Aportes a la Ciencia del Derecho Natural en el Antiguo Testamento

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Transcripción de la presentación:

Aportes a la Ciencia del Derecho Natural en el Antiguo Testamento Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho II Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo Castro

El Antiguo Testamento Conjunto de libros recibido por el pueblo hebreo y posteriormente por el cristianismo como inspirados por Dios mismo (revelación). Ética y derecho naturales se presentan como enseñadas por Dios a su Pueblo. DN recogido dentro de derecho divino positivo (ius divinum). AT contiene algunas ideas básicas para la elaboración de la teoría del DN.

Verdades fundamentales Existencia de Dios como ser personal y, por tanto, distinto del mundo. El hombre ser personal. La naturaleza humana es buena. Dios como fundamento último del derecho natural. Compendio de derecho natural: el Decálogo. Primer precepto de la vida social y regla áurea.

Dios personal, distinto del mundo Para que el DN sea verdaderamente natural, debe tener su fundamento próximo en la naturaleza humana: que el ser del hombre no se confunda con otro (Dios, Naturaleza). Que el hombre sea libre: si Dios no fuese distinto del hombre, la libertad sería conciencia de una ley necesaria.

Dios personal, distinto del mundo Dios creó el mundo, es distinto de él. Creación de la nada, las cosas no proceden de la sustancia divina. DN como orden propio de la naturaleza humana, distinto del logos divino aunque sea reflejo (participación) del mismo por proceder de Dios.

Hombre ser personal Tres supuestos necesarios para que exista DN, configuran al hombre como persona: Razón. Libertad. Discernimiento moral (justo e injusto). El hombre es parte de la naturaleza, pero no se reduce a ser parte de ella. Posee dominio sobre su ser y capacidad de dominar su entorno: por tanto, ser sujeto de derecho.

Naturaleza humana buena Naturaleza debe ser buena para que pueda ser criterio de bien y justicia, al menos de modo inmediato y próximo. Tendencia natural no puede ser signo de deber-ser si no fuese buena.

Naturaleza humana buena Mal y desorden no son originarios de naturaleza humana en sí misma. Mal es dominable. Naturaleza humana como universal metafísico es criterio de bien y justicia, no la naturaleza empírica, fenomenología o devenir existencial.

Dios, fundamento último del derecho natural AT no habla de un orden moral o jurídico natural, pero sí de un orden dado al hombre por creación, anterior por tanto a la Ley mosaica. Los seres irracionales dotados de leyes necesarias; el hombre, libre.

Dios, fundamento último del derecho natural Base de idea central desarrollada posteriormente: ley divina y ley natural guardan misma relación que ser de Dios y ser del hombre: distintas, pero reflejo (participación) de la otra. Dios como garante del DN, independientemente de la sanción con que sociedad humana refuerce su cumplimiento.

Compendio de DN: Decálogo Las diez palabras o mandamientos de Dios. En él se ha visto resumen más perfecto de la ética natural y, en lo que tiene de jurídico, del DN. Principios básicos de moral personal y social, varios también de DN. Especialmente 4º a 8º, “Segunda tabla”.

Primer precepto de vida social y regla áurea La amicitia entre individuos y pueblos, presupone la justicia y promueve la paz, por lo que ha sido considerada primer precepto de la ley natural que rige la sociedad: “amarás a tu prójimo como a ti mismo”. Representa máxima expresión de igualdad por naturaleza entre todos los hombres, igualdad básica por encima de diferencias accidentales.

Primer precepto de vida social y regla áurea Fraternidad se fundamenta no en común generación de los hebreos en Abraham, sino en común generación de todos los hombres en Adán: por eso, es aplicable a todos. De ahí deriva la regla áurea: “Guárdate de hacer jamás a otro lo que no quisieras que otro te hiciese a ti”.