NÓMINA CONCEPTO. Llamamos nómina al documento en el que se consignan los días trabajados y los sueldos percibidos por los trabajadores y se asientan los demás conceptos de percepción o deducción para cada uno de ellos, en un período determinado.
NÓMINA Este documento es el que estamos obligados a guardar durante el último año después que se extinguió la relación para los efectos laborales (art. 87 LFT) y por 15 años siguientes a la fecha para efectos fiscales del ISR (art. 67 CFF) y SS (art. 15-II LSS).
Regulares TIPOS DE NÓMINA Semanales Quincenales Mensual Confidencial (Art. 88 LFT)
TIPOS DE NÓMINA Gratificaciones Para cubrir presentaciones (Contrato Colectivo de Trabajo) Gratificaciones Participación de utilidades (incluye ex-empleados) Despensas Devoluciones del fondo del ahorro Pago de previsión social
TIPOS DE NÓMINA Especiales Vacaciones Comisiones
TIPOS DE NÓMINA Al momento del retiro Finiquitos Liquidaciones
TIPOS DE NÓMINA Eventuales De ajuste Nota: por las modificaciones al LISR y vigentes a partir del 2002, se establece la obligación de pagar crédito al salario a los trabajadores que tengan ese derecho en nómina separada, en forma mensual y en fecha distinta a la que se paga el salario (Art. 119-VI-LISR)
ENTORNO DEL PROCESO DE NÓMINA Recursos humanos (supervisión proceso) Informática Finanzas Contabilidad (provisiones) Fiscal Presupuestos Objetivo: cumplir con las disposiciones, laborales, fiscales y legales.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA ELABORARLA Definición de políticas de pago y descuento. (FUNDAMENTAL) Definición de calendario de pagos. Alta de los empleados..Consideración de movimientos de incidencias. (Faltas, incapacidades, etc.) Consideración de pagos y descuentos para la nómina en proceso. Consideración de pagos o descuentos fijos. Obtención y chequeo de cifras de control. (Incluir todos) Calculo de nómina.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA ELABORARLA En caso necesario recalculo de la nómina. Obtención de reportes y archivos. Pago de la nómina. Contabilización. (Previsiones) Cierre de la nómina. Presentación de informes y declaraciones.
A QUIENES SE DEBE INCLUIR EN LA NÓMINA En principio, deberían incluirse a todas aquellas personas físicas que tienen una relación de trabajo subordinado con la empresa, sea esta persona física o moral (Art. 8 LF)