Liberalización en el mercado asegurador colombiano: retos y oportunidades para el seguro de transporte LUIS EDUARDO CLAVIJO PATIÑO Vicepresidente Jurídico.

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Transcripción de la presentación:

Liberalización en el mercado asegurador colombiano: retos y oportunidades para el seguro de transporte LUIS EDUARDO CLAVIJO PATIÑO Vicepresidente Jurídico

Agenda Antecedentes. Comercio de servicios - Seguros. Ley 1328 de 2009. Estado actual de la liberalización: ¿Qué falta?. 5. Retos y oportunidades del seguro de transporte.

Antecedentes

Ley 105 de 1927: Régimen rígido, cerrado e intervencionista. Antecedentes Ley 105 de 1927: Régimen rígido, cerrado e intervencionista. Ley 45 de 1990 Requisitos patrimoniales y técnicos: Fortalecimiento de la supervisión. Libertad de participación de los inversionistas extranjeros en entidades aseguradoras. Libertad de elección de aseguradora e intermediario. Libertad de pólizas, tarifas y comisiones. Reducción de los términos para el pago de la indemnización Caracteres destacados de las pólizas. Ley 170 de 1994 – OMC Acuerdo General sobre Comercio de Servicios (AGCS) de 1994 – los seguros son un servicio incluido en la lista W-120. Ley 1328 de 2009 y TLC con USA

comercio de servicios -seguros

Modos de Prestación de Servicios MODO 1 – Comercio Transfronterizo: Consiste en la prestación del servicio sin que el prestador se desplace de su lugar de origen. MODO 2 – Consumo en el exterior de servicios: Consiste en la adquisición de servicios con el desplazamiento del consumidor al lugar donde se encuentra el prestador. MODO 3 – Presencia comercial: El prestador del servicio cuenta con oficinas en el lugar donde se encuentra ubicado el consumidor. Incluye las modalidades de inversión extranjera directa, oficinas de representación, agencias y sucursales. MODO 4 – Movimiento de personas de negocios: El prestador del servicio envía personal a prestar el servicio desde el exterior. Ejemplo: Corredores de seguros.

Prestación de servicios con la ley 170 de 1994 y con la ley 1328 de 2009

Ley 1328 de 2009 liberalización unilateral del sector financiero

Ley 1328 de 2009 – Reforma Financiera El capítulo de liberalización de servicios financieros de la Ley 1328 de 2009, adopta los compromisos adquiridos por Colombia en el TLC con Estados Unidos. El proceso de apertura en servicios financieros es unilateral y aplica a todos los países. La ley entra en vigencia el 16 de julio del año 2013. Se establecen modificaciones en relación con los cuatro modos de prestación de servicios descritos. Mantiene disposición sobre seguros que amparen mercancías en tránsito internacional.

Ley 1328 de 2009 – Reforma Financiera Incorpora un registro de las compañías de seguros del exterior que ofrezcan estos seguros en el país. Los aseguradores foráneos se establezcan bajo la modalidad de sucursales. Las compañías de seguros del exterior no pueden ofrecer, promocionar o hacer publicidad de sus servicios en el territorio colombiano o a sus residentes salvo seguros de mercancías en tránsito internacional. Los agentes de seguros no podrán realizar labores de intermediación de compañías extranjeras en el territorio colombiano o a sus residentes salvo seguros de mercancías en tránsito internacional.

Ley 1328 de 2009 – Reforma Financiera Se podrán adquirir en el exterior todo tipo de seguros salvo: a) Los seguros relacionados con el sistema de seguridad social, tales como los seguros previsionales de y muerte, las rentas vitalicias o los seguros de riesgos profesionales; b) Los seguros obligatorios; c) Los seguros en los cuales el tomador, asegurado o beneficiario debe demostrar previamente a la adquisición del respectivo seguro que cuenta con un seguro obligatorio o que se encuentra al día en sus obligaciones para con la seguridad social, y d) Los seguros en los cuales el tomador, asegurado o beneficiario sea una entidad del Estado. No obstante, el Gobierno Nacional podrá establecer, por vía general, los eventos y las condiciones en las cuales las entidades estatales podrán contratar seguros con compañías de seguros del exterior.”

Mercado Expuesto a la Liberalización Total: 6 Billones Total: 8 Billones De los 14 billones de pesos en primas que generó el sector asegurador en 2011, 6 billones corresponden a seguros que según la ley 1328 no podrán adquirirse en el exterior. Por lo tanto, los 8 billones restantes (el 57%) corresponden a ramos que en mayor o menor medida estarán expuestos a la liberalización.

Cumplimiento de la Ley: Seguros Excluidos de la Liberalización Los seguros asociados a la Seguridad Social alcanzan el 24% de la producción de la industria. En Colombia existen al menos 51 seguros obligatorios. Contablemente sólo se pueden discriminar dos de ellos: SOAT y Alto Costo, los cuales representan el 9% de la producción total.

Cumplimiento de la Ley: Seguros Excluidos de la Liberalización Los seguros de salud alcanzan el 5% de las primas de la industria. Los seguros de cumplimiento representan el 5% de las primas de la industria.

Estado actual de la liberalización ¿Qué falta?

Estado Actual de la Liberalización: ¿Qué falta? SARLAFT Medidas encaminadas a la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo. Responden a normas internacionales, aunque son más rigurosas en Colombia. Principios de supervisión de la IAIS y recomendaciones del GAFI. Obligación de conocimiento del cliente. Protección al Consumidor Nuevas normas de protección al consumidor ¿Cómo se va a proteger al consumidor de seguros?. Acuerdos recíprocos con supervisores del exterior. Educación financiera como herramienta de concientización del consumidor financiero. Comercio electrónico y territorialidad ¿Cómo operan la compras por Internet? ¿Se consideran consumo en el exterior? ¿Cómo se regula la publicidad por Internet?

Estado actual de la liberalización ¿Qué falta? Aplicación del Derecho Internacional Privado. Cuál será la Ley y el Tribunal aplicable en caso de conflicto? En ausencia de pacto, deben existir unas normas que regulen este vacío y definan a favor del consumidor el tribunal competente y la Ley aplicable para la solución de su controversia. En Colombia no se han ratificado a la fecha convenios internacionales de interés que permitan conocer cuál será la ley y tribunal competente en relación con los conflictos que se presenten en temas contractuales, si no se tiene una estipulación expresa por las partes. Armonización Tributaria Se busca eliminar el arbitraje tributario. Ya opera para los seguros que actualmente se pueden consumir en el exterior (Artículo 476-1 ET: IVA Seguros en el exterior): “Los seguros tomados en el exterior para amparar riesgos de transporte, barcos, aeronaves y vehículos matriculados en Colombia, así como bienes situados en el territorio nacional, estarán gravados con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general, cuando no se encuentren gravados con este impuesto en el país de origen. Cuando en el país en el que se tome el seguro, el servicio se encuentre gravado con el impuesto sobre las ventas a una tarifa inferior a la nacional, se causará el impuesto con la tarifa equivalente a la diferencia entre la aplicable en Colombia y la del correspondiente país.”

RETOS Y OPORTUNIDADES DEL SEGURO DE TRAnSPORTE

Retos y oportunidades del seguro de transporte Contrato de Transporte Seguros para un mismo riesgo Responsabilidad Civil Contractual Responsabilidad Civil Extracontractual Daños El reto es legal y comercial, ya que se debe buscar el aseguramiento que ampare el traslado de las cosas a través del ajuste del tipo de seguro en transporte y así no se dispersan las responsabilidades. Es necesario realizar ajustes a los estándares internacionales, eso nos hará más competitivos a nivel internacional.

Retos y oportunidades del seguro de transporte Infraestructura en Transporte Aéreo Ferroviario Fluvial Marítimo Carretera Una industria aseguradora competitiva depende de la correcta evaluación del riesgo de la impecable suscripción y de la demanda, por ello, es necesario considerar la infraestructura del país .

Muchas GRACIAS