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Publicada porulises flores Modificado hace 6 años
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Asignación de Desempeño Colectivo Postulación y Suscripción Abril/ 2018 Ministerio de Educación
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2 Marco Legal Ley 19.933, Artículo 18: estipula la Asignación de Desempeño Colectivo, que plantea un incentivo a los equipos directivos y técnicos pedagógicos del establecimiento educacional, que elaboren e implementen un Convenio de Desempeño Colectivo suscrito, cuyas acciones para el mejoramiento de sus prácticas de gestión y liderazgo educativo, generen más y mejores condiciones institucionales y organizacionales con la participación activa de la comunidad educativa; cuyo foco y propósito principal es el logro de aprendizajes significativos para cada uno de sus estudiantes. Dirigida a todos los y todas las docentes directivos y técnico- pedagógicos de establecimientos municipales o particulares subvencionados del país, con 250 o más alumnos y/o alumnas matriculados/as al mes de marzo de cada año.
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3 Marco Legal Decreto de Educación N° 176 de 2004: que regula la Asignación de Desempeño Colectivo, en su artículo 9 indica: “los convenios de Desempeño deberán fijar metas de gestión anuales y pertinentes que efectivamente contribuyan a mejorar el desempeño del establecimiento, las que deberán ajustarse a las políticas del Ministerio de Educación”. Ley N° 20.529 “Sistema de aseguramiento de la calidad de la Educación”: plantea que se deben elaborar estándares para el desempeño escolar, para la institución y sus responsables: directivos y sostenedores, con énfasis en: Gestión pedagógica, Indicadores de calidad de los procesos relevantes de los establecimientos educacionales, Estándares de gestión de los recursos humanos y pedagógicos, entre otros.
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4 Marco Legal Ley Nº 20.903 “Sistema de Desarrollo Profesional Docente”, deja claramente definida la labor del equipo directivo en el desarrollo profesional de sus docentes, por ejemplo: Artículo 18 B.- La formación local para el desarrollo profesional, tiene por objeto fomentar el trabajo colaborativo y la retroalimentación pedagógica. Es un proceso a través del cual los docentes, en equipo e individualmente, realizan la preparación del trabajo en el aula, la reflexión sistemática sobre la propia práctica de enseñanza-aprendizaje en el aula, y la evaluación y retroalimentación para la mejora de esa práctica. Lo anterior, considerando las características de los estudiantes a su cargo y sus resultados educativos. Corresponderá al director del establecimiento educacional, en conjunto con el equipo directivo, implementar el proceso descrito en el inciso anterior a través de planes locales de formación para el desarrollo profesional. Estos deberán ser aprobados por el sostenedor y serán parte de los Planes de Mejoramiento Educativo, de conformidad con los Proyectos Educativos Institucionales de los establecimientos.
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5 Marco para la Buena Dirección, instrumento que constantemente se encuentra en proceso de actualización, que intenta orientar y profesionalizar el rol que cumple el equipo directivo y técnico pedagógico. Marco para la Buena Enseñanza, herramienta en su proceso final de actualización, que busca entregar lineamientos profesionales a los y las docentes con el fin de guiar sus prácticas en el aula y fuera de ella. Plan Educativo Institucional (PEI), genera herramientas de planificación estratégica de la organización escolar, es la carta de navegación de la Comunidad Escolar. Plan de Mejoramiento Educativo (PME), es una herramienta de planificación y gestión de los establecimientos educacionales que les permite a los equipos conducir el fortalecimiento de sus procesos institucionales y pedagógicos, para así mejorar los aprendizajes de todos y todas sus estudiantes. Es un instrumento clave para proyectar y consolidar los procesos e iniciativas de mejora que cada comunidad escolar quiere alcanzar. Plan de formación local, herramienta para el desarrollo profesional conforme al contexto local del establecimiento. Estos deberán ser levantados por directores/as y aprobados por el sostenedor y serán parte de los Planes de Mejoramiento Educativo, de conformidad con los Proyectos Educativos Institucionales de los establecimientos. Marco Orientador
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6 Articulación programa Convenio de Desempeño Colectivo Desarrollo de las Prácticas directivas para mejorar desempeño del establecimiento Legislación vigente Ley "Sistema de Desarrollo Profesional Docente", entre otras leyes. Políticas educacionales MINEDUC Supervisión DEG, Evaluación Docente CPEIP, otras.
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7 Objetivos Convenios de Desempeño Colectivo 1.Promover el Mejoramiento permanente del proceso educativo a través del Fortalecimiento de la gestión directiva y técnico pedagógica, con foco en el aprendizaje de los estudiantes. 2.Fortalecer la gestión y liderazgo directivo de los equipos directivos y técnicos pedagógicos, en cada uno de los procesos institucionales. 3.Promover una cultura colaborativa entre sostenedores/as y departamentos provinciales, velando por el mejoramiento continuo y la excelencia del servicio educativo. 4.Contribuir en el mejoramiento de las habilidades profesionales del equipo directivo y técnico pedagógico, en la detección y desarrollo de las prácticas docentes de acuerdo al contexto, las necesidades de los docentes, de los y las estudiantes y de la organización escolar.
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8 Procesos Convenios de Desempeño Colectivo 1.Proceso voluntario: la normativa que regula el proceso del programa otorga a los equipos directivos y técnico pedagógico la decisión de postular o no, a la suscripción de un Convenio de Desempeño Colectivo. 2.Proceso colectivo: el carácter del Convenio de Desempeño Colectivo, hace referencia a un compromiso del equipo que lidera los distintos procesos institucionales y a la necesidad de definir las responsabilidades compartidas sobre las metas suscritas. 3.Proceso comunicado: es fundamental que el contenido del convenio, una vez suscrito, con el sostenedor/a del establecimiento, sea conocido por los diversos actores de la comunidad educativa, planificando el momento en que se dará a conocer el contenido del convenio a el consejo escolar o asamblea con todos los estamentos del establecimiento. 4.Proceso monitoreado: una vez que ha sido suscrito el Convenio de Desempeño Colectivo y con el fin de asegurar su efectiva realización, el/la Sostenedor/a debe establecer con el equipo directivo las formas de seguimiento y control de las actividades y metas comprometidas.
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9 Etapas de los Convenios de Desempeño Colectivo ELABORACIÓN / POSTULACIÓN DEL CONVENIO ✓ SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO 3.1. Registro Estado de avance 3.2. Revisión del Estado de Avance 3.3 Registro del Reporte de Implementación y subida de evidencias EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONVENIO VALIDACIÓN DE ANTECEDENTES
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10 Conforme al artículo 18, de la Ley 19933, que crea la Asignación de Desempeño Colectivo, pueden postular a este incentivo: Los profesionales de la educación que se encuentren contratados o designados (Contrato de trabajo o Decreto Alcaldicio), en calidad de titular para ejercer funciones directivas y/o técnico-pedagógicas, en los establecimientos de educación básica y media, particulares subvencionados y del sector municipal, administrados ya sea directamente por el Municipio o por Corporaciones Municipales, que tengan más de 250 estudiantes matriculados al mes de marzo de cada año, independientemente de la modalidad de enseñanza. ¿Qué Establecimientos pueden postular?
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11 ¿Quiénes Pueden postular? Podrán postular las y los profesionales de la educación que se encuentren contratados o designados (Contrato de trabajo o Decreto Alcaldicio) en calidad de titular para ejercer funciones directivas y/o técnico-pedagógicas en el establecimiento, por tanto, solo podrán suscribir si cuentan con horas directivas o técnicas pedagógicas estipuladas en su contrato/decreto o anexo de este, las cuales deben estar asignadas y declaradas en el sistema SIGE.
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12 ¿Quiénes Pueden postular? 1.Las funciones Directivas están tipificados en el Estatuto Docente y en la Ley 20.501; siendo esos los que corresponden percibir la asignación: Director, Subdirector, Inspector General. 2.En el caso de las funciones técnicas pedagógicas, es más complejo, estando en el Estatuto docente y en otros cuerpos legales, por ejemplo: Las funciones que el Ministerio de Educación agrega a la función técnica pedagógica, como: Encargado de Convivencia Escolar, Encargado de Enlaces, Coordinaciones técnicas diversas. Todas son consideradas en ADECO, siempre y cuando cuenten con su cargo y horas estipuladas en el SIGE y en sus contratos o decretos de nombramientos como docentes directivos o técnicos pedagógicos. Cualquier situación del punto 1 y 2, se respalda con la función y las horas ingresadas en el sistema SIGE correspondientes al año de Implementación y al año de Pago de las Cuotas de la Asignación (Decreto 176). 3.Situación distinta, es la de los profesionales, que ejerciendo una función directiva o técnica pedagógica, están contratados de acuerdo a la Ley 19.464, correspondiente a los Asistentes de la Educación; a quienes no le corresponde percibir la Asignación de Desempeño Colectivo, por no estar ejerciendo una función docente, directiva o técnica, la que no está considerada en el SIGE.
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13 ¿Cómo pueden postular? La Postulación de los Convenios de Desempeño Colectivo se realiza en el perfil Director/a, de la plataforma web www.gestionyliderazgoeducativo.cl www.gestionyliderazgoeducativo.cl Para postular deben contar con datos de acceso y la creación del perfil Director/a. El perfil Director/a es perteneciente al establecimiento y guarda el historial de participación de este, por tanto: 1.Cuando un equipo directivo postula por primera vez, este debe cerciorarse o consultar si el establecimiento cuenta con perfil creado. Si no cuenta con perfil, el Director/a debe solicitar CLAVE en la opción OBTENGA SU CLAVE del sitio web. Si cuenta con clave, esta será entregada y se gestionará el reemplazo del Director/a correspondiente. 1.Cuando un equipo directivo ha postulado años anteriores y no recuerda su clave, debe solicitarla en la opción ¿OLVIDO SU CLAVE? del sitio web, está opción solo funciona si el Director/a no ha cambiado, ya que la clave se envía al correo electrónico de este o esta. LOS CAMBIOS DE DIRECTORES/AS NO SE ACTUALIZAN AUTOMATICAMENTE, ESTOS DEBEN SER INFORMADOS EN LA SECCIÓN CONTACTO DEL SITIO WEB
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14 ¿Cómo pueden postular? La Postulación de los Convenios de Desempeño Colectivo se realiza en el perfil Director/a, de la plataforma web www.gestionyliderazgoeducativo.cl www.gestionyliderazgoeducativo.cl Para postular deben contar con datos de acceso y la creación del perfil Director/a. El perfil Director/a es perteneciente al establecimiento y guarda el historial de participación de este, por tanto: 1.Cuando un equipo directivo postula por primera vez, este debe cerciorarse o consultar si el establecimiento cuenta con perfil creado. Si no cuenta con perfil, el Director/a debe solicitar CLAVE en la opción OBTENGA SU CLAVE del sitio web. Si cuenta con clave, esta será entregada y se gestionará el reemplazo del Director/a correspondiente. 1.Cuando un equipo directivo ha postulado años anteriores y no recuerda su clave, debe solicitarla en la opción ¿OLVIDO SU CLAVE? del sitio web, está opción solo funciona si el Director/a no ha cambiado, ya que la clave se envía al correo electrónico de este o esta. LOS CAMBIOS DE DIRECTORES/AS NO SE ACTUALIZAN AUTOMATICAMENTE, ESTOS DEBEN SER INFORMADOS EN LA SECCIÓN CONTACTO DEL SITIO WEB
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15 ¿Cómo pueden postular? La Postulación de los Convenios de Desempeño Colectivo se realiza en el perfil Director/a, de la plataforma web www.gestionyliderazgoeducativo.cl www.gestionyliderazgoeducativo.cl Para postular deben contar con datos de acceso y la creación del perfil Director/a. El perfil Director/a es perteneciente al establecimiento y guarda el historial de participación de este, por tanto: 1.Cuando un equipo directivo postula por primera vez, este debe cerciorarse o consultar si el establecimiento cuenta con perfil creado. Si no cuenta con perfil, el Director/a debe solicitar CLAVE en la opción OBTENGA SU CLAVE del sitio web. Si cuenta con clave, esta será entregada y se gestionará el reemplazo del Director/a correspondiente. 1.Cuando un equipo directivo ha postulado años anteriores y no recuerda su clave, debe solicitarla en la opción ¿OLVIDO SU CLAVE? del sitio web, está opción solo funciona si el Director/a no ha cambiado, ya que la clave se envía al correo electrónico de este o esta. LOS CAMBIOS DE DIRECTORES/AS NO SE ACTUALIZAN AUTOMATICAMENTE, ESTOS DEBEN SER INFORMADOS EN LA SECCIÓN CONTACTO DEL SITIO WEB
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16 ETAPA DE SUSCRIPCIÓNPLAZOSRESPONSABLE Postulación Establecimientos Desde el 27 de marzo al 17 de abril Equipo directivo y Técnico pedagógico Primera revisión sostenedor/aDesde el 16 al 24 de abrilSostenedor / Sostenedora Correcciones convenio (de acuerdo a primera revisión sostenedor/a) Desde el 24 al 26 de abril Equipo directivo y Técnico pedagógico Segunda sanción sostenedor/a Desde el 26 abril al 04 de mayo Sostenedor / Sostenedora Primera revisión DEPROVDesde el 04 al 18 de mayo Encargado / Encargada DEPROV Correcciones convenio (de acuerdo a primera revisión DEPROV) Desde el 18 al 22 de mayo Equipo directivo técnico pedagógico Segunda sanción final DEPROVDesde el 22 al 25 de mayoEncargado / Encargada DEPROV Fechas y plazos procesos etapa de Postulación y Suscripción
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17 Elaboración del Convenio Responsable: Equipo directivo y técnico pedagógico Para iniciar el proceso de postulación a la Asignación de Desempeño Colectivo, el equipo directivo y técnico pedagógico, requiere elaborar / seleccionar y acordar una propuesta que tenga centralidad en los ámbitos de la gestión directiva y técnico pedagógica y los procesos institucionales, acordes al contexto del establecimiento. Paso 1: Elaboración del Convenio
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CONVENIO LIBRE Convenio elaborado paso a paso (Fundamentación, Objetivos, Metas, Indicadores y Medios de verificación) en base a una propuesta propia del equipo, decidiendo desarrollar o mejorar otras necesidades de su práctica directiva. CONVENIO TIPO Convenios elaborados por el equipo de coordinación nacional, no son editables y deben ser implementados en su totalidad. El equipo directivo debe ingresar información correspondiente a la Fundamentación de equipo directivo y técnico pedagógico, especificando por qué decidieron postular el convenio seleccionado, e incorporar el Objetivo del Plan de Mejoramiento Institucional, el cual debe estar estrictamente relacionado con el convenio tipo seleccionado.
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Convenio Libre
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Convenio Tipo
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21 1.Apoyar al equipo directivo y técnico a potenciar el monitoreo y retroalimentación a los y las docentes en sus prácticas, fortaleciendo su práctica directiva e institucional en forma progresiva. 2.Desarrollar habilidades directivas y técnicas pedagógicas, en la identificación y apoyo directo a las necesidades de desarrollo profesional de los y las docentes, para que se constituya en una práctica institucional, sistemática y rigurosa de acuerdo al contexto. 3.Reconocer el nivel de desarrollo institucional con que parte su desafío, de acuerdo al contexto del establecimiento, para dar inicio o potenciación al desarrollo de su práctica directiva hasta constituirse en una práctica institucional. Objetivos Convenios Tipos
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22 Objetivos Convenios Tipos 4.Articular la información que entregan otros instrumentos y dispositivos que están disponibles en el establecimiento educacional, como: el Plan Educativo Institucional (PEI), el Plan de Mejoramiento Educativo (PME), informes de la Evaluación Docente, observaciones de la Supervisión DEPROV, entre otros. Además de incorporar estudios nacionales e internacionales, para una fundamentación más profesional, se incorporan para el año 2017, algunos de los desafíos pedagógicos institucionales que se estipulan en la ley que crea el “Sistema Nacional de desarrollo profesional Docente”.
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23 Convenios Tipos 2018 Convenios Tipos Acompañamiento Profesional a docentes: 1.Una práctica directiva en progreso (Administra) 2.Una práctica directiva que avanza hacia nuevos desafíos (Optimiza) 3.Redes pedagógicas hacia comunidades de aprendizaje (Transforma) Desafíos Nueva Educación pública; 4.Fortalecimiento del desarrollo profesional docente en el uso y tiempo de horarios No Lectivos. 5.Fortalecimiento de la participación democrática en la comunidad escolar. Desafíos Evaluación Docente; módulo 3 del portafolio y la marca de género clases grabadas; 6.Trabajo Colaborativo; Documentación narrativa de experiencias pedagógicas, un avance hacia el aprendizaje entre pares 7.Acompañamiento profesional a los y las docentes: Promoviendo la equidad de género en el aula.
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Paso 2: Revisión Sostenedor/a
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Paso 2: Revisión Nivel Provincial
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26 Encargado y encargada DEPROV, representa la revisión del Ministerio de Educación, por tanto, en esta etapa: 1.Valida el cumplimiento de los requisitos obligatorios por parte del establecimiento para participar; Establecimientos dependientes ya sea de Corporaciones Municipales, Municipales DAEM o Particulares Subvencionados con más de 250 estudiantes matriculados a marzo del año. Si el establecimiento pasó de dependencia particular subvencionada a gratuidad, sí pueden. Ya que en estos casos la figura que asume el director dentro del directorio, es de carácter técnico, lo que no involucra el derecho de acciones o ganancias económicas por parte del DIRECTOR/a del establecimiento, como sucede en los establecimientos particulares subvencionados o particulares pagados, no obstante, es importante que el directorio de la corporación, asigne la responsabilidad de “SOSTENEDOR/A” a otro/a integrante del directorio. Ya que él/la director/a no puede ser JUEZ y PARTE de la suscripción e implementación de un convenio ADECO. Criterios de Revisión Provincial
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27 Si el establecimiento es de dependencia particular subvencionada, la Dirección del Trabajo y la Contraloría general de la República se han pronunciado en lo relativo de la procedencia de que un socio mayoritario y representante legal de una sociedad de responsabilidad limitada, pueda suscribir contrato de trabajo con la misma por funciones docentes directivas, indicando lo siguiente: En el caso de que las sociedades no se encuentren adscritas al régimen de financiamiento compartido: La DT no ve inconveniente en la procedencia de celebración de contrato de trabajo, por tanto, pueden postular a ADECO. En caso que si se encuentren adscritas al sistema de financiamiento compartido: La DT, mantiene la doctrina del servicio contenida en el dictamen 3709/111 de 23.05.91 en el sentido de que un socio o accionista mayoritario de una sociedad y que cuenta con facultades de administración y representación, le impide prestar servicios en condiciones de subordinación o dependencia, es decir, no hay contrato de trabajo, porque se confunden las voluntades de la persona natural con la jurídica. Por tanto, los establecimientos de dependencia particular subvencionada que se encuentren adscritos al sistema de financiamiento compartido, en dónde un socio mayoritario o representante legal cumpla funciones como Director u otra en el equipo directivo o técnico pedagógico NO pueden postular ni suscribir un convenio ADECO. Criterios de Revisión Provincial
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28 2. Asegura la calidad en la propuesta, tanto respecto a las comprometidas como a los indicadores que explicitan la forma en que se logrará lo comprometido. 3. Acepta o rechaza las propuestas de Convenio, que hayan sido aceptadas por los/las Sostenedores/as, realizando observaciones y recomendaciones de forma y contenido a los convenios, observaciones y sugerencias que deben ser consideradas por los equipos directivos. Al realizar Observaciones, el sistema permite que el equipo edite el convenio, es la última instancia de modificación del convenio. Es la última instancia que permite el ingreso de todos/as los/as integrantes del equipo. Criterios de Revisión Provincial
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29 Convenios Tipos, puede emitir observaciones a la Fundamentación del equipo directivo, al objetivo del PME y observaciones generales: Al evaluar la Fundamentación del equipo directivo se debe evaluar la descripción de el/los motivo/s de la selección del Convenio Tipo elegido este año, fundamentando en base a la realidad institucional del establecimiento, al contenido de su PEI y a la planificación estratégica y anual del PME. Además el equipo debe especificar las consecuencias, avances o mejoras que esperan conseguir en la práctica directiva, en los y las docentes y en la comunidad escolar, mediante la implementación del convenio tipo seleccionado. Si el año anterior (2017) suscribieron y/o implementaron un convenio tipo, además deberán justificar de manera OBLIGATORIA la selección del convenio actual, de manera coherente al resultado y los principales avances de la implementación del convenio tipo del año anterior. Deciden la SUSCRIPCIÓN del convenio. Criterios de Revisión Provincial
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