEZ SENA 2010.
ARNULFO CIFUENTES OLARTE Abogado
GAJAH ANNUAL REPORT 2015 | ‹#› Módulo 8 – Proceso de aprobación/aceptación.
Prevención y Protección frente a riesgos profesionales
I.0. Evalúa los riesgos de cada departamento de la organización.
Identificación de entradas, salidas y herramientas de procesos de gestión del PMI Jairo A. Orozco L.
No Jurídico Simple Jurídico Legítimo Difuso o Colectivo
Derechos en Salud, Equidad de Género e Interculturalidad Asist. Soc. Lucinda Herencia Canales Resp. UNIDAD TECNICA FUNCIONAL DE DERECHOS HUMANOS, EQUIDAD.
Gestión Metrológica INICIO Plan de mantenimiento Crítico?
Responsabilidad Internacional
Transcripción de la presentación:

Ningún Estado puede utilizar su territorio, o permitir que sea utilizado, de forma que se cause un perjuicio en el territorio de otro Estado o a objetos o personas que se encuentren en él (sic utere tuo ut alienum non laedas ). Sentencia arbitral 11/3/1941, asunto de la Fundición de Trail. Desarrollo en jurisprudencia del TIJ (sent. de 9 de abril de 1949, asunto del Estrecho de Corfú). Obligación de prevención daño transfronterizo en corpus de normas medioambientales internacionales (op. cons. 8/7/1986, licitud de la amenaza o el empleo de armas nucleares). Ppio 21 de la Declaración de Estocolmo de 1972 y Ppio 2 de la Declaración de Río de Janeiro de 1992).

Casos en que los Estados pueden incurrir en responsabilidad internacional por las consecuencias perjudiciales de determinadas actividades que el derecho internacional no prohíbe. Análisis circunscrito a la responsabilidad de los Estados. Separación en la CDI del tema de la prevención (Proy. Arts. 2001) del de la responsabilidad (Proy. Ppios 2006). Prevención: objetivo Proy. Arts: lograr un equilibrio equitativo entre los derechos que asisten al Estado de origen en la explotación de sus recursos naturales y en el desarrollo de actividades económicas no prohibidas y los intereses de los Estados terceros en protegerse frente a amenazas de daños transfronterizos resultantes de actividades peligrosas.

Obligación de prevenir un daño, o en todo caso, minimizar el riesgo de causarlo (art. 3). Obligación de comportamiento. Prevención objetivo prioritario a la minimización del daño. Únicamente cuando no sea posible prevenir el daño por completo se deberá pensar en la reducción del mismo. Definición ambigua de riesgo (art. 2.a): riesgo de causar daño transfronterizo sensible abarca los riesgos que se presentan como una alta probabilidad de causar daño transfronterizo sensible y una baja probabilidad de causar daño transfronterizo catastrófico. Actividades excluidas:  actividades con pocas posibilidades de daño transfronterizo sensible (por debajo del umbral de tolerancia que los Estados deben asumir).  actividades con alta probabilidad de daño transfronterizo catastrófico (extremadamente peligrosas). En principio actividades prohibidas por el Derecho. internacional.

Las condiciones de peligrosidad de una actividad y la percepción que de la misma se tiene, pueden cambiar con el paso del tiempo. Definición de daño (art. 2.b): el causado a las personas, a los bienes y al medio ambiente. Carácter transfronterizo (art. 2.d): daño causado en el territorio o en otros lugares bajo la jurisdicción o el control de un Estado distinto del Estado de origen, tengan o no los Estados involucrados fronteras comunes. regresión respecto de la jurisprudencia internacional: no inclusión de zonas situadas más allá de la jurisdicción nacional de ningún Estado. Carácter sensible (no definido en Proy.): “algo más que detectable sin necesidad de alcanzar el nivel de grave o sustancial”.

Debe producir un efecto realmente perjudicial en esferas como, por ejemplo, la salud humana, la industria, los bienes, el medio ambiente o la agricultura de otros Estados. Esos efectos perjudiciales deben poder medirse con criterios reales y objetivos. Estados interesados: Estado de origen y Estado que pueda resultar afectado. Estado de origen (art. 2.d): Estado en cuyo territorio, o bajo cuya jurisdicción o control en otros lugares, se planifican o realizan las actividades peligrosas de que se trata.  utilización de criterios como territorio (prevalente), la jurisdicción y el control. Sin previsión específica para actividades con efecto perjudicial de carácter gradual o acumulativo o de origen difuso (contaminación transfronteriza). Dificultad de determinar Estado de origen.

Estado que puede resultar afectado (art. 2.e): Estado en cuyo territorio existe el riesgo de daño transfronterizo sensible o que tiene jurisdicción o control sobre cualquier otro lugar en que exista ese riesgo. El requisito de la “autorización” previa por parte del Estado (art. 8): autorización de actividades a las que se aplica el Proy. de Arts. y a los cambios en esas actividades. Autorización obligatoria y con carácter previo a la iniciación de las actividades. Obligación del Estado de origen de seguimiento continuo para vigilar observancia de las condiciones establecidas, tomando en caso contrario las medidas apropiadas, incluso retirada de la autorización. Autorización basada en Evaluación del riesgo (art. 7): EIA en caso de daño ambiental transfronterizo.

Indeterminación de quien debe hacer la evaluación (normalmente el explotador) y de su contenido, así como del umbral mínimo por debajo del cual no se requiere evaluación del riesgo. Quedan al arbitrio del Estado de origen, conforme a su Derecho nacional. Obligación de notificar e informar a los Estados afectados (art. 8): notificación anterior al inicio de las actividades peligrosas. Si no existe notificación o información, el Estado que pueda resultar afectado (si cree que dichas actividades pueden causarle daño transfronterizo sensible) puede solicitar notificación e información de forma motivada y documentada (art. 11). Si Estado de origen no quiere notificar o informar debe comunicarlo motivadamente al Estado que pueda resultar afectado. Si éste no está de acuerdo se inicia procedimiento de consulta.

Tipo de información a transmitir (concepción amplia): la información técnica disponible y toda otra información pertinente en que se base la evaluación. No sólo datos brutos (hojas de datos, estadísticas, etc.) sino también el análisis de la información utilizado por el propio Estado de origen para determinar el riesgo de daños transfronterizos. Solamente quedan excluidos del deber de información los datos que afecten a la seguridad nacional y a los secretos industriales (art. 14). Libertad de elección del medio a través del que se informa (canales diplomáticos). Estado que recibe información dispone de 6 meses para responder a la notificación. Obligación de consultas sobre medidas preventivas (art. 9). Inicio a solicitud de cualquiera de los Estados parte y sobre cualquier cuestión. Objetivo: acuerdo aceptable sobre medidas a adoptar para prevenir o minimizar daño transfronterizo sensible.

Las consultas deben concluirse en plazo razonable y buscar equilibrio de intereses. Posición privilegiada del Estado de origen, sin cuyo consentimiento no puede establecerse plazo ni bloquear la actividad. Consultas como más que mera formalidad: necesidad de negociar de buena fe (tener en cuenta los legítimos intereses de la otra parte). Diversos factores sirven para buscar un equilibrio equitativo de intereses (art. 10). 3 categorías:  grado de riesgo de daño transfronterizo y medios disponibles para minimizarlo o repararlo.  análisis coste-beneficio e importancia del proyecto.  normas de prevención que Estado que pueda resultar afectado aplique a actividades comparables y normas aplicables en práctica regional o internacional comparable.

Si consultas terminan sin acuerdo Estado de origen puede llevar a cabo la actividad peligrosa proyectada (art. 9.3). Prevalece derecho a explotar soberanamente los recursos naturales sobre los derechos e intereses de otros Estados a no sufrir daños transfronterizos sensibles. El Estado de origen afronta la negociación desde posición de superioridad. Reserva de los derechos de cualquier Estado que pudiera resultar afectado.

Muchas gracias por su atención