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“Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole.

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Presentación del tema: "“Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole."— Transcripción de la presentación:

1 Cumplimiento de las obligaciones de Transparencia de la Ley General y Los Portales de Internet

2 “Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

3 Necesario elevar la calidad de la publicación de las obligaciones de transparencia
Tendremos ciudadanos mejor enterados Información brinda un valor agregado a la gobernanza

4 Directrices de la LGTAIP
Establece los principios generales, procesos y procedimientos del ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el país. Homologar y estandarizar las Obligaciones de Transparencia de los SO de los ordenes federal, estatal y municipal. Ordena el desarrollo de una plataforma electrónica para cumplir con los procedimientos, obligaciones y disposiciones señaladas en ella, atendiendo a las necesidades de accesibilidad de los usuarios.

5 Propósitos de los LTG Regulan elementos de forma, términos, plazos y formatos que deberán de atenderse y usar para el catálogo de la información prescrita en el Título Quinto de la LGTAIP Harán posible homologar y estandarizar la organización, difusión y actualización de las obligaciones de transparencia que difunden los SO. Elementos claves: criterios (sustantivos y adjetivos) y formatos LTG Forma Términos Plazos Formatos

6 Distribución de competencias
La responsabilidad última de registrar la información corresponde a las unidades administrativas y/o áreas de los SO Siendo éstas las encargadas de publicar, actualizar y/o validar la información La Unidad de Transparencia recabará y supervisará que la información que se publique cumpla con los criterios establecidos en los Lineamientos

7 Información veraz y actualizada
La información que se difunda guardará estricta correspondencia y coherencia con los documentos y expedientes en los que conste el ejercicio de sus facultades La información se publicará en sus Portales de Internet y en la PNT Actualizar la información por lo menos cada tres meses –salvo que otra normatividad establezca un plazo distinto- (art. 62 Ley General)

8 ¿Qué hacer cuando no existe información?
Exposición de motivos y causas No se generó información en algún período determinado. Se explicarán los motivo mediante una leyenda breve, clara, motivada y fundamentada. No se ha generado nunca información que por normatividad sea competencia del SO: Se puede difundir información que se considere equivalente - explicando mediante una leyenda por qué se considera equiparable- (hasta por un año). Una vez terminado el periodo de un año, se deberá generar y publicar la información de su competencia.

9 ¿Qué hacer cuando no existe información?
Exposición de motivos y causas No se ha generado nunca información que por normatividad sea competencia del SO, y no existe información equivalente. Por medio de una leyenda, se deberá: Explicar que la información será generada y publicada (periodo máximo de dos años), y Fundar los motivos por los cuales no se genera la información.

10 Información de acceso restringido
Cuando la información a difundir actualice alguna causal de reserva, se publicará una leyenda con su correspondiente fundamento legal que especifique que la información se encuentra clasificada (de conformidad con el Titulo Sexto de la LGTAIP). Se elaborará versión pública de los documentos que contengan información que actualice alguno de los supuestos de reserva o confidencialidad. Cada versión pública debe ser aprobada por el Comité de Transparencia

11 Verificación diagnóstica
Transcurrido el periodo de incorporación de información a los portales de Internet y a la PNT, se realizará una primera verificación Nota: Esta verificación no tendrá efectos vinculantes con lo establecido en el art. 88 del Capítulo VI de la LGTAIP (imposición de medidas de apremio o sanciones) Objetivo: Detectar las áreas de oportunidad de cada SO para dar cumplimiento a las Obligaciones de Transparencia previstas en la LGT,

12 Aspectos a considerar en la Verificación Diagnóstica
Articulo y fracción Inciso o formato (numeral) Aplicabilidad Criterios adjetivos de actualización Criterios sustantivos de contenido Criterios adjetivos de confiabilidad Criterios adjetivos de formato

13 Ruta de verificación Diagnóstica
Carga de la información plazo 04 de mayo de 2017 Aprobación de Acuerdo de Verificación Diagnóstica por SNT de los LTG Verificación de OT por el Órgano Garante del 22 de mayo al 14 de agosto de 2017 CUMPLIMIENTO de Observaciones y Recomendaciones en el plazo que esté establecido en su notificación Notificación de Observaciones y Recomendaciones del 01 de junio al 21 de agosto de 2017 ACOMPAÑAMIENTO INSTITUCIONAL 01 de junio al 15 de diciembre de 2017 Cumplimiento de medidas de apremio Primer día hábil de 2018 CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT03-03/05/

14 Muchas gracias por su atención
Unidad de Verificación y Evaluación a Sujetos Obligados Correo electrónico: Ext. 120


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