CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EE.SS.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LOS CONVENIOS COLECTIVOS
Advertisements

LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO.. FLEXIBILIZAR LAS DECISIONES EMPRESARIALES EN MATERIA LABORAL. LIMITAR POTESTADES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES.
JORNADA DE TRABAJO Derecho Laboral.
EL SALARIO Y LA NÓMINA.
U.D. 4: EL TIEMPO DE TRABAJO
Tema 3. LA JORNADA LABORAL Y SU RETRIBUCIÓN.
¿Distribución irregular?
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA RECURSOS HUMANOS. SITUACIONES ADMINISTRATIVAS Horario Fundación Gilberto Alzate Avendaño Decreto ley 1042 de 1978, se establece.
El salario. Estructura del salario DEVENGOS.
DEPARTAMENTO ORIENTACIÓN CURSO: ORIENTACIÓN ACADEMICA Y PROFESIONAL 4º ESO.
INCREMENTO SALARIAL SMN – SALARIO BASE – OTRAS RETRIBUCIONES.
OFERTA LABORAL MARTES 2 DE AGOSTO DEL 2016 PARA SER DERIVADO ALGUNA OFERTA LABORAL DEBE PRESENTAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:  Tarjeta OMIL O CERTIFICADO.
TEMA 9. ESTATUTO MARCO DE PERSONAL ESTATUTARIO DEL SAS
Novedades en la Contratación Laboral. Esta presentación tiene por objeto exponer de forma sintetizada las novedades introducidas en el ámbito de la contratación.
BIENVENIDOS MAYO 10 DE PROCESO DE MATRICULA OFICIAL AÑO 2017 SOCIALIZACION RESOLUCION DEL 26 DE ABRIL DE 2016 Secretaría de Educación Subsecretaria.
MEDIDAS PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO. - CONTRATACIÓN DE NAVARROS EN DESEMPLEO PROYECTOS DE EMPRENDEDORES DE NUEVAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS -
TEMA 7 LA JORNADA DE TRABAJO. EJEMPLO1 Una Empresa Establece en el Calendario Laboral una Jornada Ordinaria de trabajo con el siguiente horario: de Lunes.
2 u n i d a d El contrato de trabajo.
UNIDAD VII.
1 u n i d a d El Derecho del Trabajo.
Jornada Parlamentaria “Igual Trabajo, Igual Salario”
SEGURO DE VIDA COLECTIVO Y GRUPAL (Base Técnica)
Formación y orientación laboral
1 u n i d a d Relación laboral y contrato de trabajo.
Autores: Ana Patricia González Valverde.
Finiquitos Maestra: Sandra Sánchez materia: sueldos y salarios matricula: Alumna: Lizeth de alba parra fecha: 09/02/2017.
Formación y orientación laboral
REFORMA LABORAL: APLICACIÓN PRÁCTICA.
Unidad 2 “El Contrato de Trabajo”
La jornada laboral y el salario
Manual de Procedimiento 2017
Indemnizaciones.
Unidad 3 La jornada y su retribución.
DE LA SUSPENSION DE LAS RELACIONES COLECTIVAS DEL TRABAJO
Unidad 2 “El Contrato de Trabajo”
CURSO BÁSICO DE DERECHO LABORAL
Convenio Colectivo de Trabajo y cálculo salarial
Unidad 5 Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo(SG-SST)
Tenemos una experiencia de 10 años en el desarrollo de cursos y material para diferentes niveles educativos, como son ingreso a nivel secundaria, ingreso.
Unidad 2 El contrato de trabajo y las modalidades de contratación.
Ley y Decretos Supremos
BASES GENERALES Concursos Internos de Encasillamiento de Titulares de la Planta de Profesionales. Ley Departamento de Gestión de Recursos Humanos.
CONTROL DEL ABSENTISMO
1. La finalización de la relación laboral
Unidad 7 LA JORNADA DE TRABAJO.
Empleo público en Costa Rica
DEPARTAMENTO DE PERSONAL. ORGANIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO. FUNCIONES Hotelería II.
¿Conoces la nueva reforma laboral?
1 u n i d a d El Derecho del Trabajo.
Jubilacion anticipada
COMITÉ/SUB COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PROYECTO ………….
PRESTACION DE SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO
Políticas Consorcio Hogar
Comparativa contenido preacuerdo CUN II
¿Conoces la nueva reforma laboral?
TARJETA DE IDEAS NUMERO QUINCE.
Artículo 50. Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán: I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de.
ABIERTO PLAZO TERMALISMO SOCIAL CASTILLA LA MANCHA 2018
1 u n i d a d Relación laboral y contrato de trabajo.
¿Conoces la nueva reforma laboral?
¿Conoces la nueva reforma laboral?
1 “El Contrato de Trabajo”. 2 El Contrato de Trabajo es… El acuerdo entre el empresario y el trabajador por el que una de ellas, el trabajador, se compromete.
Aguinaldos Horas extras Feriados
CPIFP Corona de Aragón Dpto. de IOPE
Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay (CNCS) GERENCIA JURIDICA
¿Conoces la nueva reforma laboral?
MODULOII.
Normas de cotización para 2018
El Convenio Multilateral Iberoamericano
Transcripción de la presentación:

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EE.SS. BOE Nº 252 DE 19-10-2017 PUNTOS MAS IMPORTANTES

VIGENCIA Y ENTRADA EN VIGOR Artículo 4 Vigencia de 3 años, desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2018. Entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

CLASIFICACION PROFESIONAL Artículos 15-16 AREA TECNICA Y ADMINISTRATIVA GRUPO TECNICO TITULADO TECNICO GRUPO ADMINISTRATIVO JEFE ADMINISTRATIVO OFICIAL ADMINISTRATIVO DE 1ª OFICIAL ADMINISTRATIVO DE 2ª AUXILIAR ADMINISTRATIVO ASPIRANTE A ADMINISTRATIVO

CLASIFICACION PROFESIONAL AREA DE OPERACIONES ENCARGADO GENERAL VENDEDOR ENCARGADO DE TURNO EXPENDEDOR-VENDEDOR, EXPENDEDOR, ENGRASADOR, MECÁNICO ESPECIALISTA, LAVADOR, CONDUCTOR, MONTADOR DE NEUMÁTICOS. SUBALTERNO ORDENANZA GUARDA PERSONAL DE LIMPIEZA

TRASLADOS Artículo 19 Una vez cada 12 meses. Tienen que pasar 365 días para que se produzca un nuevo traslado de ese trabajador. Los traslados no se pueden producir por razones disciplinarias. Se establecen criterios para designar la persona desplazada, que se aplicarán siempre y cuando sea posible. Voluntariedad Mayor cercanía desde el domicilio al nuevo centro de trabajo Menor antigüedad en el centro Menor antigüedad en la empresa Se aumenta a 0,22€ por km. el abono del plus por traslado y a 16€ en caso en caso de que la distancia sea superior a 30 km.

JORNADA LABORAL, VACACIONES Y LICENCIAS Artículos 21 al 24 Se mantiene la jornada anual de 1760 horas y las mismas horas por jornada. En cuanto a las vacaciones se pone de manifiesto que se estará a lo dispuesto en las sentencias de los tribunales europeos y españoles, tanto en materia de disfrute e incapacidad temporal como en materia de retribución. Respecto a las licencias, se mantienen las ya existentes y se ajustan al Estatuto de los Trabajadores algunos casos que no estaban especificados.

RETRIBUCIONES Artículos 29 al 39 Se establece de forma clara como se han de retribuir las horas extra. El complemento de antigüedad se queda igual. Se aclara de forma explícita lo que se considera horario nocturno, sobre todo por la apertura de 18 horas en muchas instalaciones. Es nocturno todo lo que pase de las 22 horas, salvo en caso de que los turnos sean de 7 de la mañana a 11 de la noche. Se aumenta de 30 a 31,25€ el plus de festivos. Se aumenta de 0,09 a 0,10€ el plus de distancia.

REVISIÓN SALARIAL Artículo 40 Año 2016: Año 2017: Atrasos del 1,6% sobre las tablas de 2015 , pero solo los meses de octubre, noviembre y diciembre No se actualizan tablas salariales, siguen vigentes las de 2015. Año 2017: Subida salarial del 1,6% sobre las tablas de 2015 desde el 1 de enero. Cláusula de revisión salarial para el 2017: En caso de que la inflación superase el 1,6%, se aplicará una regularización que consistirá en el 50% de la diferencia entre el 1,6 y la inflación real, topada en el 2%. La subida máxima sería del 1,8%. Se ajustarán las tablas con la inflación real topada al 2%.

REVISIÓN SALARIAL Para el año 2018: Cláusula de revisión para el 2018: Subida del 1% sobre las tablas que hayan resultado en el 2017. Cláusula de revisión para el 2018: En caso de que la inflación supere el 1%, se aplicará la regularización que consistirá en el 50% de la diferencia entre el 1% y la inflación real, topada al 2%. Subida máxima sería del 1,5%. Si fuera necesario se ajustarán las tablas con el IPC real topado al 2%.

SEGUROS Y PRIMAS DE JUBILACIÓN Artículos 43-44 Se aumentan los seguros de los trabajadores: Muerte: De 27.430 a 30.000€. Invalidez: De 33.525 a 35.000€. Las primas por jubilación anticipada se quedan igual.

INAPLICACIÓN DEL CONVENIO Artículo 45 Se regirá por lo previsto en el artículo 82.3 del Estatuto. Causas: Económicas. Técnicas. Organizativas. Productivas. Tiene que haber un período de consultas con los trabajadores, no superior a 15 días. La inaplicación no puede ir más allá de la duración del Convenio

FORMACIÓN Artículo 58-59 Se constituye un Comité Paritario formado por 4 representantes de los trabajadores y 4 de los empresarios. Objetivos: Proponer y ejecutar acciones formativas en sus diversas modalidades y niveles, en las propias empresas o a través de programas nacionales o internacionales. Colaborar en el diseño de programas puntuales de formación. Evaluar de manera continuada las acciones emprendidas. Se acuerda que la formación se realice preferentemente dentro de la jornada de trabajo y en caso de no ser posible se compense al trabajador por las horas empleadas en la formación.