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1 Edwin Figueroa Gutarra 1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POST GRADO ARGUMENTACIÓN CIENTÍFICA Normatividad y argumentación de Carlos Bernal.

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1 1 Edwin Figueroa Gutarra 1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POST GRADO ARGUMENTACIÓN CIENTÍFICA Normatividad y argumentación de Carlos Bernal Pulido Resumen de UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POST GRADO ARGUMENTACIÓN CIENTÍFICA Normatividad y argumentación de Carlos Bernal Pulido Resumen de Edwin Figueroa Gutarra Profesor visitante UNT Juez Superior Sala Constitucional Lambayeque Trujillo estudiofg@yahoo.com http://edwinfigueroag.wordpress.com estudiofg@yahoo.com http://edwinfigueroag.wordpress.com

2 2 Edwin Figueroa Gutarra 2 Introducción Introducción La argumentación jurídica tiene una pluralidad de relaciones con el concepto de normatividad La argumentación jurídica tiene una pluralidad de relaciones con el concepto de normatividad Las normas son elementos de los argumentos que conforman el discurso jurídico Las normas son elementos de los argumentos que conforman el discurso jurídico Las normas jurídicas son una institucionalización de la corrección Las normas jurídicas son una institucionalización de la corrección La corrección comprende adscribir a cada disposición jurídica aquella norma que le corresponde para cada caso concreto La corrección comprende adscribir a cada disposición jurídica aquella norma que le corresponde para cada caso concreto

3 3 Edwin Figueroa Gutarra 3 Aspectos: Aspectos: 1) El concepto de normatividad 1) El concepto de normatividad 2) El concepto d argumentación jurídica 2) El concepto d argumentación jurídica 3) El papel de la argumentación jurídica en la normatividad 3) El papel de la argumentación jurídica en la normatividad 4) El papel de la normatividad en la argumentación jurídica 4) El papel de la normatividad en la argumentación jurídica

4 4 Edwin Figueroa Gutarra 4 1. El concepto de normatividad 1. El concepto de normatividad El concepto de normatividad designa la propiedad “ valorativa”( evaluativa) o prescriptiva” de un enunciado. El concepto de normatividad designa la propiedad “ valorativa”( evaluativa) o prescriptiva” de un enunciado. - Tipología de normas - Tipología de normas a) Diferenciación entre reglas y principios. Da lugar a 2 tipos de normatividad: la de las reglas( del todo o nada) y la de los principios( de la optimización). a) Diferenciación entre reglas y principios. Da lugar a 2 tipos de normatividad: la de las reglas( del todo o nada) y la de los principios( de la optimización). Alexy: los principios son mandatos de optimización, se aplican mediante la ponderación. Alexy: los principios son mandatos de optimización, se aplican mediante la ponderación.

5 5 Edwin Figueroa Gutarra 5 b) Diferenciación entre normas primarias y secundarias. b) Diferenciación entre normas primarias y secundarias. Según Kelsen, la norma primaria atribuye al juez una competencia para imputar la sanción( normatividad débil). La norma secundaria, en cambio, establece la acción que debe realizarse parta impedir la sanción. ( normatividad fuerte) Según Kelsen, la norma primaria atribuye al juez una competencia para imputar la sanción( normatividad débil). La norma secundaria, en cambio, establece la acción que debe realizarse parta impedir la sanción. ( normatividad fuerte) La clasificación entre normatividad primaria y secundaria se ha desarrollado más en cuanto a reglas. La clasificación entre normatividad primaria y secundaria se ha desarrollado más en cuanto a reglas. Los principios y su normatividad también admiten la caracterización entre primarios y secundarios. Su normatividad es débil Los principios y su normatividad también admiten la caracterización entre primarios y secundarios. Su normatividad es débil

6 6 Edwin Figueroa Gutarra 6 2. El concepto de argumentación jurídica 2. El concepto de argumentación jurídica Es una actividad de interlocución o diálogo llevada a cabo por todos los participantes en la práctica jurídica. Es una actividad de interlocución o diálogo llevada a cabo por todos los participantes en la práctica jurídica. Reglas de racionalidad de la argumentación jurídica: 1) claridad y consistencia conceptual, 2) consistencia normativa, 3) saturación, 4) respeto de la lógica deductiva, 5) respeto de las cargas de argumentación, 6) honestidad, 7) consistencia argumentativa, y 8) coherencia Reglas de racionalidad de la argumentación jurídica: 1) claridad y consistencia conceptual, 2) consistencia normativa, 3) saturación, 4) respeto de la lógica deductiva, 5) respeto de las cargas de argumentación, 6) honestidad, 7) consistencia argumentativa, y 8) coherencia

7 7 Edwin Figueroa Gutarra 7 3. La argumentación jurídica en la normatividad 3. La argumentación jurídica en la normatividad i. La argumentación jurídica y las reglas primarias. i. La argumentación jurídica y las reglas primarias. Estructura de la subsunción: premisa mayor, premisa menor, conclusión. Estructura de la subsunción: premisa mayor, premisa menor, conclusión. Doble función: Doble función: a) La propia estructura de la subsunción establece un proceso argumentativo respetuoso de las reglas de la lógica deductiva,. a) La propia estructura de la subsunción establece un proceso argumentativo respetuoso de las reglas de la lógica deductiva,. b) Las reglas de racionalidad de la argumentación jurídica deben aplicarse para determinar las premisas mayor y menor de la subsunción. b) Las reglas de racionalidad de la argumentación jurídica deben aplicarse para determinar las premisas mayor y menor de la subsunción.

8 8 Edwin Figueroa Gutarra 8 ii. La argumentación jurídica y los principios primarios ii. La argumentación jurídica y los principios primarios Las reglas de la argumentación jurídica orientan la aplicación de los principios primarios mediante la ponderación o mediante el principio de proporcionalidad. Las reglas de la argumentación jurídica orientan la aplicación de los principios primarios mediante la ponderación o mediante el principio de proporcionalidad. Exigencias: Exigencias: - Subprincipio de idoneidad: toda intervención en un principio jurídico debe ser adecuada para contribuir a la realización de otro principio jurídico - Subprincipio de idoneidad: toda intervención en un principio jurídico debe ser adecuada para contribuir a la realización de otro principio jurídico

9 9 Edwin Figueroa Gutarra 9 - Subprincipio de necesidad: toda medida de intervención en un principio jurídico debe ser la más benigna con el principio intervenido, entre todas aquellas que revisten por lo menos la misma idoneidad para alcanzar el objetivo propuesto. - Subprincipio de necesidad: toda medida de intervención en un principio jurídico debe ser la más benigna con el principio intervenido, entre todas aquellas que revisten por lo menos la misma idoneidad para alcanzar el objetivo propuesto. - Subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto o ponderación. La importancia de los objetivos perseguidos por toda intervención en un principio debe guardar una adecuada relación con el significado del principio intervenido. - Subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto o ponderación. La importancia de los objetivos perseguidos por toda intervención en un principio debe guardar una adecuada relación con el significado del principio intervenido.

10 10 Edwin Figueroa Gutarra 10 4. La normatividad en la argumentación jurídica 4. La normatividad en la argumentación jurídica La normatividad fuerte de las reglas y los principios secundarios incide en la subsunción y en la ponderación. La normatividad fuerte de las reglas y los principios secundarios incide en la subsunción y en la ponderación. Respecto a la ponderación, en su estructura los principios que concurren también son razones para la acción revestidas de normatividad. Sin embargo, no es una normatividad definitiva, sino prima facie. Respecto a la ponderación, en su estructura los principios que concurren también son razones para la acción revestidas de normatividad. Sin embargo, no es una normatividad definitiva, sino prima facie. El resultado de la argumentación jurídica en el discurso judicial, tiene también un status normativo como precedente. El resultado de la argumentación jurídica en el discurso judicial, tiene también un status normativo como precedente.


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