Trasfondo teórico en la interpretación constitucional

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
El Iuspositivismo.
Advertisements

DOCTORADO EN CIENCIAS JURÍDICAS FILOSOFIA DEL DERECHO
ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Argumentación y Razonamiento jurídico
INTERPRETACION DE LA CONSTITUCION
LA CRISIS ACTUAL DEL POSITIVISMO JURÍDICO
REGLAS DE MANDATO Y PRINCIPIOS
EL DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN
Introducción al estudio del Derecho.
El positivismo excluyente de Joseph Raz (1939, Israel)
1 Edwin Figueroa Gutarra 1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POST GRADO ARGUMENTACIÓN CIENTÍFICA Normatividad y argumentación de Carlos Bernal.
Deferencia judicial y justicia administrativa CIDE Perspectivas Comparadas de la Justicia Administrativa Jean Claude Tron Academia.
Evicción de la ley extranjera: Orden Público Internacional y Fraude a la Ley.
Derecho y Literatura Prof. Antonia Torres Agüero II Semestre 2016 Escuela de Derecho Universidad Austral de Chile.
REGLAS TÉCNICAS Y NORMAS DE CONDUCTA LUIS ENRIQUE ALCANTAR ROMÁN ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE YAUTEPEC.
Es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, las cosas, detalles, mentiras, objetivos, cosas, casas y todo aquello concerniente.
Introducción al Derecho del Trabajo. Que es el Derecho  No es sólo un conjunto de leyes  Origen conceptual: separación de poderes del Estado  Distintas.
INTERPRETACIÓN DE LA LEY
Moral: conjunto de costumbres y hábitos culturales que transformados en deberes y normas de conducta responde a necesidades de establecer parámetros de.
ALBANO ALEXANDER ROJAS BRITTO
“El gol marcado” 10 Regla: Jagoba Riveiro Zafra (3ª División)
La Constitución Las normas son reglas que buscan ajustar las conductas de las personas en una comunidad determinada y el contravenirlas puede implicar.
Edwin Figueroa Gutarra
TEORIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO
I. Introducción 1. Ordenamiento jurídico que regula el problema DIP / D. Interno - Constitución fija validez y aplicabilidad: validez de normas internas.
Contexto de la interpretación constitucional
PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
Seguridad jurídica en materia de inversiones
Juan Carlos Díaz Colchado
Perfil del Conciliador.
Edwin Figueroa Gutarra
TEMA: Las Dimensiones Socio-Histórica y Filosófica del Derecho
Constitucionalismo y codificación.
TEORÍAS DE LA INTERPRETACIÓN constitucional
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
LA NORMA GENERAL NUMERO 320 ESTABLECE:
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
TEORIA DE PIAGET EPISTEMOLOGIA GENÉTICA
ALF ROSS Fue un filósofo del derecho, representante del Realismo Jurídico Escandinavo. Fue influenciado por Hans Kelsen y Axel Hägerstrom, esto no quiere.
Bioética El lenguaje como indicador de la dignidad.
ESTADO LIBERAL SE LLAMA A CIERTA CONFIGURACIÓN EN EL ORDEN JURÍDICO POLÍTICO DE UN ESTADO CARACTERIZADO POR ASPECTOS TALES COMO LA SEPARACIÓN DE LOS PODERES.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
LA ETICA DEL ABOGADO. ASIGNATURA: ETICA JURIDICA Integrantes: 1.Olga Esther Canales Palencia.
CAP XII.
Universales procedimentales
FILOSOFÍA DEL DERECHO NOCIONES PRELIMINARES
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
Edwin Figueroa Gutarra
Mg. Edgar Cruz Acuña ¿De qué se trata? Mg. Edgar Cruz Acuña DERECHO: IUS LEX y IUS FACULTAS "Derecho como sistema jurídico de un Estado” "Derecho como.
TIPOS DE ENUNCIADOS JURÍDICOS
SOLO PARA REVISAR.
UNIVERSIDAD SAN MARTIN DE PORRAS DERECHO PENAL I EVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO DOCENTE: Mg Carlos Caparo Madrid.
VALOR ETICA VALOR MORAL VALORES.
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
PRINCIPIOS PROCESALES EN MATERIA PENAL REYNA CALDERÓN PRINCIPIOS PROCESALES EN MATERIA PENAL.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
Aprendimos en la clase anterior: Tipos de textualidad:  Descriptiva  Narrativa  Argumentativa  Explicativa o expositiva  Comentario  Definición.
Aplicación del derecho
ELABORACIÓN Y REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
Presentado por: Jesús Noé Siñani Yujra PROPUESTA DE LEY PARA LA CREACION DE NUEVOS MUNICIPIOS EN BOLIVIA.
SOFTWARE EDUCATIVO JORGE RODRIGUEZ CARRILLO
Formatos. “Libre, y para mi sagrado, es el derecho de pensar... La educación es fundamental para la felicidad social; es el principio en el que descansan.
PRESENTACIÓN DE CIENCIAS JURÍDICAS
EL POSITIVISMO Y LA INDEPENDENCIA ENTRE EL DERECHO Y LA MORAL.
Caso práctico Cese de adopción
Introducción al Modelamiento y Simulación E. Raffo Lecca Lima-Perú 2017 Company LOGO.
FUENTES DEL DERECHO y LA CONSTITUCIÓN COMO FUENTE
CONCEPTOS DE INTERPRETACION Y HERMENEUTICA. Interpretacion ◦ Buscarle sentido a algo (Darle sentido) ¿Quiénes interpretaban en el comienzo ? Rta: Los.
Diseños Experimentales y Cuasi-Experimentales Mg. Gabriel Castillo Hidalgo.
Transcripción de la presentación:

Trasfondo teórico en la interpretación constitucional Juan Carlos Díaz Colchado

Debate entre el positivismo jurídico y el postpositivismo Positivismo jurídico y su ¿crisis? N. Bobbio, positivismo debe entenderse en tres aspectos: teórico, metodológico, ético Hart, derecho como sistema de reglas (primarias/ secundarias), propone tres tesis: a) fuentes sociales, b) separación derecho y moral, c) discrecionalidad judicial Dworkin: positivismo es insuficiente para explicar la práctica del derecho: además de reglas hay principios y directrices de acción política. Los principios tienen peso, apertura a la moral, no hay discrecionalidad judicial

Post – Positivismo (no positivismo principialista, Neoconstitucionalismo) Se agrupa autores como Dworkin, Alexy, Nino Defienden ciertas tesis: presencia de principios, aplicación vía ponderación, conexión Derecho y moral Efecto irradiación de lo derechos y constitucionalización

Características Postpositivismo (1) Confrontación entre Modelo de reglas a un modelo de reglas, principios y procedimiento Modelo de relaciones lógicas entre normas a un modelo de relaciones lógicas y de justificación Correlación entre derechos y deberes, hacia prioridad justificativa de los derechos

Características Postpositivismo (2) Confrontación entre Modelo de solo subsunción a subsunción + ponderación División fuerte entre “crear” y “aplicar” normas hacia un modelo continuidad práctica de las operaciones normativas Modelo de validez formal de las normas a la distinción entre validez formal y validez material de las normas De la distinción casos regulados/no regulados, a los casos fáciles/difíciles

Características Postpositivismo (3) Confrontación entre Modelo de separación del lenguaje del derecho / lenguaje sobre el derecho a un discurso reconstructivo del derecho De la distinción entre estática y dinámica jurídica hacia la concepción del derecho como práctica. De “enseñar el Derecho es transmitir normas” a “enseñar el Derecho es desarrollar ciertas habilidades

CENTRO DEL DEBATE : TESIS DE LA SEPARACIÓN / CONEXIÓN ENTRE Derecho y moral ¿Cuál es la relación entre derecho y moral? No existe conexión conceptual = positivismo (incluyente / excluyente) Sí existe una conexión conceptual necesaria = Postpositivismo

y…¿la interpretación constitucional? Discusiones en torno a la tesis de la discrecionalidad judicial, ¿tienen los jueces discrecionalidad al momento de interpretar/aplicar el derecho positivo?, si la tuvieran ¿cuándo pueden aplicar su discrecionalidad? Según Hart = Caso no regulado (caso difícil) = hay que salir del derecho positivo = conexión contingente entre Derecho y moral Según Dworkin = no hay discrecionalidad = el derecho como integridad con la moral y las pautas sociales = el derecho siempre brinda una respuesta correcta. <Revisar cláusulas de cierre del sistema: en caso de vacío se acude a principios, derecho consuetudinario>