DERECHOS DEL PACIENTE Ignacio Maglio.

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Transcripción de la presentación:

DERECHOS DEL PACIENTE Ignacio Maglio

ESTRUCTURA DE LA LEY CINCO CAPITULOS I “Derechos del Paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud” II “De la Información Sanitaria” III “Del Consentimiento Informado” IV “De la Historia Clínica” V “Disposiciones Generales”

Ley 26.529. Derechos del Paciente Art. 1: El ejercicio de los derechos del paciente, en cuanto a la autonomía de la voluntad, la información y la documentación clínica, se rige por la presente ley. Deficiente Técnica legislativa. Redacción confusa

Ley 26.529. Derechos del Paciente Artículo 2°. “Derechos del paciente. Constituyen derechos esenciales en la relación entre el paciente y el o los profesionales de la salud…” Rasgo subyacente del MMH: Profesionalización. Subalternización de otros saberes y prácticas.

Artículo 2 DERECHOS DEL PACIENTE ASISTENCIA TRATO DIGNO Y RESPETUOSO INTIMIDAD CONFIDENCIALIDAD AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD INFORMACION SANITARIA INTERCONSULTA MEDICA.

ASISTENCIA “El paciente, prioritariamente los niños, niñas y adolescentes, tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud, sin menoscabo y distinción alguna, producto de sus ideas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición. El profesional actuante sólo podrá eximirse del deber de asistencia, cuando se hubiere hecho cargo efectivamente del paciente otro profesional competente” 

TRATO DIGNO Y RESPETUOSO “El paciente tiene el derecho a que los agentes del sistema de salud intervinientes, le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes”

INTIMIDAD “Toda actividad médico - asistencial tendiente a obtener, clasificar, utilizar, administrar, custodiar y transmitir información y documentación clínica del paciente debe observar el estricto respeto por la dignidad humana y la autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la intimidad del mismo y la confidencialidad de sus datos sensibles, sin perjuicio de las previsiones contenidas en la Ley Nº 25.326 “

CONFIDENCIALIDAD “El paciente tiene derecho a que toda persona que participe en la elaboración o manipulación de la documentación clínica, o bien tenga acceso al contenido de la misma, guarde la debida reserva, salvo expresa disposición en contrario emanada de autoridad judicial competente o autorización del propio paciente”

AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD “El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a intervenir en los términos de la Ley Nº 26.061 a los fines de la toma de decisión sobre terapias o procedimientos médicos o biológicos que involucren su vida o salud “

INFORMACION SANITARIA “El paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria necesaria, vinculada a su salud. El derecho a la información sanitaria incluye el de no recibir la mencionada información “ Art. 3º.- Definición. A los efectos de la presente ley, entiéndase por información sanitaria aquella que, de manera clara, suficiente y adecuada a la capacidad de comprensión del paciente, informe sobre su estado de salud, los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos.  Art. 4º.- Autorización. La información sanitaria sólo podrá ser brindada a terceras personas, con autorización del paciente.  En el supuesto de incapacidad del paciente o imposibilidad de comprender la información a causa de su estado físico o psíquico, la misma será brindada a su representante legal o, en su defecto, al cónyuge que conviva con el paciente, o la persona que, sin ser su cónyuge, conviva o esté a cargo de la asistencia o cuidado del mismo y los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad. 

El encuentro entre médico y paciente, fundado en la escucha (y cualidades afines como la mirada o la palpación) puede ser suficiente para establecer el diagnóstico y el tratamiento…oír con atención facilita la lectura de la enfermedad y coadyuva en la selección de los exámenes adecuados para llegar a un diagnóstico preciso. La tecnología no es sorda, quien ha hace sorda es el médico que la usa mal y le confiere poderes desmesurados. Arnoldo Kraus

“Muchos pacientes se curan solamente con la satisfacción que les produce un médico que los escucha” Aforismo Hipocrático

¿EL CONSENTIMIENTO INFORMADO COMO IMPERATIVO MORAL O COMO RESGUARDO JUDICIAL?

“La clínica y todo lo que ahí sucede, es decir, la cara que mira y las manos que palpan, sigue siendo la parte medular, no solo de la escuela, sino de la vida de la medicina. La clínica es la morada obligada a la cual siempre deben recurrir los doctores; es el instrumento que le permite al galeno entender lo que dice el enfermo. En ese espacio, la tecnología no irrumpe ni manda”. Arnoldo Kraus.

Levinson,1997: Comunicación médico-paciente y su relación con juicios de mala praxis entre médicos de atención primaria y cirujanos Los médicos que no tuvieron reclamos: Orientaron mejor a sus pacientes con respecto a lo que iba a ocurrir en la consulta Demostraron buen humor durante la misma Facilitaron la participación el paciente Estimularon la formulación de preguntas para disipar dudas Destinaron algunos minutos más a la entrevista (18’ vs 15’ del grupo que había recibido demandas) Levinson W; Roter D, et al Physician Patient communication. The relationship with malpractice claims among primary care physicians and surgeons JAMA VOL 277, nº 7 Fevruary 1997

El diálogo ha sido sustituido por el monólogo; el monólogo, por órdenes escritas y los nombres de los enfermos, por números de expedientes. Uno de los prerrequisitos no escritos para ejercer la medicina, sobre todo la clínica, debería ser tener el deseo de escuchar. Arnoldo Kraus

Proceso del C. I y comprensión en Haiti (Fitzgerald D. et al Proceso del C.I y comprensión en Haiti (Fitzgerald D. et al., Lancet 2002; 360:1301-2) Cuestionario sobre los propósitos del estudio, la participación voluntaria, riesgos y beneficios, conocimiento de la prevención del HIV. Médico investigador (una sesión - proceso estándar):20% pasaron el test de comprensión. Consejero (-3 sesiones de 30-40 minutos durante 7-10 días con gráficos): 80% pasó el test .(12% refutó participar durante las reuniones)

Adherencia y comprensión Informante Aprobación del test _______________________________________ Medico, 1 sesión 3 / 15 (20%) Consejero, 3 sesiones 24 / 30 (80%) Fitzgerald y col. Lancet 360:1301, 2002

“Una sola palabra tuya bastará para sanarme” El Esturión del Evangelio

INTERCONSULTA MEDICA “El paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria por escrito, a fin de obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud”

Ley 26.529. Derechos del Paciente Art. 8º, in fine: …En los casos en que el paciente o su representante legal revoquen el rechazo dado a tratamientos indicados, el profesional actuante sólo acatará tal decisión si se mantienen las condiciones de salud del paciente que en su oportunidad aconsejaron dicho tratamiento. La decisión debidamente fundada del profesional actuante se asentará en la historia clínica.

Ley 26.529. Derechos del Paciente Artículo 11. Directivas anticipadas. Toda persona capaz mayor de edad puede disponer directivas anticipadas sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud. Las directivas deberán ser aceptadas por el médico a cargo, salvo las que impliquen desarrollar prácticas eutanásicas, las que se tendrán como inexistentes.

Modificación Ley 26.529 ARTICULO 1°.-Modifíquese el inciso e del articulo 2° de la Ley 26.529 -Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud- el que quedara redactado de la siguiente manera: “Articulo. 2º.- Derechos del paciente. Constituyen derechos esenciales en la relación entre el paciente y el o los profesionales de la salud, el o los agentes del seguro de salud, y cualquier efector de que se trate, los siguientes:

Modificación Ley 26.529 El que padezca una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido lesiones que la coloque en igual situación, informado en forma fehaciente, tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación y de reanimación artificial, cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría y produzcan dolor y sufrimiento desmesurado.

Modificación Ley 26.529 De la misma forma toda persona y en cualquier momento puede manifestar su voluntad de que no se implementen o se retiren las medidas de soporte vital que puedan conducir a una prolongación innecesaria de la agonía y que mantengan en forma penosa, gravosa y artificial la vida.

Modificación Ley 26.529 En todos los casos la negativa o el rechazo a la obtención de procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación y de reanimación artificial o retiro de medidas de soporte vital no significará la interrupción de aquellas medidas y acciones para el adecuado control y alivio del dolor y el sufrimiento de las personas.”

VERACIDAD DEFINICION EUTANASIA Eutanasia Resolutiva Activa Directa. Eutanasia Solutiva. Resolutiva Indirecta. Pasiva. Antidistanasia. “Provocar la muerte de un paciente portador de una enfermedad mortal, a su requerimiento y en su propio beneficio, por medio de la administración de un tóxico o veneno en dosis mortal” (Gherardi)

Hacer, Dejar o Permitir Morir, esta es la cuestión!!!

VERACIDAD DEFINICION MUERTE “Pérdida total e irreversible de los niveles cognitivos, afectivos y axiológicos” Definición – Criterios – Test Muerte – Persona - Cuerpo

“El sueño de la salud pública de tener una vida larga y saludable seguida de una rápida y fácil muerte está aun lejana” MEMENTO MORI Iona Heath BMJ | 24 JULY 2010 | VOLUME 341

“La principal causa de rechazo a la dación de órganos es la desconfianza en la determinación de muerte” (Kornblit et col) “Las prácticas omisivas y/o pasivas son la 1º causa de muerte en UTIs” (Medicina 1996; 56; 369-377)

CUIDADOS PALIATIVOS OMS 2003 “Cuidados Paliativos es un intento para mejorar la calidad de vida de lo los pacientes y sus familias combatiendo los problemas asociados a enfermedades que amenazan la vida; a través de la prevención y alivio del sufrimiento por medio de una temprana identificación y una impecable valoración y tratamiento del dolor y de otros problemas físicos, psicosociales y espirituales”. OMS 2003

“Muchos pacientes se curan solamente con la satisfacción que les produce un médico que los escucha” Aforismo Hipocrático

El diálogo ha sido sustituido por el monólogo; el monólogo, por órdenes escritas y los nombres de los enfermos, por números de expedientes. Uno de los prerrequisitos no escritos para ejercer la medicina, sobre todo la clínica, debería ser tener el deseo de escuchar. Arnoldo Kraus

Del “Interrogatorio” al “Escuchatorio”. Del “oír pasivo” a la “escucha activa”. De la “ocupación” a la “preocupación”. De lo “biológico” a lo “biográfico”. De la “explicación” a la búsqueda del “sentido”

Si he perdido la vida, el tiempo, todo lo que tiré, como un anillo, al agua, si he perdido la voz en la maleza, me queda la palabra. Si he sufrido la sed, el hambre, todo lo que era mío y resultó ser nada, si he segado las sombras en silencio, me queda la palabra… (Blas de Otero)

El acto bondadoso alcanza su máximo esplendor y pureza cuando quién lo recibe carece de todo poder. Texto adaptado de M. Kundera.

Gracias por su atención Contacto: consultas@maglioyasociados.com.ar