Expositor: Dr. Jorge Silva Merino

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Transcripción de la presentación:

Expositor: Dr. Jorge Silva Merino REGLAMENTO DE AUTOEVALUACIÓN, EVALUACIÓN EXTERNA Y ACREDITACIÓN DE LA UNIFÉ (Aprobado en Sesión del Consejo Universitario Nº 802 de 11-10-06) Expositor: Dr. Jorge Silva Merino

CAPÍTULO I Disposiciones Generales ART. 1º Objeto Establecer las normas básicas dirigidas a regular los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación institucional de los programas académicos de pre y postgrado de la UNIFE que conducen a mejorar la calidad de los servicios educativos y de la formación profesional que presta la UNIFE. ART. 2º Base Legal -Ley Universitaria No 23733 -Ley General de Educación No 28044 -Ley No 28740 del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

… ART. 3º Alcance ART. 4º Etapas Las normas de este reglamento se aplican a todas las unidades académicas y administrativas de la UNIFE ART. 4º Etapas Comprende tres etapas: Autoevaluación Evaluación externa y Acreditación.

… ART. 5º Autoevaluación Es el proceso mediante el cual los miembros de la universidad en general o de sus programas académicos en particular, formulan juicios de valor referidos a la calidad educativa que brinda la institución o el correspondiente programa académico, en base a la comparación de la información sobre determinados factores, respecto a estándares o indicadores paramétricos, en una dimensión local, regional, nacional o internacional, en el marco de la observancia de principios institucionales, con el fin de adoptar medidas de autorregulación que procuren mejorar permanentemente la calidad de los servicios educativos y la formación profesional.

ART. 6º Evaluación Externa Es el proceso de evaluación con fines de acreditación que la UNIFÉ solicita voluntariamente al órgano operador correspondiente, el que designa a la entidad especializada que la llevará a cabo, a fin de que formule juicios de valor sobre la calidad de la UNIFÉ como institución o la de sus programas académicos, teniendo en cuenta el informe de autoevaluación. Los informes de la autoevaluación y de la evaluación externa, además de servir para el mejoramiento institucional y de las carreras profesionales, constituyen documentación fundamental para tramitar la correspondiente acreditación.

ART. 7º Acreditación Es el reconocimiento público de la calidad educativa de la institución o de una carrera o grado académico, otorgado por el organismo competente del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE). Tiene carácter temporal, y opera a solicitud de la UNIFÉ, con el fin de proteger la fe pública, la confianza de los usuarios en los servicios educativos que presta y garantizar su impacto en la sociedad.

ART. 8º Principios: a) Pertinencia b) Transparencia El Planteamiento y resultados de los procesos de Evaluación deben guardar relación con las características y dimensiones de la demanda social y las exigencias de orden institucional que distinguen a la UNIFE b) Transparencia El proceso y los resultados de evaluación deben expresar de manera clara, precisa y con objetividad la realidad institucional y las de sus programas académicos.

… c) Periodicidad Reconocer que los procesos de evaluación tienen que realizarse de manera permanente y los resultados solo tienen vigencia temporal d)Eficacia La evaluación debe considerar si la UNIFE y sus programas académicos alcanzan sus objetivos en los periodos programados

… e) Eficiencia Es el logro del máximo promedio de la institución y sus programas académicos en base a la utilización optima de los recursos disponibles f) Trascendencia Determina en que medida los procesos y resultados de la evaluación institucional y la de sus programas académicos son fundamentales, vigentes y útiles.

… g)Equidad Exige considerar si la institución y sus programas académicos han tomado previsiones y en que medida las cumple respecto a situaciones diferenciales de orden personal, económico social y pedagógico de docentes y alumnas. h) Responsabilidad Nivel de cumplimiento de la institución y de sus programas hacia el logro de los propósitos y objetivos de la calidad educativa, así como del ejercicio responsable de la autonomía que la Constitución les reconoce.

… i) Rigurosidad Obliga al uso de técnicas y procedimientos que aseguren precisión, validez y confiabilidad de la información evaluativa. j) Participación En necesario que cada miembro de la institución o de sus programas académicos y equipos de trabajo, cumplan de manera voluntaria y responsable las funciones y tareas que les corresponde durante el proceso de evaluación y acreditación

… k) Flexibilidad La autoevaluación se adecua a las características institucionales de la UNIFE y a las peculiaridades de los diferentes programas académicos

ART. 9º Finalidad de la autoevaluación, evaluación externa y de la acreditación. Contribuir a asegurar, permanentemente, la calidad de los servicios institucionales y de los programas académicos de la UNIFE. Informar a la sociedad de la realidad institucional y la de sus programas para su conocimiento y toma de decisiones respecto a la demanda de los servicios que ofrece la universidad. Crear y promover una cultura de calidad y de evaluación en los integrantes de la UNIFÉ.

ART. 10º Características de la autoevaluación Sigue un modelo determinado. La información cobra sentido a la luz de principios, estándares e indicadores paramétricos. Sus análisis son estructurales y confrontativos. Tiene vinculación con los procesos de planeamiento. Deviene en un programa de autorregulación que permite superar las debilidades que revela la autoevaluación. Proceso dinámico, periódico y flexible. Es parte de la gestión institucional y como tal tiene lugar preferente en el Estatuto y las políticas de sus autoridades. Configura un proceso de investigación y emplea tecnologías adecuadas. Es voluntaria.

CAPÍTULO II De la Organización y Funciones ART. 11º Estructura orgánica – El Comité Central de Evaluación. – La Oficina de Evaluación. – Las Comisiones de Autoevaluación de: . Las Facultades . La Escuela de Postgrado

ART. 12º Composición de las Unidades. Comité Central de Evaluación: Rectora quien la preside. Vicerrectores (as) Director de la Oficina de Planificación. Director del Centro de Investigación. Director de la Oficina de Evaluación. Comisión de Autoevaluación de la Facultad: Decano (a) quien la preside. Jefe (a) del Departamento. Director (a) del Programa Académico. Dos docentes ordinarios. Dos alumnas y Una secretaria. Comisión de autoevaluación de la Escuela de Postgrado: Director (a) quien la preside Coordinador (a) del Programa Académico respectivo. Un docente ordinario. Dos alumnas y una secretaria.

ART. 13º Funciones del Comité Central de Evaluación Establecer las políticas y el modelo de autoevaluación. Conducir el proceso de evaluación institucional. Asesorar a través de la Oficina de Evaluación, a los comités de autoevaluación. Aprobar los informes de autoevaluación y de Autorregulación. Solicitar al Órgano Operador del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la educación Universitaria

ART. 14º Funciones de la Oficina de Evaluación Orientar la política evaluativa en la Universidad Verificar los logros institucionales, relacionados a los fines y principios de la UNIFE. Consolidar los resultados de las evaluaciones parciales de los distintos niveles de la institución. Presentar al Consejo Universitario, los resultados de la evaluación de la Institución. Desempeñas la función de Secretaria Técnica del comité Central de Evaluación de la UNIFE y prestar el asesoramiento a las Facultades y programas académicos en materia de evaluación.

ART. 15º Funciones de las Comisiones de Autoevaluación y Acreditación de las Facultades y Escuela de Postgrado. Organizar y ejecutar el proceso de autoevaluación. Colaborar y facilitar el trabajo de los evaluadores externos. Informar al comité Central de Evaluación los resultados de la Autoevaluación y de la Evaluación Externa. Organizar el expediente de acreditación y elevarlo al Comité Central de Evaluación para su aprobación y tramitación correspondiente. Promover la cultura de evaluación entre los integrantes de la facultad y de la Escuela de Postgrado.

CAPÍTULO III De los Factores a Evaluar ART. 16º Factores a considerar en el proceso de evaluación: Misión, visión y Plan o Proyecto de Desarrollo Institucional. Modelo Educativo. Currículo: Perfil de Egreso, Plan de Estudios y Evaluación del Rendimiento Académico. Concepción del proceso de enseñanza-aprendizaje (COPEA). Docentes y personal académico. Estudiantes. Egresados e impacto social.

Proceso de enseñanza-aprendizaje (PEA). Investigación. Procesos Académicos (Admisión, evaluación, graduación, titulación) Pastoral Universitaria. Extensión Universitaria. Proyección Social. Bienestar Universitario. Organización, Administración y Gestión. Infraestructura. Medios y Recursos Tecnológicos. Recursos Económicos y Financieros.

ART. 17º Los Factores considerados en el articulo anterior son fundamentales pero en los proyectos de Autoevaluación se podrán adecuar, incrementar o reducir conforme a la realidad institucional de cada carrera profesional o programa académico. ART. 18º La adecuación de Factores, variables e indicadores corresponde efectuarla a cada comisión de Evaluación de las Facultades o Programa Académico, teniendo en cuenta lo establecido por el CONEAU

CAPÍTULO IV Del Procedimiento de Autoevaluación, Evaluación Externa y Acreditación ART. 19º Procedimiento de autoevaluación La comisión de autoevaluación de cada Facultad y de la Escuela de Postgrado teniendo en cuenta las normas del presente reglamento, el Plan de Desarrollo Institucional de la UNIFÉ y el Plan de Funcionamiento y Desarrollo de la Facultad, formula y ejecuta su proyecto de autoevaluación, el mismo que comprenderá las siguientes partes fundamentales: Presentación. Objetivos de la autoevaluación. Significado e importancia. Modelo de autoevaluación de la UNIFÉ. Organización de la Comisión de Autoevaluación y sub-comisiones si fueren necesarios, indicando sus funciones.

Descripción de la matriz de autoevaluación, considerando factores, variables, indicadores de estado, estándares o indicadores paramétricos, instrumentos a emplear y fuentes de verificación. Determinación y descripción de las etapas del proceso de autoevaluación. Precisar el cronograma correspondiente. Determinación del diseño de informe de la autoevaluación. Difusión del Proyecto de Autoevaluación. Motivación para la participación de todos los integrantes de la facultad en el proceso de autoevaluación. Recolección, procesamiento e interpretación de la información. Formulación del Informe Final del proceso de autoevaluación Bibliografía y Anexos. Monitoreo y reajuste del proceso de autoevaluación.

ART. 20º Proceso de Autorregulación ART. 21º Responsabilidad y duración del Proceso de Autorregulación. ART. 22º Informe del Proceso de Autorregulación.

ART. 23º Procedimiento de la Evaluación Externa Concluida la autoevaluación y la autorregulación, la entidad especializada en evaluación externa, a solicitud de la UNIFÉ, efectúa la evaluación externa de la carrera profesional o de la institución, teniendo en cuenta que es de responsabilidad de los Decanos (as) y del Director(a) de la Escuela de Postgrado, según corresponda, lo siguiente: Convocar a la Comisión de Autoevaluación del Programa Académico para la reunión de presentación de la entidad que se encargará de la evaluación externa. Entregar los informes de autoevaluación y de autorregulación al representante legal de la entidad que efectuará la evaluación externa. Recibir, en el plazo acordado, del representante legal de la entidad de evaluación externa, el Proyecto y cronograma de la evaluación externa. Prestar el apoyo que corresponda y proporcionar los documentos que solicite la referida entidad durante el proceso de evaluación externa. Recibir del referido representante legal el informe de evaluación externa, el mismo que debe incluir un prediagnóstico, el informe propiamente dicho y las conclusiones y recomendaciones correspondientes. Elevar el informe de evaluación externa ante la Presidencia del Comité Central de Evaluación de la UNIFÉ.

ART. 24º Procedimiento de Acreditación El Presidente (a) de la Comisión de Autoevaluación de la Facultad o la Escuela de Postgrado eleva, ante el Rectorado, el expediente para la acreditación de la respectiva carrera profesional o grado académico, el mismo que comprende, entre otros, los siguientes documentos: Informe del proceso de autoevaluación. Informe del cumplimiento de la etapa de autorregulación. Informe de la evaluación externa y cumplimiento de las respectivas observaciones y recomendaciones.

ART. 25º Evaluación del Expediente de Acreditación El Rectorado convoca al comité Central de Autoevaluación con el fin de evaluar el expediente de acreditación. Cumplido este acto, lo pone a consideración del Consejo Universitario para su aprobación y de ser el caso, lo podrá remitir al CONEAU órgano operador del Sistema Nacional de Acreditación creado por Ley; solicitando la Acreditación de la carrera profeional, del grado académico, o de la UNIFE como Institución.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA: Aprobación de los proyectos de autoevaluación por el Consejo Universitario. SEGUNDA: La Oficina de Evaluación asesora. TERCERA: Coordinador para procesos de autoevaluación y autorregulación. CUARTA: Autoevaluación y Evaluación Externa de los Programas de Maestría y Doctorado. QUINTA: Autoevaluación y Evaluación Externa de la UNIFÉ como institución. SEXTA: Los asuntos no contemplados en el Reglamento serán resueltos por acuerdo de Consejo Universitario.