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Transcripción de la presentación:

LGTAIP

ACTUALMENTE, QUIÉN ES EL ORGANO GARANTE DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN? Cuando se instituyó? Recordando…

12 de junio de 2003 IFAI 4 MAYO 2015 Cambió su nombre I N A I INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA 4 MAYO 2015 Cambió su nombre

Así piensan los funcionarios……..

Art. 4. el acceso a la información comprende: Solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información. Toda la información en posesión de los sujetos obligados es PÚBLICA y accesible a cualquier persona Sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como RESERVADA TEMPORALMENTE por razones de interés público y seguridad nacional,

Y SI SE TRATA DE DELITOS DE LESA HUMANIDAD, SE RESERVA? NO……………

art 8. Principios básicos de la Ley Federal de Transparencia certeza eficacia imparcialidad Independencia Legalidad Máxima publicidad Objetividad Profesionalismo transparencia

El ejercicio del derecho de acceso a la información es GRATUITO y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente a la modalidad de reproducción y entrega solicitada Artículo 17

Los S O integrarán un COMITÉ DE TRANSPARENCIA colegiado tendrán acceso a la información para determinar su clasificación Art. 64 Los sujetos obligados designarán al responsable de la UNIDAD DE TRANSPARENCIA Art. 61

RESPONSABLES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN I. El Instituto; II. Los Organismos garantes de las Entidades Federativas; III. La Auditoría Superior de la Federación; IV. El Archivo General de la Nación, y (AGN) V. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) Son parte integrante del Sistema Nacional: contará con un Consejo Nacional

Los Organismos garantes art. 37 SON autónomos, especializados, independientes, imparciales y colegiados, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, RESPONSABLES DE GARANTIZAR,………. el ejercicio de los derechos de acceso a la información y la protección de datos personales

Comisionada Presidenta Ximena Puente de la Mora art 18 Francisco Javier Acuña Llamas Areli Cano Guadiana Oscar Mauricio Guerra Ford María Patricia Kurczyn Villalobos Rosend oevgueni Monterrey Chepov Joel Salas Suárez Comisionada Presidenta Ximena Puente de la Mora art 18

Contarán con un Consejo Consultivo, que estará integrado por consejeros que serán honoríficos y por un plazo que no exceda a siete años. Del Consejo Consultivo de los Organismos garantes Artículo 47.

Art 50. PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA (órganos garantes) I. Sistema de solicitudes de acceso a la información; II. Sistema de gestión de medios de impugnación; III. Sistema de portales de obligaciones de transparencia IV. Sistema de comunicación entre Organismos garantes y sujetos obligados.

Para ejercer tu derecho a saber puedes ingresar de varias maneras: Directamente a la página de inicio de la PNT http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio 2. Infomex federal https://www.infomex.org.mx/gobiernofederal/home.action 3.- O directamente a la página del sujeto obligado que te fue asignado. Por ejem: http://www.ine.mx/transparencia/

Preparando el informe…… Después de haberte registrado como usuario y guardar tu contraseña: Debes ingresar tu pregunta (procura que no se trate de información que sea publicada de oficio en los portales de internet) Y recabar tu acuse, el cual deberás imprimir y estar atento a las fechas de respuesta o solicitud de aclaración. Ese acuse, junto con la respuesta que obtengas, deberás integrar a tu informe que se integrará:

INFORME CON TODAS LAS FORMALIDADES PORTADA Tema “Uso de la Plataforma Nacional de Transparencia” (no cambiar el tema) INTRODUCCIÓN (de qué se trata el trabajo) DESARROLLO ( Descripción del proceso que realizaste para obtener respuesta a tu pregunta) CONCLUSIONES (propias) ANEXOS (acuse, respuesta del S.O., requerimientos, oficios) BIBLIOGRAFÍA (si es el caso)

PRIMERA PARTE DEL PROYECTO: Realizar una pregunta al sujeto obligado que se te encomienda, EL DOS DE OCTUBRE 2017 (o antes, si lo prefieres) Enviar al correo electrónico, ÚNICAMENTE, el acuse que recabes, antes de la clase de miércoles 4 DE OCTUBRE 2017 El informe lo realizaremos, una vez que termine el plazo que tiene tu sujeto obligado para contestar, fecha que viene en tu acuse.

Las aportaciones siguientes, solo son orientadoras.

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL GOBIERNO De Acceso Público: PREMISA: que toda la información que posea el gobierno es pública, y los particulares TENDRÁN ACCESO a la misma, con excepción de la que se considere como reservada y confidencial. La clasificación, es el proceso mediante el cual el sujeto obligado determina que la información en su poder actualiza alguno de los supuestos de reserva o confidencialidad (100)

La información reservada: Es aquella cuya difusión puede: Compro- meter la seguri dad nacional menoscabar la conducción de las negociaciones o relaciones internacio nales dañar la estabilidad financiera del país, poner en riesgo la vida de cualquier persona, causar perjuicio en los procesos o A. P. mientras las resoluciones no causen estado, entre otros.

La información confidencial se refiere: A los datos personales de cualquier individuo p. ej: su domicilio, teléfono, expediente médico, origen étnico o racial, características físicas, morales o emocionales y toda aquella que afecte su intimidad. La información confidencial se refiere:

La información podrá permanecer como reservada hasta por un periodo de 5 años, con una ampliación cuando se justifique que subsisten las causas que dieron origen a la clasificación de información reservada. PERIODO DE RESERVA art. 101

DATOS PERSONALES

Cualquier persona por sí misma o a través de su representante legal. Los que pueden presentar una solicitud de acceso a información pública Cualquier persona por sí misma o a través de su representante legal.

Los que resuelven las solici tudes Las Unidades de TRANSPARENCIA de los Sujetos Obligados, RECIBEN Y DAN TRÁMITE a las solicitudes de acceso que presenten las personas. . . El INAI no concentra información de los Sujetos Obligados, ni tiene la facultad de solicitarla a nombre de los particulares

A trabajar¡¡