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Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la Autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

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1 Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la Autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

2 14/08/20172 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE OBJETIVOS Regulación del derecho a la protección de la salud (art. 43 de la Constitución y Ley 14/1986 General de Sanidad) Refuerza el derecho de autonomía del paciente. Trata con profundidad todo lo referente a la documentación clínica, y derechos de los usuarios.

3 14/08/20173 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE La Ley de Protección de datos de carácter personal, califica a los datos relativos a la salud de los ciudadanos como datos especialmente protegidos

4 14/08/20174 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE ÁMBITO Regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.

5 14/08/20175 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE PRINCIPIOS Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere el previo consentimiento de los pacientes. Todo paciente tiene derecho a negarse al tratamiento (“constará por escrito”). Quien elabore o tenga acceso a la información y la documentación está obligado a guardar la reserva debida ( Ley de Protección de datos )

6 14/08/20176 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE PRINCIPIOS Todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado: A la correcta prestación de sus técnicas. Al cumplimiento de los deberes de información y documentación clínica. Al respeto de las decisiones del paciente.

7 14/08/20177 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE APARTADOS 1.Derecho a la información sanitaria 2.Derecho a la intimidad 3.Respeto a la autonomía del paciente 4.Historia Clínica

8 14/08/20178 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE DERECHO DE INFORMACIÓN SANITARIA Los pacientes tienen derecho: A conocer toda la información disponible sobre su salud. A que se respete su voluntad de no ser informado. A autorizar quien puede ser informado sobre su salud ( de manera expresa ).

9 14/08/20179 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE DERECHO DE INFORMACIÓN SANITARIA EL TITULAR DE LA INFORMACIÓN ES EL PACIENTE

10 14/08/201710 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE DERECHO A LA INTIMIDAD Toda persona tiene derecho: A que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud. A que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización.

11 14/08/201711 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE RESPETO A LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE Toda actuación sanitaria necesita el consentimiento del afectado. El consentimiento será verbal (por norma general). Intervenciones quirúrgicas Procedimientos diagnósticos invasores Riesgo para su salud Por escrito

12 14/08/201712 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE HISTORIA CLÍNICA Definición y archivo Contenido Usos Conservación Derecho de acceso Custodia

13 14/08/201713 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE HISTORIA CLÍNICA - DEFINICIÓN Conjunto de documentos relativos a los procesos asistenciales. Identificación de los profesionales que han intervenido en ellos

14 14/08/201714 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE HISTORIA CLÍNICA - ARCHIVO Cada Centro archivará las Historias de sus pacientes Deben quedar garantizadas: Seguridad Conservación Recuperación

15 14/08/201715 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE HISTORIA CLÍNICA – CONTENIDO FINALIDAD: Facilitar la asistencia, dejando constancia de todos los datos que permitan el conocimiento del estado de salud.

16 14/08/201716 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE HISTORIA CLÍNICA - USOS Personal asistencial Personal asistencial : Instrumento fundamental para su adecuada asistencia. Personal de administración Personal de administración : Sólo puede acceder a los datos de la historia relacionado con sus funciones.

17 14/08/201717 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE HISTORIA CLÍNICA - CONSERVACIÓN Los centros sanitario conservarán la documentación de forma que garanticen: Mantenimiento Seguridad Mínimo Mínimo : 5 años desde la fecha de alta de cada proceso.

18 14/08/201718 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE DERECHO DE ACCESO A LA HISTORIA CLÍNICA El paciente tiene derecho: A acceder a la documentación de la historia. A obtener copia de los datos que figuran en ella. RESERVAS

19 14/08/201719 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE RESERVAS AL DERECHO DE ACCESO No puede perjudicarse: La confidencialidad de los datos de terceras personas que constan en la historia. El derecho de reserva de los profesionales que han participado en la elaboración de la historia. Anotaciones subjetivas

20 14/08/201720 LEY DE AUTONOMÍA DEL PACIENTE HISTORIA CLÍNICA El personal que accede a los datos de la historia clínica en el ejercicio de sus funciones queda sujeto al deber de secreto. Ley de Protección de datos La custodia de las historias estará bajo la responsabilidad de la dirección del Centro Sanitario.

21 Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la Autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica


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