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Taller de recurso de revisión

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Presentación del tema: "Taller de recurso de revisión"— Transcripción de la presentación:

1 Taller de recurso de revisión

2 Introducción Obligaciones impuestas al Estado por el derecho de acceso a la información Obligación de responder de manera oportuna, completa y accesible a las solicitudes que le sean formuladas Obligación de contar con un recurso que permita la satisfacción del derecho de acceso a la información Obligación de contar con un recurso judicial idóneo y efectivo para la revisión de las negativas de entrega de información

3 Obligación de contar con un recurso judicial idóneo y efectivo para la revisión de las negativas de entrega de información “Los Estados deben consagrar el derecho a la revisión judicial de la decisión administrativa a través de un recurso que resulte sencillo, efectivo, expedito y no oneroso, y que permita controvertir las decisiones de los funcionarios públicos que nieguen el derecho de acceso a una determinada información o que simplemente omiten dar respuesta a la solicitud”. [Corte I.D.H., Caso Claude Reyes y otros Vs. Chile, sentencia de 19 de septiembre de 2016, Párr. 231].

4 Recurso de revisión en materia de acceso a la información pública
Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Artículo 153. Las respuestas de los sujetos obligados en materia de acceso a la información pública podrán impugnarse por medio del recurso de revisión.

5 Recurso de revisión en materia de acceso a la información pública
Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Artículo 155. El recurso de revisión procederá en contra de: Falta de respuesta Respuesta - Inconformidad con la entrega - Inconformidad Negativa

6 Recurso de revisión en materia de acceso a la información pública (procedencia)
Literalidad… I. La negativa de acceso a la información; II. La declaración de inexistencia de información; III. La clasificación de información como reservada o confidencial; IV. La declaración de incompetencia por el sujeto obligado; V. La notificación, entrega o puesta a disposición de información en una modalidad o formato distinto al solicitado VI. La entrega o puesta a disposición de información en un formato incomprensible o no accesible para el solicitante; VII. Los costos o tiempos de entrega de la información;

7 Recurso de revisión en materia de acceso a la información pública (procedencia)
VIII. La falta de trámite a una solicitud; IX. La negativa a permitir una consulta directa; X. La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud; XI. Las razones que motivan una prórroga; XII. La falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos establecidos en esta Ley; XIII. La falta, deficiencia o insuficiencia de la fundamentación o motivación en la respuesta; y XIV. La orientación a un trámite en específico.

8 Recurso de revisión en materia de acceso a la información pública (procedencia)
Otra lectura de procedencia… Confronta con los deberes establecidos en la Ley de Transparencia. Relación deberes del sujeto obligado – procedencia del recurso de revisión. Por ejemplo, la notificación de una indebida prevención (IVAI-REV/512/2017/I) involucra principio de sustanciación sencilla y expedita, accesible a cualquier persona / no formulismos innecesarios.

9 Relación deber del sujeto obligado – recurso de revisión
Tres posibles respuestas 1. Existencia de la información y entrega Búsqueda / respaldo Trámite de las Unidades de Transparencia 2. Existencia de la información y niega Comité de Transparencia Categorías Expedientes, procedimientos, versión pública 3. Inexistencia de la información Comité de transparencia ¿Cuándo es necesaria la inexistencia?

10 Relación deber del sujeto obligado – recurso de revisión
- Casos que se excluyen (no son un tipo de respuesta) Información en proceso de actualización Prevención Prórroga Información futura Derecho de petición

11 Oportunidades de mejora…
Respaldo documental necesario Verificar quién da respuesta (por instrucciones / normatividad) No sólo realizar el trámite (respuestas en sí mismas incompletas) Adjuntar respuestas de las áreas (evitar transcribirlas) Adjuntar acuerdos del comité de transparencia (evitar que sea otro órgano)

12 Oportunidades de mejora (II)…
Empleo de prórrogas o prevenciones sólo en caso necesario Herramientas para dar respuestas: informes semestrales, solicitudes administración pública, decretos de creación, resoluciones y criterios Temporalidad, origen, nómina, servidores públicos

13 Criterios derivados del recurso de revisión
Criterios… (IVAI) 1/2012. “Costo por concepto de envío de la información. Procede cuando el solicitante exprese la imposibilidad de acudir directamente a las oficinas de la unidad de acceso, siempre y cuando se trate de aquella que el sujeto obligado no se encuentre constreñido a generar -o no genere- en formato electrónico”. 3/2014. “Recurso de revisión. Puede interponerse utilizando un seudónimo”. 4/2014. “Nómina. Versión pública de la”.

14 Criterios derivados del recurso de revisión
Criterios… (IVAI) 6/2014. “Padrón de morosos de un servicio público. Procedencia de su entrega”. 3/2015. “Documentos generados con motivo de escritos presentados en el ejercicio del derecho de petición. procedencia de su entrega”. 7/2015. “Recibo de nómina. Procede su entrega en modalidad electrónica”.

15 Criterios derivados del recurso de revisión
Criterios… (IVAI) 8/2015. “Atribución de las unidades de acceso de realizar los trámites internos necesarios para localizar y entregar la información pública requerida”. 12/2015. “Facturas. Modalidad de su entrega”. 13/2015. “Firma de los servidores públicos. Es un dato personal, pero no confidencial cuando consta en el recibo de nómina correspondiente”. 15/2015. “Nombre de servidores o ex servidores públicos con procedimientos de responsabilidad en trámite. su divulgación constituye información pública”.

16 Criterios derivados del recurso de revisión
Criterios… (INAI) 11/2017. Cuentas bancarias y/o CLABE interbancaria de sujetos obligados que reciben y/o transfieren recursos públicos, son información pública. 7/2017. Casos en los que no es necesario que el Comité de Transparencia confirme formalmente la inexistencia de la información. 7/2014. Solicitudes de acceso. Deben admitirse aun cuando se fundamenten en el artículo 8º constitucional. 09/13. Periodo de búsqueda de la información, cuando no se precisa en la solicitud de información

17 Lic. Carlos Martín Gómez Marinero
Secretario de Estudio y Cuenta ext. 320


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