NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Mercedes Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer Punta Umbría, 25 de septiembre de 2008.

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Transcripción de la presentación:

NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Mercedes Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer Punta Umbría, 25 de septiembre de 2008

:el limitado papel de la Negociación Colectiva en la prevención de riesgos Dos factores fundamentales: A: reducido margen legal para la actuación de la negociación colectiva en materia de prevención. B: dificultad técnica de la normativa preventiva y escaso interés de los negociadores: otras prioridades RETRIBUCIÓNTIEMPO DE TRABAJO PREVENCIÓN

Factor A: reducido margen legal para la actuación de la negociación colectiva en materia de prevención Ordenanza General de 9 de marzo de 1971: casi nulo papel al Convenio Colectivo. Ahogados por las Ordenanzas Sectoriales –art. 11 Ley Obligación general con un marcado carácter público frente al Estado Ley de Contrato de Trabajo no contemplaba la prevención más allá del deber de la protección.

Evolución de la normativa: ampliación de la capacidad reguladora de la negociación colectiva art. 19 ET y 14 LPRL: nuevo concepto de la prevención como una obligación laboral y privada, que entra plenamente en el ámbito de la capacidad reguladora de la negociación (art. 37 CE) Directiva Marco y Convenio 155 OIT: ampliación de contenidos más allá de aspectos técnicos Planificación Evaluación de riesgos Formación Información Participación Art. 6 LPRL: papel destacado de la norma reglamentaria pero reconociendo la negociación colectiva como fuente normativa Art. 2 LPRL: suplementariedad –necesidad de garantizar contenidos mínimos--

Múltiples llamadas a la colaboración desde el marco heterónomo Disposición Adicional 7ª RD 39/1997: llamada expresa a los convenios o Acuerdos concretos para regulación específica sobre Determinación de medios materiales y personales de los servicios de prevención Determinación de número y medios de trabajadores designados para actividades de prevención De planificación preventiva De formación de trabajadores y delegados de prevención Disposición Transitoria 1ª LPRL Derechos de información y consulta de los representantes de los trabajadores Criterios de evaluación de riesgos o periodicidad de revisiones –art. 5 y 6 RSP Medios de coordinación e información a trabajadores y representantes en procesos de subcontratación –art. 11 y DA 2 RD 171/2004 Fortalecimiento paulatino y apertura en las actuales Normas sectoriales: Ley 32/2006 de Ley de Subcontratación en la Construcción => art 9 y 10 LO 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres => art. 48 => acoso sexual EN CONCLUSIÓN => La Normativa actual invita y fomenta expresamente la negociación colectiva para el desarrollo, mejora e integración de la normativa legal y reglamentaria de la prevención de riesgos laborales (art. 33 LPRL)

Factor B: dificultad técnica de la normativa preventiva y escaso interés de los negociadores: otras prioridades Uso de normas de alto contenido técnico que excluyen al negociador, tanto por la ausencia de llamadas como por la incapacidad o la falta de conocimientos. El interés de los negociadores por otros temas del Convenio Colectivo, que ven la prevención como algo monetario (complementos de peligrosidad) más que protección

El compromiso de los agentes económicos y sociales: un nuevo enfoque de la prevención Motivos y referencias del cambio: Actualización normativa y ampliación de los contenidos La Prevención adquiere un papel protagonista en los grandes acuerdos sobre negociación colectiva: Del Acuerdo Interconfederal de 1983 donde la prevención se ligaba a productividad y absentismo A sucesivos Acuerdos Interconfederales sobre Negociación Colectiva, donde la seguridad y salud de los trabajadores son ejes esenciales.

El tratamiento de la prevención en los AINC: la preocupación de los agentes económicos y sociales Necesidad de incrementar la cultura preventiva y el cumplimiento de la normativa: Tratamiento específico para realidades concretas o individuales en los textos de los convenios: planes de prevención la vigilancia de la salud como deber empresarial, derechos de formación e información, ETTs, procesos de subcontratación o descentralización productiva…. El papel de los representantes de los trabajadores: 1. Posibilidad de que la negociación colectiva sectorial aborde procedimientos distintos para la designación de Delegados de Prevención. 2. Interés de la regulación del crédito horario de los delegados de prevención y su formación. 3. Participación de los procesos de evaluación de riesgos y planificación de las Comisiones Paritarias (RD 39/1997 y L 54/2003) 4. Posibilidad de que se aborden procedimientos de información y consulta en prevención y evaluación de riesgos (reproducción y maternidad), Transposición de Acuerdos europeos: teletrabajo, estrés, acoso todos incorporados como anexos en lo sucesivos AINC

La Estrategia española de seguridad y salud en el trabajo 2007 – 2012: objetivo 3 fortalecer el papel de interlocutores sociales, empresarios y trabajadores en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo El tratamiento de ciertas materias debe ser abordado por Organizaciones Sindicales y Empresariales mediante la Negociación Colectiva Sectorial o en el marco del diálogo social tripartito de ámbito territorial. Establecimiento de órganos específicos sectoriales para la promoción de la salud y seguridad en el trabajo Implicación de los trabajadores en el cumplimiento de sus obligaciones preventivas Compromiso con el plan de prevención de la empresa. Precisión de las competencias de Delegados de Prevención y Comités de Seguridad y Salud. Concretar en el Convenio Colectivo el cuadro básico de incumplimientos de obligaciones de los trabajadores. Organizaciones Sindicales Organizaciones Empresariales Negociación Colectiva Diálogo Social Tripartito

Un Nuevo Horizonte para la NC en materia de Prevención Desparecen las trabas para el tratamiento de la prevención a través de la negociación colectiva. El CONVENIO se convierte en un instrumento idóneo para el mejor desarrollo de la seguridad y salud laboral por: Naturaleza temporal del convenio y posibilidad de actualización Cercanía a las realidades reguladas Capacidad de concreción y especificación Capacidad para involucrar y dotar eficientemente de medios Permitir mayor margen de maniobra en el espacio de las PYMES

El panorama actual de la negociación colectiva y la prevención de riesgos La regulación en materia preventiva es más frecuente pero dispersa y limitada (ropa de trabajo, controles médicos generales, remisiones a la normativa o reglamento.. ) En general, los convenios optan por una tutela eminentemente defensiva y una regulación más generalista, con referencias continuas a la normativa omitiendo aspectos técnicos, concretos o sustanciales. Crece el porcentaje de cláusulas sobre salud laboral en la negociación colectiva andaluza NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN ANDALUCIA convenios con cláusulas de salud laboral; 88,73% sobre 657 convenios vigentes trabajadores; 96,60% sobre empresas; 96,23% sobre * fuente: CARL

Necesidad de profundizar en el tratamiento y contenidos de las cláusulas Mayor atención a nuevos temas clave: La evaluación de riesgos. Definir la política preventiva (principios y compromisos). Regular la formación e información de los trabajadores. Revisar y actualizar normativa empleada (OGSHT derogada). Tema clave frecuentemente abordado: La regulación de los órganos de participación Creación de órganos territoriales y sectoriales

La concertación social en Andalucía: el compromiso con la prevención VI Acuerdo de Concertación Social: capítulo 3 Cultura de la calidad en el empleo Apartado III.2: Perfeccionar y desarrollar los contenidos de la negociación colectiva Promover cláusulas específicas que permitan reforzar la prevención de riesgos laborales, especialmente en los sectores de más alta siniestralidad Comisión de Condiciones de Trabajo: Recomendaciones a la Negociación Colectiva, junio de 2008

Recomendaciones a los Poderes Públicos Elaboración de un nuevo Plan de Prevención de Riesgos El desarrollo de medidas y acciones de la nueva Estrategia de Seguridad y Salud. Realización de campañas de sensibilización. El impulso de la prevención (formación de empleadores, trabajadores y delegados de prevención). El fomento e información para Pymes autónomos La incentivación de recursos propios y servicios mancomunados. La elaboración de buenas prácticas por sectores y materias

Recomendaciones a los negociadores de los convenios de sector Negociación ordenada y articulada: Planificación, formación, vigilancia, servicios de prevención: necesidad de valoración (indicadores de eficacia). Recomendaciones, facilitan a las PYMES la adaptación a la normativa. Mecanismos de aplicación y garantes de su eficacia. Promover un modelo preventivo centrado en la incentivación y el aprovechamiento de los recursos de la empresa. Investigación y desarrollo en materia de prevención. Coordinación de la acción preventiva en casos de concurrencia de actividades empresariales. Procedimientos distintos de los previstos en la normativa legal para la designación de Delegados de Prevención.

Recomendaciones a los convenios de sector y empresa Implicación de los trabajadores (conocimiento y principios de la acción preventiva). Impulsar la prevención específica de riesgos que afecten a colectivos en situaciones de riesgo especial. Favorecer la detección de enfermedades profesionales. Adecuar los reconocimientos médicos al puesto de trabajo. Fomentar la participación de los comités de seguridad y salud laboral o los delegados de prevención, en el diseño y control de la prevención. Establecer actuaciones de prevención de las drogodependencias y adicciones en el ámbito laboral. Acceso de los trabajadores temporales a la formación preventiva.

Negociación y prevención: un binomio inseparable Un proyecto en desarrollo que permitirá incrementar los niveles de autonomía colectiva de nuestro sistema coordinar todos los instrumentos, las políticas y los sujetos implicados, mejorar la seguridad y salud de nuestros trabajadores y trabajadoras incrementar la competitividad y productividad de nuestras empresas.

NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Mercedes Rodríguez- Piñero y Bravo-Ferrer