EL INCUMPLIMIENTO Por: Dajhana Cano Echeverri Mayerlim Cataño Álzate

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
UNIDAD VI – PUNTO 2 DE LOS VICIOS EN PARTICULAR
Advertisements

Contabilidad Financiera VI (Bancos)
TALLER REGIONAL DIRIGIDO A PROMOVER LA RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO DE RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS CAUSADOS POR LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS.
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ZACATECAS. U.A.C.A.
REGLAS DE CONDUCTA Y NORMAS JURIDICAS
UNIDAD VII – PUNTO 3 La responsabilidad estatal por hechos y actos administrativos ilegítimos. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia antes.
UNIDAD VII – PUNTO 1 LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
ATENCIÓN SOCIOSANITARIA 2º
EVA Mª NAVARRO CABALLERO
Responsabilidad Civil en las Relaciones de Familia.
CONCEPTO DE OBLIGACION. FUENTES Y ELEMENTOS DE LA RELACION OBLIGATORIA
POSTÍTULO EN DERECHO DEL TRABAJO
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
Responsabilidad Civil
Integrante: Viviana León León
EL ACTO DE COMERCIO Es la manifestación de la voluntad cuyo propósito  es producir consecuencias jurídicas, en crear, modificar, extinguir, transferir,
P.S.E Grupo Y7PI Durante las clases de P.S.E, estuvimos trabajando y reflexionando sobre los valores.
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
IMPLICACIONES LEGALES EN LA PRACTICA DE ENFERMERÍA
Trabajador Según la Ley Federal del Trabajo…
Prof. Dr. José María Breuer Planas
De los efectos de los actos jurídicos.
OBLIGACIONES TEORIA GENERAL Socialista Justicia Misión
María del Carmen Núñez lozano Catedrática de derecho administrativo
EL CONCEJO LE RESPONDE A BOGOTÁ.
LA RESPONSABILIDADDE LOS SUJETOS DEL CREDITO FISCAL.
ADOPCIÓN DE MEDIDAS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS.
EL PAGO.  Concepto  Regulación del pago Integridad Indivisibilidad Quien puede pagar A quien se paga. Que se paga. Donde se paga. Oportunidad del pago.
MODALIDADES DEL NEGOCIO JURIDICO
ALGUNOS CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES
Unidad Nro. 17 CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES (CONT.)
Dpto de Psicopedagogía
Seguridad pública y procedimiento penal..  La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios,
Si eres libre, eres responsable
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
Trabajo Práctico de Derecho Civil
 “Es la clausula accesoria incorporada a un acto jurídico por la cual se conviene en pagar determinada prestación para el caso de incumplimiento de las.
La responsabilidad,un bien común
INTEGRANTES: Santiago Rueda Laura Chaverra Sebastián Soto Lina Ciro Isabel Zapata Giovanni Zapata Anderson Zuluaga.
Obligaciones de Objeto Múltiple. Noción
LA QUIEBRA (PROCESOS CONCURSALES) Artículos Código de Comercio
MEDIOS DE TÉRMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
EL CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD
¿Quién conoce? El sujeto
VICIOS DE VOLUNTAD Abg. Wilver Caballero Condori Docente de Derecho Civil: UNSAAC-UAC-UAP.
ASPECTOS QUE DEBE CONSIDERAR EL EMPRESARIO EN LA SUBCONTRATACIÓN
OBLIGACIONES II REGLAMENTOS DE INDEMNIZACIÓN DE LOS CONTRATOS UNIDAD II (TEMA 4) MSc. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPÚBLICA.
Grado 3° Luis Gonzalo Pulgarín R
ECHO POR: ALEJANDRA POSADA LOTERO
TESIS X: CAUSAS DE SUSPENSION Y TERMINACION DE LA RELACION LABORAL
Culpabilidad en Materia Disciplinaria
Martin palacios y Samuel Orrego
Unidad 3,c) IMPUTABILIDAD DE LOS ACTOS VOLUNTARIOS.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
JUAN PABLO MARES Abogado
Obligaciones con pluralidad de sujeto
Responsabilidad Civil y Penal ante accidentes laborales.
La responsabilidad La responsabilidad es un valor que está en la conciencia de la persona que le permite reflexionar, administrar, orientar y valorar.
Hugo Roberto Mansueti (11)
"Seguridad en el Trabajo".
Presupuestos Generales de la Responsabilidad Civil Extracontractual
CAPACITACION PRESUPUESTO
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
ART.3.-Ambito Territorial. El ámbito territorial en el que se va a operar la empresa viene determinado por el programa IKASENPRESA. ART.4.-Actividad Económica.
DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS EN SU ESTATUTO BÁSICO EGAP, septiembre 2010.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
CAPACITACIÓN PARA TRABAJO EN ALTURAS RESPONSABILIDAD LEGAL
Presupuesto. Gestion financiera: Decreto 115 de 1996 Decreto 006 de 1998 Certificado de disponibilidad presupuestal: “El certificado de disponibilidad.
LOS PROGRAMAS DE COMPLIANCE PENAL Y EL SEGURO DE D&O.
Transcripción de la presentación:

EL INCUMPLIMIENTO Por: Dajhana Cano Echeverri Mayerlim Cataño Álzate María Fernanda Hernández Rúa Jenny Alejandra Martínez Sebastián Orrego Sergio Caro Armando Díaz Anderson Leao Camilo Rúa Grado: 7°3

El Incumplimiento El Incumplimiento es cuando incumplimos con un deber asignado tanto como en clase como en cualquier lugar. En términos generales incumplir con una obligación que equivale a no llevar acabo la exacta precisión debida de los deberes.

CUANDO INCUMPLIMOS PUEDE HAVER CASTIGOS… Cuando no cumplimos con la ley o también con tareas y deberes podemos perder el año que esto es nuestro futuro. Muchas personas niños jóvenes y adultos por falta del cumplimiento perdemos cosas que para nosotros es muy valioso.

Las clasificaciones más extendidas de los supuestos de incumplimiento son: Incumplimiento propio o absoluto. Incumplimiento impropio o relativo. Otros autores prefieren realizar una contraposición entre: Falta absoluta de cumplimiento o incumplimiento total, y cumplimiento defectuoso e inexacto

Concejo de incumplimiento en sentido estricto.. En la producción del resultado de una situación normal de cumplimiento o pago intervienen dos factores: uno objetivo, que se concreta en la posibilidad efectiva de realizar la prestación otro subjetivo, que consiste en la disposición voluntaria del deudor para cumplir su obligación.

Cumplamos con los compromisos, así no podremos perder el año ni tampoco recibiremos castigos que mas adelante nos podrían costar mucho estos errores

A CAUSA DEL INCUMPLIMIENTO NO IMPUTABLE AL DEUDOR. EL ARTÍCULO 1 A CAUSA DEL INCUMPLIMIENTO NO IMPUTABLE AL DEUDOR. EL ARTÍCULO 1.105 DEL CÓDIGO CIVIL. El art. 1.105 dice: “Fuera de los casos expresamente mencionados en la ley, y de los en que así lo declare la obligación, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables”

Con que incumplimos a diario Tareas Deberes Obligaciones Leyes Puntualidad Sinceridad y muchas mas

El cumplimiento es muy importante ya que esto caracteriza a la persona su responsabilidad que tiene con su cargo o deber. La responsabilidad es un valor que está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el plano de lo moral, esto nos ayuda con el cumplimiento día a día que debemos tener con nuestra vida.

Cumplamos con nuestros deberes.